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PÆg. 248335 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de julio de 2003 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Encargan funciones del Procurador Pœblico Municipal al Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 2894-2003-MDCH 12 de julio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO:Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que la representación y defensa de los intereses y derechos de las Municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de Procuradores Públicos Municipales, con- forme lo señala el Art. 29º de la mencionada Ley; Que, estando a las nuevas disposiciones referentes a la defensa judicial, se aprecia que en los casos específicos Art. 9º Inc. 23) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Muni- cipalidades, es el Concejo quien autoriza el entablar de- mandas para estos casos; Que, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio de fecha 25 de marzo de 1969, establece en su Art. 1º que la defensa de los intere- ses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Públicos, correspondiendo el nombramiento de los Procuradores Públicos Municipa- les al señor Alcalde conforme lo dispone el Art. 29º 2do. párrafo de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida- des, que señala que los Procuradores Públicos Municipa- les son funcionarios designados por el Alcalde; Que, en tanto se organice la Oficina de la Procuraduría Pública Municipal, teniendo presente lo señalado en el Art. 37º de Decreto Ley Nº 17537 y se superen los impases señalados en el Informe Nº 09-2003-OPPyR-MDCH del 11 de julio del 2003 de la Oficina de Planificación, Presupues- to y Racionalización relativos a restricciones en cuanto a la asignación de nuevas partidas que implican modificación presupuestal, prohibidos según Art. 6º de la Ley Nº 27879 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2003 de fecha 15 de diciembre del 2002, es pertinente encargar las funciones correspondientes al Procurador Público Municipal en el funcionario en que conforme a la Ley Orgánica del Sector de Justicia, Decreto Ley Nº 25993 publicada el 24 de diciembre de 1992, tiene la función de velar por la defensa de los intereses y derechos de la Mu- nicipalidad en los procesos en que se le ha entablado o por iniciarse; Que en uso de las atribuciones dispuestas en el Art. 20º incisos 1) y 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar las labores de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de Chorri- llos, al Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica. Artículo Segundo.- El Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, tendrá a su cargo la representación y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, no teniendo restricción alguna para ejercer todas las prerrogativas que le correspondan, debiendo ce- ñirse a la normatividad a la que están sujetos los Procura- dores Públicos del Estado. Artículo Tercero.- Dar cuenta al Concejo respecto a la encargatura señalada en el Artículo Primero, a fin de que ejerza la representación y defensa de los intereses y dere- chos de la Municipalidad Distrital de Chorrillos en juicio. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 13379MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2003-MDI Independencia, 7 de julio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, el día 28 de julio se conmemora el 182º Aniversa- rio de la Declaración de la Independencia Nacional, fechaque todos los peruanos recuerdan con unción patriótica; Que, la actual administración, en aras de darle a la pre- sente efemérides el realce que corresponde, ha programa-do la realización de un nutrido programa de actividades, elmismo que incluye el tradicional embanderamiento generaldel distrito, como una forma de contribuir a consolidar elcivismo que caracteriza a la población del distrito de Inde-pendencia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Independencia, durante el lapso comprendi-do entre el 20 y el 31 de julio del presente año, en homena-je al 182º Aniversario de la Independencia Nacional. Artículo 2º.- INVITAR a los vecinos del distrito a parti- cipar y concurrir a los actos celebratorios en homenaje al182º Aniversario de la Independencia Nacional. Artículo 3º.- RECOMENDAR el pintado de las facha- das de los inmuebles públicos y privados del distrito. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusión del presente Decreto y a la Geren-cia de Servicios a la Comunidad para el cumplimiento delpresente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 13448 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Establecen disposiciones para el uso de cabinas pœblicas de internet por parte de menores de edad ORDENANZA Nº 115 Jesús María, 27 de junio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordina- ria de la fecha, visto el Dictamen Nº 001-2003-MJM de laComisión de Participación Vecinal, Educación, Cultura,Recreación, Deporte y Turismo; con el voto UNÁNIME desus miembros, y con dispensa del trámite de aprobaciónde Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL USO DE CABINAS PÚBLICAS DE INTERNET POR MENORES DE EDAD Artículo Primero.- Los establecimientos que brindan el servicio de alquiler de cabinas públicas de INTERNET,