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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2003 (17/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 78

PÆg. 248340 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de julio de 2003 del día 21 de julio hasta las 24.00 horas del 31 del mismo mes del año 2003, con motivo de celebrarse el Centésimo Octogé- simo Segundo Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza y pintado de las fachadas de las viviendas y locales públicos y priva- dos del distrito. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del pre- sente Decreto de Alcaldía a la Oficina de Desarrollo y Pro- moción Social, Unidad de Policía Municipal, Oficina de Se- guridad Ciudadana y Unidad de Imagen Institucional encuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.GLORIA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 13475 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2003-ALC/MSI San Isidro, 15 de julio de 2003 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia. La autonomía política que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y deadministración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los gobiernos locales representan al vecindario promueven la adecuada prestación de los servicios públi-cos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el 28 de julio próximo se conmemora el Centési- mo Octogésimo Segundo (182º) Aniversario Patrio de la Independencia del Perú; Que, en consecuencia corresponde que se ostente el Símbolo Patrio del Pabellón Nacional en las fachadas de los inmuebles de la jurisdicción del distrito; En uso de las facultades conferidas por el Inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- Disponer el embanderamiento general de los inmuebles del distrito de San Isidro, del 18 al 31 de julio de 2003. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 13508 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Disponen el embanderamiento general, limpieza y pintado de fachadas deviviendas, locales pœblicos y privadosdel distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000003 San Juan de Miraflores, 14 de julio de 2003EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO:Que, el 28 de julio del año en curso, se conmemora un Aniversario más de la Independencia Nacional del Perú; Que, con motivo de resaltar el mes del Aniversario Patrio, se requiere la participación de la población, ins- tituciones públicas, privadas, iglesias y establecimientoscomerciales apostados en nuestra jurisdicción a fin de expresar nuestro espíritu cívico patriótico, siendo ne- cesario llevarse a cabo el embanderamiento general deldistrito; Así mismo dichas instituciones y propietarios de pre- dios deben embellecer sus locales y para ello proceder alpintado de sus fachadas, para dar una mayor presentación al distrito; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades con- feridas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERA- MIENTO GENERAL en el distrito de San Juan de Miraflo- res, desde las 00.00 horas del día 21 de julio a las 24.00 horas del 31 del mismo mes del año en curso, con ocasiónde conmemorarse el 182º Aniversario de la Independencia Nacional. Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza y pintado de fachadas de las viviendas y locales públicos y privados del distrito. Artículo Tercero.- Los Pabellones Nacionales y Ban- deras a instalarse en los inmuebles, locales comerciales, instituciones públicas y privadas deberán estar en buen estado de conservación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Dirección de Administración, Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Participación Vecinal y Bienestar So-cial, División de la Policía Municipal, Unidad de Imagen Ins- titucional y las que competan la difusión y cumplimiento del mismo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 13476 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Condecoran con Medallas de la "Orden Santiago Apóstol" a diversas persona-lidades ACUERDO DE CONCEJO Nº 57-2003-ACSS Santiago de Surco, 8 de julio de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha, en atención a la propuesta pre- sentada por la Comisión Especial de la "ORDEN SANTIA- GO APÓSTOL" mediante Dictamen Nº 01-2003, para de- signar a las personalidades a ser condecoradas con la Medalla Cívica de la referida Orden, con ocasión del 182º Aniversario Patrio; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único del Reglamento de la Condecoración "Orden Santiago Apóstol" aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 07-2000- MSS publicado el 17.DIC.2000; luego de evaluada la pro- puesta y sometida a votación, adoptó por Unanimidad el siguiente: