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PÆg. 248522 NORMAS LEGALES Lima, lunes 21 de julio de 2003 ciones y el Informe Nº 535-2003-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica enmarcados dentro de los lineamien-tos del Plan Operativo Institucional y la Política de la Alta Dirección, en el que se propone la realización de una Campaña de tramitación del DNI en forma gratuitapara personas con discapacidad, adultos mayores en hospicios, miembros de las comunidades nativas y me- nores de edad, a realizarse desde el 20 de julio hasta el31 de diciembre del 2003; CONSIDERANDO:Que, el artículo 2º incisos 1) y 2) de la Constitu- ción Política del Estado establece que toda personatiene derecho a su identidad y a la igualdad ante la ley, destacando que nadie puede ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión,condición económica o de cualquiera otra índole. En este sentido, todos los peruanos y peruanas deben gozar de su derecho a la identidad sin que su situa-ción económica, discapacidad, raza o cultura sea un impedimento; Que, asimismo, la Constitución Política del Estado determina en sus artículos 4º, 7º y 89º la protección y reconocimiento de los niños, los ancianos, las personas con discapacidad y las comunidades nativas; Que, la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad señala en su artículo 3º que la perso- na con discapacidad tiene iguales derechos que los queasisten a la población en general; por lo que es necesa- rio realizar acciones tendientes a facilitarles el goce y ejercicio de su derecho a la identidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2002- PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 001- 2003-PCM se declara al año 2003 como Año de losDerechos de la Persona con Discapacidad y del Cen- tenario del Nacimiento de Jorge Basadre Grohmann, significando que durante el presente año todas lasinstituciones del Estado fomentarán acciones que garanticen el ejercicio de los derechos ciudadanos de las personas con discapacidad en igualdad deoportunidades; Que, el artículo 89º de la Constitución Política del Perú reconoce la existencia legal de las comunidadesnativas y campesinas y el respeto a su identidad cultu- ral; por ello, para el RENIEC es de especial prioridad el identificar a los miembros de las comunidades campesi-nas y nativas e incluirlos como peruanos y peruanas en el Registro Único de Identificación de Personas Natura- les; Que, el Decreto Supremo Nº 010-2000-PROMU- DEH aprobó los Lineamientos de Política para las Personas Adultas Mayores con la finalidad de otorgarun tratamiento especial a este sector de la población, considerando su condición de vulnerabilidad biológi- ca y social. Asimismo, el Plan Nacional para las Per-sonas Adultas Mayores 2002 - 2006, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-PROMUDEH estable- ce como principio que el Estado debe garantizar quelos adultos mayores en situación de pobreza y aque- llos más desprotegidos tengan prioridad sobre los beneficios, para disminuir las desigualdades socialesy territoriales y lograr condiciones de equidad; por lo que el RENIEC debe establecer mecanismos que ga- ranticen el derecho a la identidad de este sector de lapoblación; Que, la Ley Nº 27337 que aprueba el Código de los Niños y Adolescentes determina en el artículo IXdel Título Preliminar que en toda medida concernien- te al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de sus diversos Poderes e instituciones públi-cas, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus dere- chos, por lo que esta institución, aplicando los princi-pios mencionados, debe establecer mecanismos que les faciliten su derecho a la identidad, sobre todo, cuan- do por razones de posición económica u origen social- sea propia o de sus padres o responsables - no pue- dan acceder a él;Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones en el Registro Na-cional de Identificación y Estado Civil, señala como fa- cultad de la Jefatura Nacional del RENIEC, determinar la gratuidad de los servicios como el mencionado en lospárrafos precedentes; De conformidad con el artículo 11º de la Ley Nº 26497 Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil y con la opinión favorable de las Gerencias de Planificación y Presupuesto, y Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Campaña de tramita- ción y expedición del DNI para personas con discapaci- dad, adultos mayores que viven en hospicios, miembros de las comunidades nativas y menores de edad , en for-ma gratuita, en número de 67,500, a realizarse desde el 20 de julio hasta el 31 de diciembre del 2003, conforme al siguiente detalle: GRUPO PRIORITARIO BENEFICIADO EN LIMA EN PROVINCIAS Personas con discapacidad 5,000 1,000 Comunidades Nativas -------- 1,000 Adultos Mayores 500 -------- Menores de Asentamientos Humanos 25,000 35,000 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones a través de la División de ProyecciónSocial en coordinación con las Jefaturas Regionales la implementación de la campaña indicada, en coordinación con las autoridades correspondientes,en mérito a la Directiva que formule dicha Gerencia. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 13671 Aprueban Instructivo sobre Asientos Registrales de Nacimiento, Matrimonio y Defunción denominado "Instructivo sobre Asiento Registral" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 334-2003-JEF/RENIEC Lima, 17 de julio de 2003 Visto el proyecto de instructivo para el debido asien- to de las inscripciones contenidas en el Reglamento de las Inscripciones y el uso correcto de las Actas Regis-trales presentado por la División de Identidad y Estado Civil de la Gerencia de Operaciones; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Es- tado Civil por Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF aprobó en su artículo 5º los primeros formatos oficia- les de inscripción de nacimientos, matrimonios y de-funciones, que debían conformar los Libros Regis- trales relativo a los referidos hechos vitales y actos modificatorios del estado civil, los mismos que fue-ron modificados mediante Resolución Jefatural Nº 72- 96-JEF; Que, resulta necesario, orientar y regular el uso de las Actas Registrales por los registradores de es- tado civil mediante documentos de gestión e instruc- ción, para la adecuada aplicación de la norma en losprocedimientos administrativos - registrales y el co- rrecto uso de las actas registrales y brindar de esta forma la debida seguridad jurídica en las inscripcio-nes;