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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2003 (26/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 248867 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de julio de 2003 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan plazo de Beneficios Tributa- rios y Administrativos a que se refierela Ordenanza N” 117-MPL ORDENANZA Nº 121-MPL Pueblo Libre, 25 de julio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Dicta- men Nº 061-2003-MPL/CPL-CPDE, de la Comisión Per-manente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 117-MPL publicada el día 9 de julio del 2003 en el Diario Oficial El Peruano, seestableció un beneficio temporal para todos aquellos con-tribuyentes de la jurisdicción de Pueblo Libre, que ten-gan deudas tributarias pendientes de pago hasta el 31de diciembre del año 2002, por concepto del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Fun- cionamiento, Multas Tributarias por omisión o subvalua-ción del Impuesto Predial; asimismo, se concedió un frac-cionamiento especial de deudas tributarias y un benefi-cio de descuento del 80% en el monto de las multas admi-nistrativas impuestas hasta el presente ejercicio; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en el Artí-culo 29º precisa que el plazo para el pago de la deudatributaria podrá ser prorrogado, con carácter general; Que, en la citada Ordenanza se señaló un plazo de vigencia hasta el 26 de julio del año 2003, por lo que siendo política de la presente Gestión, brindar el máxi- mo de facilidades a los contribuyentes, ha dispuestosu prórroga para que el gran número de contribuyen-tes que aún mantienen deudas, puedan acogerse adichos beneficios; Estando a lo dispuesto en los Artículos 9º inciso 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por Unanimi-dad y con dispensa de lectura y aprobación de Acta, lasiguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Prorróguese hasta el 18 de agosto del 2003, el plazo de vencimiento para acogerse a losbeneficios contemplados en la Ordenanza Nº 117-MPL, publicada el día 9 de julio del año 2003, en elDiario Oficial El Peruano; con excepción de lo dis- puesto en el artículo primero, segundo párrafo, de las Disposiciones Complementarias de la citada Orde-nanza. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico, Oficina de Informática y Oficina de Ejecu-ción Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de Comunicación Social, su difusión y a la Oficina de Administración, su publica-ción. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 14116PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Encargan el Despacho de la Alcaldía al Teniente Alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 135-2003/MDV-ALC Ventanilla, 16 de julio del 2003 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo del 16 de julio del año 2003, el pedido del señor Alcalde, Dr. Juan José López Álava, donde solicita licencia para viajar a la República de Cuba por motivos estrictamen- te personales y con el voto UNÁNIME de sus integran- tes y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad, de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por el Artículo 194º mediante Ley Nº 27680 - Ley de Re- forma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV Sobre Descentralización, concordada con el Artículo II del Títu- lo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y demás normas complementarias; Que, es derecho de todo ciudadano hacer peticio- nes en forma individual o colectiva de conformidad con el Art. 2º numeral 20) de la Constitución Política del Estado; Que, el señor Alcalde viajará a la República de Cuba desde el 3 al 10 de agosto del año 2003, por razones estrictamente personales, por lo que solicita licencia al Pleno de esta Comuna para poder materializar su viaje; Que, el señor Teniente Alcalde, al amparo del Artículo 10º numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, expresa que dicho viaje a realizarse, debe de ser con goce de haberes y que, el Pleno de Concejo, puede otorgar la licencia solicitada; Que, a fin de continuar y cumplir con las acciones propias del Despacho de Alcaldía y de no interrumpir el normal desenvolvimiento de la misma, se hace necesa- rio designar al Funcionario Titular que lo reemplace; en consecuencia, estando a lo expuesto y con las atribucio- nes conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Munici- pal; ACUERDA:Artículo 1º.- Conceder licencia, con goce de habe- res, al señor Alcalde, Dr. Juan José López Álava desde el 3 al 10 de agosto del año 2003 a fin de que pueda viajar a la República de Cuba por motivos estrictamente personales. Artículo 2º.- Encargar el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, señor Rogger Martín Vásquez Barran- tes, mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 3º.- El costo del pasaje de viaje, estadía y los impuestos correspondientes serán cubiertos por el propio peculio del señor Alcalde; es decir, al Muni- cipio no le generará egreso alguno por este concepto. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Administra- ción, la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN JOSÉ LÓPEZ ÁLAVA Alcalde 13994