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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2003 (26/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 248859 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de julio de 2003 Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Artículo 159º, en materia de saneamiento ambien- tal el inciso 4.2 establece como competencia y funciones de la Alcaldía Metropolitana, conservar y acrecentar lasáreas verdes de la metrópoli; Que, la ciudad de Lima cuenta con escasas áreas ver- des, siendo necesario e indispensable resaltar su intangibi- lidad por cuanto representan el pulmón natural de la metró- poli, asimismo impulsar acciones tendientes a su protección,conservación y adecuado mantenimiento por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades Distritales que la conforman, convocando la participación dela sociedad civil organizada, empresas públicas o privadas; Que, el desarrollo forestal en Lima Metropolitana re- viste significativa importancia para mitigar o contener la contaminación ambiental que en estos tiempos alcanza niveles de peligro para la salud pública, como consecuen-cia del incremento del parque automotor y el desarrollo de las actividades económicas; Que, no obstante la existencia de una vasta normati- vidad que ampara la naturaleza jurídica de las áreas ver- des naturales, algunas municipalidades distritales vienenejecutando proyectos para el establecimiento de activi- dades ajenas a la de recreación pública y/o de reserva ambiental, que por su naturaleza o magnitud causan unimpacto negativo con efectos vulnerables al medio am- biente físico, natural y social; De conformidad con lo estipulado en el Artículo 157º, inciso 2 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipa- lidades, y lo opinado por la Comisión de Servicios a laCiudad y Medio Ambiente en su Dictamen Nº 001-2003- MML/CSCMA de 27 de mayo de 2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA RÉGIMEN DE INTANGIBILIDAD, PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, DEFENSA Y MANTENIMIENTO DE LAS ÁREAS VERDES DE USO PÚBLICO DE LIMA METROPOLITANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- La presente Ordenanza es de alcance metropolitano, tiene por objeto establecer el régimen de protección, conservación, defensa y mantenimiento de las Áreas Verdes de Uso Público ubicadas en la circuns-cripción de Lima Metropolitana y que forman parte de las Áreas Recreacionales y de Reserva Ambiental. Artículo 2º.- Para efectos de aplicación de la Orde- nanza, constituyen Áreas Verdes de Uso Público, aque- llos espacios de utilización general, ubicados en los par-ques, plazas, paseos, alamedas, malecones, bosques naturales o creados, jardines centrales o laterales de las vías públicas o de intercambios viales y en general, aque-llas áreas de uso público que se encuentren cubiertas por plantas, además de los aportes para recreación es- tablecidos en las habilitaciones urbanas. Artículo 3º.- El Concejo Metropolitano de Lima esta- blecerá cuáles son las áreas verdes que forman parte delas áreas recreacionales y de reserva ambiental de Lima Metropolitana. Artículo 4º.- Para los fines de la interpretación y apli- cación de esta Ordenanza se define como: Monumentos Históricos Naturales.- Son conside- radas como tal aquellas áreas verdes y árboles del patri-monio ecológico y cultural del Municipio. Estas áreas no serán modificadas bajo ningún concepto. Plazas.- Áreas libres de uso público, para fines cívi- cos y recreacionales. Plazuelas.- Pequeñas áreas libres de uso público, con fines de recreación pasiva, generalmente acondicionada en una de las esquinas de una manzana o como retiro,atrio o explanada. Paseos.- Aquellos espacios abiertos acondicionados para fines recreativos, cuyas características definidas en su respectivo proyecto de urbanismo no permiten el de- sarrollo de un uso específico. Parques.- Espacios abiertos cuyas condiciones físi- cas, de vegetación y topografía combinados con elemen-tos artificiales permiten el desarrollo de actividades de esparcimiento.Parques Metropolitanos.- Aquellos que, por tener una función específica están destinados a servir a la pobla- ción metropolitana en su conjunto. Es decir que constitu- yen parques especializados cuyo radio de servicio debeabarcar toda la ciudad. (Ej. Parque Zoológico, Parque Botánico, Parque Arqueológico, etc.). Su habilitación, mantenimiento y administración está a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Parques Zonales.- Aquellos cuya función y equipa- miento están destinados a servir a la población de un distrito de planeamiento (entre 100,000 y 300,000 habi-tantes). Estas áreas deben prestar servicios de recrea- ción pasiva (jardines, paseos, etc.) y recreación activa (campos deportivos, piscinas, gimnasios, etc.), comple-mentándose en algunos casos con instalaciones adicio- nales (centros de esparcimiento, local de espectáculos, etc.). Su habilitación, mantenimiento y administración estáa cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Parques Locales.- Aquellos destinados a ofrecer ser- vicios de recreación activa y pasiva a poblaciones meno- res. Corresponden a los niveles de : - Sector Urbano, Parque de Sector y Campo Deporti- vo (10,000 a 30,000 habitantes). - Barrio, Parque o Plaza de barrio y Área Deportiva (2,500 a 7,500 habitantes); y, - Grupo residencial Jardín Público (hasta 2,000 habi- tantes). Su habilitación, mantenimiento y administración está a cargo de la Municipalidad Distrital. Áreas Recreacionales.- Está constituido por las áreas verdes naturales donde se puede desarrollar infraestruc- tura para usos recreacionales, pero sin que llegue a serpredominante. Comprende los parques metropolitanos, parques zonales y parques locales. Áreas de Reserva Ambiental.- Está constituido por las áreas verdes naturales que deben ser reguladas y protegidas de todo uso o aprovechamiento que impliquela modificación de sus condiciones y en las cuales pre- domina el elemento natural, siendo mínimo el desarrollo de infraestructura, tanto en el suelo como en el subsuelo,orientada básicamente al descanso peatonal y/o facilitar el desplazamiento. CAPÍTULO II DE LA CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ÁREAS VERDES Artículo 5º .- Las áreas verdes de uso público exis- tentes o que se generen en el área urbana de Lima Me-tropolitana, constituyen áreas de naturaleza intangible, inalienable e imprescriptible. Su conservación, defensa y mantenimiento son acciones que por razones de equili-brio ecológico, bienestar colectivo y calidad de vida, for- man parte de la política municipal ambiental. La Municipalidad Metropolitana de Lima y las Munici- palidades Distritales, están obligadas a conservar, de- fender, proteger y mantener las áreas verdes de uso pú-blico de su localidad, sea de manera directa o a través de convenios de cooperación con las entidades públicas o privadas o la sociedad civil organizada, impulsando lasmedidas necesarias para evitar su deterioro. Artículo 6º.- Todo ciudadano tiene derecho al libre acceso y disfrute de las áreas verdes de uso público, sin más limitaciones que las derivadas del orden público, la moral y las buenas costumbres, y las demás normas quese dictan en esta Ordenanza destinadas a su conserva- ción, defensa y mantenimiento. El usuario de un área verde de uso público, está obliga- do a mantenerla en buen estado de conservación, así como del mobiliario y los elementos decorativos que la integran. Artículo 7º.- Las Municipalidades de la provincia de Lima, deberán crear y/o mantener actualizado el Inventario de lasÁreas Verdes de su jurisdicción, especificando las caracte- rísticas, diseños, equipamiento urbano e instalaciones, así como el Inventario detallado de las especies arbóreas, ar-bustivas, herbáceas y de recubrimiento existentes. Para su cumplimiento, los Municipios podrán contratar con empre- sas especializadas y de experiencia en el ramo. Artículo 8º.- Las Municipalidades de la provincia de Lima, orientarán sus recursos y capacidad instalada enel fortalecimiento del sembrío de árboles, arbustos, flo- res y plantas en general en las Áreas Verdes de Uso Pú- blico de sus respectivas jurisdicciones que constituyan