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PÆg. 249003 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de julio de 2003 Artículo 4º.- El Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y términodel nombramiento, sin exceder del plazo total estableci-do. Artículo 5º.- No tendrá derecho a solicitar liberación o exoneración de impuestos aduaneros de ninguna claseo denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 14279 Autorizan viaje de oficial de la Marina a Repœblica Dominicana para confor- mar la Selección Nacional de Tiro y participar en los Juegos Panamerica-nos de Santo Domingo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1162-DE/MGP Lima, 25 de julio de 2003 Visto el Oficio P.200-1761 del Director General del Personal de la Marina de fecha 18 julio 2003; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales nombrar en Comisión del Servicio en el Extranjero alCapitán de Corbeta Enrique Luis ARNÁEZ Braschi, conla finalidad de conformar la Selección Nacional de Tiropara participar en los Juegos Panamericanos de SantoDomingo - REPÚBLICA DOMINICANA, a llevarse a cabodel 28 julio al 10 agosto 2003; Que, el Comité Olímpico Peruano, sufragará los gas- tos por concepto de pasajes, alojamiento y alimentacióndel citado Oficial Superior; Que, la Ley Nº 27619, establece que las autorizaciones de viaje al extranjero para los servidores y funcionariospúblicos de los Ministerios serán otorgadas por Resolu-ción Ministerial; De conformidad con el artículo 19º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2003y estando a lo recomendado por el Comandante Generalde la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio en el Extranjero al Capitán de Corbeta Enrique Luis ARNÁEZBraschi, CIP. 00884625, para que conforme la SelecciónNacional de Tiro y participe en los Juegos Panamerica-nos de Santo Domingo - REPÚBLICA DOMINICANA, allevarse a cabo del 28 julio al 10 agosto 2003. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan,de acuerdo a los conceptos siguientes: Impuesto de Aeropuerto: US$ 28.00 x 1 persona (Perú) Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina, queda facultado para variar la fecha de inicio o términodel nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos adua-neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 14280Establecen disposiciones para identifi- cación de las naves de metal, em-barcaciones de madera, de fibra de vi-drio y artefactos navales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0481-2003/DCG 10 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, apro-bado por Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP de fecha25.mayo.2001, en su artículo A-010501 incisos 4) y 17),dispone que es función de la Dirección General de Capi-tanías y Guardacostas, dictar las normas comple-mentarias y emitir resoluciones sobre asuntos de su com-petencia relativos a las actividades marítimas, fluviales ylacustres; así como otorgar la licencia y fiscalizar la cons-trucción, modificación y reparación de naves y artefactosnavales nacionales, expedir su matrícula y llevar el regis-tro correspondiente; Que, los artículos C-010616, C-010617, C-010618 y C-010619 del Reglamento, establecen que toda nave,embarcación o artefacto naval deberá tener marcado, demodo visible y con letras y números apropiados, entreotras cosas, sus dimensiones, el nombre de la nave ynúmero de matrícula en el espejo de la popa y nombrede la nave en las amuras, así como la capacidad depasajeros que puedan transportar en el caso de las na-ves de transporte de pasajeros; Que, para poder identificar una nave o embarcación por parte de la Autoridad Marítima es necesario verificaren forma positiva el nombre, número de matrícula y lacapacidad de pasajeros de las naves o embarcaciones; Que, de acuerdo a lo propuesto por el Jefe del Depar- tamento de Material Acuático y a lo recomendado por elDirector de Intereses Acuáticos; SE RESUELVE: 1º.- Establecer que todas las naves de metal deberán tener en alto relieve y soldado al casco y en la caseta, elnombre y número de matrícula, así como la capacidad depasajeros si correspondiera; todos pintados con un colorque contraste con el color del casco y puente de gobierno. 2º.- Establecer que todas las embarcaciones de ma- dera deberán tener en bajo relieve en el casco y en lacaseta, el nombre y número de matrícula, así como lacapacidad de pasajeros si correspondiera; todos pinta-dos con un color que contraste con el color del casco ypuente de gobierno. 3º.- Establecer que todas las naves de fibra de vidrio deberán tener en letras de molde puestos al casco y enla caseta, el nombre y número de matrícula, así como lacapacidad de pasajeros si correspondiera; todos pinta-dos con un color que contraste con el color del casco ypuente de gobierno. 4º.- Establecer que todos los artefactos navales de metal deberán tener en alto relieve y soldado al casco yen la caseta, el nombre y número de matrícula, pintadocon un color que contraste con el color del casco y puen-te de gobierno. 5º.- Establecer que toda nave, embarcación o artefacto naval que por su diseño no pueda llevar las marcas corres-pondientes, efectuará las consultas a la Capitanía de Puer-to de la jurisdicción donde operan, a fin de ubicar el mejorlugar visible para llevar las marcas de acuerdo a lo estable-cido en el artículo C-010620 de acotado Reglamento. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.P.). JUAN SIERRALTA FAIT Director General de Capitaníasy Guardacostas 14229