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PÆg. 245750 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de junio de 2003 y procedimientos a través de los cuales las organizacio- nes de la Sociedad Civil designarán a sus representan-tes, siendo así es necesario evaluar y determinar la aprobación del Reglamento del Consejo de Coordina- ción Regional de Moquegua; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867y aquellas que le sean delegadas. Está integrada por el Presidente Regional, Vicepresidente Regional y los Con- sejeros Regionales; Que, en sesión Extraordinaria de fecha 20 de mayo del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, acordó aprobar el Reglamento para el Regis-tro de Organización de la Sociedad Civil y elección de sus representantes al Consejo de Coordinación Regio- nal de la Región Moquegua. No habiendo sido publicadala ordenanza que suscribe el reglamento, es susceptible de ser modificada o ampliada, por ello, en sesión Extraordinaria de fecha 6 de junio del 2003, se apruebala inserción de una disposición transitoria y final al regla- mento, señalando un cronograma especial para la elec- ción de los representantes de la Sociedad Civil ante elConsejo de Coordinación Regional para el año 2003; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento para el Registro de Organización de la Sociedad Civil y elecciónde sus representantes al Consejo de Coordinación Re- gional de la Región Moquegua, que consta de cinco (5) Títulos y treinta y seis (36) artículos, incluido ocho (8)Disposiciones Transitorias y Finales, y un anexo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 10871 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Modifican plazo de vigencia de la Orde- nanza N” 08-2003-MDA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2003/MDA Ancón, 5 de junio del 2003 Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de la Munici- palidad Distrital de Ancón, de fecha 5 de febrero del 2003; CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgáni- ca de Municipalidades, reconocen a los Gobiernos Lo- cales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y por lo tanto puedencrear, modificar o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos conforme a Ley; Que, según Ordenanza Nº 08-2003-MDA de fecha 8 de mayo del 2003, se dispuso la quiebra de las multas administrativas, la condonación de las multas tributarias por omisión a la Declaración Jurada del Impuesto Pre-dial y Multas Administrativas por carecer de Licencia de Construcción, con vigencia hasta el 15 de julio del 2003; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 046-2003- MDA de fecha 5 de junio del 2003, se declaró en Emer- gencia Administrativa y Financiera de la Municipalidad hasta el 30 de junio del presente año a fin de adecuarsea la nueva Ley Orgánica de Municipalidades; Estando al mérito de lo expuesto, y en uso de las facultades de la Ley Orgánica de Municipalidades, condispensa del trámite de la aprobación del acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo, se aprobó lasiguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Modificar el plazo de vigencia de la Or- denanza Nº 08-2003-MDA, de fecha 8 de mayo del 2003,reduciéndolo al 30 de junio del presente año. Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Rentas, Unidad de Servicios Técnicos, Imagen Institucional y Unidad deParticipación Vecinal el cumplimiento de la presente Or- denanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 10873 Declaran a la municipalidad en emer- gencia administrativa y financiera ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2003-MDA Ancón, 5 de junio del 2003 Vistos, el Informe Nº 187-2003-UAL/MDA emitido por la Unidad de Asesoría Legal, de fecha 5 de junio del2003, en la Sesión Ordinaria de la Municipalidad Distrital de Ancón, de fecha 5 de junio del 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191º de la Consti- tución Política del Perú, las Municipalidades provinciales,distritales y las delegadas conforme a ley, tienen autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 27 de mayo del 2003, fue publicada la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en cuya Vigésima Disposición Complementaria señala quelas municipalidades provinciales o distritales, por única vez con acuerdo adoptado por dos tercios de los miem- bros del concejo municipal, podrán declararse enemergencia administrativa o financiera por un plazo máximo de 90 días, con el objeto de hacer las reformas, cambios reorganizaciones que fueran necesarias paraoptimizar sus recursos y funciones, respetando los de- rechos laborales adquiridos legalmente; Que, mediante Acuerdos de Concejo Nº 012-03-MDA de fecha 31 de enero del 2003 y Nº 034-03-MDA de fecha 28 de abril del 2003, se aprobó la Reorganización Administrativa y Reestructuración Orgánica de laMunicipalidad Distrital de Ancón hasta el 30 de junio del presente año y se conformó para tal fin una Comisión Especial de Regidores, por lo que ella a su vez debeadecuarse a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, con dispensa deaprobación de acta y con el voto unánime de miembros del Concejo; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en Emergencia Admi- nistrativa y Financiera a la Municipalidad Distrital de An-cón hasta el 30 de junio del 2003, a fin de adecuarla a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- Encargar a la Comisión Espe- cial de Regidores encargada de la Reorganización Admi- nistrativa y Reestructuración Orgánica y demás Unida- des Orgánicas, el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 10872