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PÆg. 246062 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de junio de 2003 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º, cuyo texto vigente es el contenido en la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a las Munici-palidades distritales en su calidad de órganos de gobierno local autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 1) del artículo 195º de la Constitución Política del Estado, cuyo texto vigente es el contenido en la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece quelos gobiernos locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des, regla; que, la autonomía que la Constitución Polí- tica del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra-tivos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización y funcionamiento del gobierno local, así como, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, las Ordenanzas de las Municipalidades distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carác- ter general de mayor jerarquía en la estructura normativamunicipal, por medio de las cuales se aprueba la organiza- ción interna; Que, las normas municipales rigen a partir del día si- guiente de su publicación; Que mediante Edicto Nº 001-2001-MSI, el Concejo de San Isidro aprobó la actual estructura orgánica, con larealidad institucional de esa fecha y con el proceso de reestructuración administrativa, el mismo que ha cumplido con el propósito para el que fue aprobado; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-2003-MSI, el Concejo de San Isidro, aprobó el Plan de Gobierno 2003-2006, documento que contempla la reorganizaciónintegral de la Municipalidad; Que, como consecuencia del proceso de reorganiza- ción integral se ha elaborado un nuevo Organigrama y unnuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro, documentos que se encuen- tran orientados al logro de una administración municipalmoderna y eficaz; Estando a lo expuesto en el Informe Final S/N de fecha 22.MAY.2003, de la Comisión Especial de Reorga-nización y Reestructuración Integral de la Municipali- dad de San Isidro, y lo reglado en el Artículo II del Título Preliminar, incisos 3) y 4) del Artículo 9º de la LeyNº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el nuevo Organigrama de la Municipalidad de San Isidro, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de SanIsidro, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR y DEJAR SIN EFECTO el Organigrama y Reglamento de Organización y Funcionesde la Municipalidad de San Isidro aprobado por Edicto Nº 001-2001-MSI, de fecha 22.JUL.2001. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. En San Isidro, a los doce días del mes de junio de dos mil tres. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 11312MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Establecen procedimientos para la regularización de edificaciones cons-truidas sin licencia de obra DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009 San Juan de Lurigancho, 12 de junio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional,Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades Provin- ciales y Distritales son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Décimo Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Mu-nicipalidades, Ley Nº 27972, publicada con fecha 27 de mayo del 2003, los propietarios de edificaciones que hayan sido construidas sin licencia de construccióny/o en terrenos sin habilitación urbana, hasta el 31 de diciembre del 2002, podrán regularizar su situación, sin pago de multas ni otras sanciones, hasta el 30 de juniodel 2003, mediante el procedimiento de regularización de edificaciones a que se refiere la Ley Nº 27157 y normas reglamentarias; Que, asimismo dispone que no se devolverán las mul- tas pagadas y por el mérito del acogimiento a la regulariza- ción quedarán extinguidas las que se hubieran impuesto,cualquiera sea el estado de su cobranza. Que, la regularización que permite la Décimo Cuarta Disposición Complementaria, también es de aplicaciónpara la declaración de demolición, salvo tratándose de inmuebles protegidos por la Ley Nº 24047; excluyéndo- se de los beneficios y facilidades dispuestas lasedificaciones levantadas en contravención de la nor- matividad sobre medio ambiente, así declarada por la autoridad competente; Que, para tal efecto, el artículo 79º numeral 3), punto 3.6. asigna funciones especificas y exclusivas de las muni- cipalidades distritales para normar, regular y otorgar autori-zaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de habilitaciones urbanas, debiendo para tal efecto contem- plarse lo dispuesto en la Ley Nº 26878 que aprueba la LeyGeneral de Habilitaciones Urbanas, y demás leyes modifi- catorias así como la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la materia; y de igual modo el Reglamento, cuyoTexto Único Ordenado es aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, asimismo, debe también contemplarse el procedi- miento de regularización de obras sin licencia que contem- pla el capítulo IV del Título III de la sección Segunda del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, Reglamento de la LeyNº 27157 Ley de Regularización de Edificaciones, del Pro- cedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propie-dad común, sólo que en este caso, exoneradas del pago de la multa equivalente al 3% del valor declarado de la obra, conforme al texto de la Décimo Cuarta DisposiciónComplementaria citada de la Ley Nº 27972, siempre y cuan- do se acojan a dicho procedimiento antes del 30 de junio de 2003; Que, en ese sentido, corresponde establecer los as- pectos administrativos propios de los procedimientos de regularización de edificaciones en terrenos con habilita-ción urbana y sin habilitación urbana, existentes en el dis- trito, al amparo del artículo 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, teniendo en cuenta que la aplicación de la Déci- mo Cuarta Disposición Complementaria aludida supone la eliminación del requisito del pago de multa en los procedi-mientos de regularización de edificaciones y de habilitacio- nes urbanas, debe aplicarse lo dispuesto por los artículos 36.3 y 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo