Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2003 (21/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 21 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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· MORDAZA Macroeconomico Multianual 2003-2005. · Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion. · Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. · Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG Normas de Control Interno. · Resolucion Ministerial Nº 084-2001-EF/10, Directiva para la Formulacion de los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales y los Planes Estrategicos Institucionales para el periodo 2002-2006, y su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 114-2001-EF/10 · Directiva Nº 002-2003-EF/68.01, Directiva para la Reformulacion de los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales para el periodo 2004-2006. · Resolucion Directoral Nº 020- 2003-EF/76.01, Directivas que regulan las fases de Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico para el 2004. · Directiva Nº 001-2003-ME/SPE-UP, Normas Complementarias para la ejecucion del presupuesto en los programas de Educacion Basica y Educacion superior no Universitaria para el ano 2003 y funcionamiento de los Comites de Programacion del Plan y Presupuesto (CPPP)", aprobada con R.M. Nº 1500-2002-ED. 4. ALCANCE La presente directiva es de aplicacion obligatoria por todas las Unidades Organicas de la Sede Central del Ministerio de Educacion, las Unidades Ejecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educacion y las Unidades Ejecutoras de las Direcciones Regionales de Educacion. Asimismo, a los Gobiernos Regionales para los efectos del articulo 9º de la Directiva Nº 009-2003-EF/76.01 5. PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL 5.1. El Ministerio de Educacion en su calidad de organismo rector del Sistema Educativo nacional, elabora y remite a las unidades organicas de la Sede Central, las Unidades Ejecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educacion y las Unidades Ejecutoras de las Direcciones Regionales de Educacion, un resumen del Plan Estrategico Sectorial Multianual (PESEM) y el Plan Estrategico Institucional (segun sea el caso), documentos de orientacion conteniendo lo siguiente: Mision, Vision y Objetivos Estrategicos Sectoriales, Objetivos Generales y Especificos, para que en ese MORDAZA se determine los Objetivos Institucionales de corto plazo, Anexo Nº 1. 5.2. El Plan Estrategico Institucional para el periodo 2004 -2006 constituye un instrumento orientador para priorizar objetivos y orientar la asignacion de los recursos al cumplimiento de la mision y propositos institucionales. 5.3 Los Objetivos Generales del Plan Estrategico Institucional debe recoger las prioridades de politica en el ambito regional, las que daran origen a metas presupuestarias en las Unidades Ejecutoras sectoriales, con el fin de mantener coherencia en los procesos de formulacion presupuestal 2004 y evaluacion de la gestion. 5.4 Las Unidades Organicas de la Sede Central, las Unidades Ejecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educacion y las Unidades Ejecutoras de las Direcciones Regionales de Educacion deberan adecuar los objetivos estrategicos sectoriales e institucionales, generales, parciales y especificos a las caracteristicas y necesidades del ambito de la Unidad Organica o Unidad Ejecutora, priorizando las acciones que se considere las mas importantes o urgentes dentro de la programacion correspondiente al ano fiscal 2004. 6. ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMATICA 6.1. Los objetivos Generales, Parciales y Especificos de corto plazo determinados de acuerdo a las orientaciones precedentes, deben permitir la vinculacion con las categorias presupuestarias seleccionadas para el diseno de la Estructura Funcional Programatica para el Sector Educacion. 6.2. En la Estructura Funcional Programatica a nivel de "Meta Presupuestaria", se consolida la aplicacion del concepto de UNIDAD DE COSTEO, se consolida, convirtiendose en la base del diseno de las categorias presupuestarias, a partir de la cual se inicia el MORDAZA de formulacion, ejecucion, control y evaluacion presupuestaria. Por lo tanto, su implementacion y/o fortalecimiento se institucionaliza en el Sector Educacion, como una herramienta de gestion presupuestal eficaz, la Unidad de Costeo, como meta presupuestaria reune los siguientes elementos:

1) La finalidad, es la precision del objeto de la meta. 2) La Unidad de Medida, establece la forma de medir la Meta. 3) La Cantidad, es el numero de unidades de medida que se espera alcanzar en el corto plazo. 4) La Ubicacion Geografica, corresponde al lugar donde se ejecutan fisicamente las metas georeferenciadas a nivel de distrito y/o centro poblado, tal como lo indica el Articulo Nº 26.2 (d) de la Directiva Nº 008-2003-EF/76.01. 6.3. La Estructura Funcional Programatica para el ano 2004 se adecuaran al Anexo Nº 02. 6.4 Para el caso de Centros Educativos, el Ministerio de Educacion ha establecido, para el ejercicio 2004 los siguientes programas presupuestales ligados a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional. Programa 015 Prevision Programa 003 Administracion Programa 026 Educacion Inicial Programa 027 Educacion Primaria Programa 028 Educacion Secundaria Programa 029 Educacion Superior Programa 031 Educacion Especial. Las metas presupuestarias para el ejercicio 2004 se encuentran ligadas a los programas senalados en el parrafo anterior se determinan bajo el sistema de costeo georeferenciado denominado Unidad de Costeo, el mismo que se define como un conjunto de centros educativos publicos ubicados en una determinada area geografica de la Unidad Ejecutora, el cual esta bajo la conduccion del titular del centro educativo lider de la Unidad de Costeo, denominado "Centro Base". 6.4.1.CRITERIOS PARA CONFORMACION DE UNIDADES DE COSTEO Los criterios que debe reunir para la creacion de una Unidad de Costeo son las siguientes: · Cantidad de Centros Educativos. · Ubicacion Geografica (accesibilidad y distancia entre centros educativos). · Articulacion Geografica: Los centros educativos deben estar articulados via terrestre con el Centro Base, a fin de garantizar niveles de coordinacion y supervision correspondiente. · Adecuado dimensionamiento: El numero de centros educativos dificultar la operatividad de la Unidad de Costeo, ni ser tan pequena que atomice las metas. · Niveles de desconcentracion presupuestal de la Unidad Ejecutora. La Unidad Ejecutora propone a su respectivo Pliego el numero de Unidades de Costeo que la constituiran. 6.4.2 REGISTRO DE METAS PRESUPUESTARIAS EN EL SOFTWARE DE LA DNPP. El Software de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, permite la generacion automatica de Correlativos de Metas, y debe tener en considerarse los casos siguientes: PRIMER CASO: Cuando el ambito de la Unidad de Costeo coincide con un Distrito, la geo- referenciacion se efectuara al nivel distrital, cuyo codigo ya esta incluido en el Software y el Correlativo de Meta Presupuestaria se generara automaticamente. MORDAZA CASO: Cuando el ambito de una Unidad de Costeo MORDAZA dos (02) o mas distritos, la geo-referenciacion se efectuara en el distrito donde se encuentra ubicado el Centro Base, o en todo caso registrara la Unidad de Costeo en tablas de finalidades. TERCER CASO: Cuando en un distrito exista dos(02) o mas Unidades de Costeo o se considera necesario identificarlas como centros poblados, urbanizacion, Asentamiento Humano, etc., se debera anadir tantos codigos de finalidad, como Unidad de Costeo se requieran registrar como finalidades de metas presupuestarias, para ello debera utilizar el siguiente menu del Software de formulacion 2004: (Ejemplo) CREACION DE NUEVAS MORDAZA · Paso 1 · ACTUALIZA TABLAS DE FINALIDADES · Actualiza Finalidades

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