Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2003 (26/06/2003)


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NORMAS LEGALES
DECRETA:

MORDAZA, jueves 26 de junio de 2003

Adscriben la Escuela Superior de Administracion Publica a la Presidencia del Consejo de Ministros
DECRETO SUPREMO Nº 064-2003-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 534, se promulgo la Ley del Instituto Nacional de Administracion Publica - INAP, estableciendose que dicho Instituto era un organismo publico descentralizado del Poder Ejecutivo, dependiente directamente del Presidente de la Republica; Que, conforme al literal i) del articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 534, entre las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administracion Publica - INAP, se encontraban la de promover, coordinar y ejecutar acciones de formacion y capacitacion administrativa de funcionarios y servidores publicos; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 058-94-INAP/J, se constituyo la Escuela Superior de Administracion Publica -ESAP-, como un Organo Desconcentrado del Instituto Nacional de Administracion Publica - INAP; estableciendose dicho organo como el encargado de disenar y ejecutar acciones de formacion superior en materias vinculadas a la Gestion Gubernamental y de la capacitacion de funcionarios y servidores del Estado; Que, mediante la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 26507, MORDAZA que dispone la disolucion del Instituto Nacional de Administracion Publica, se declaro en reorganizacion la Escuela Superior de Administracion Publica - ESAP, estableciendose que dicho organo se constituia como un organismo publico descentralizado del Ministerio de Trabajo y Promocion Social; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene por finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, a fin de lograr una mejor atencion a la ciudadania; por lo que la organizacion y actividades de las entidades publicas deben dirigirse a brindar un mejor servicio y al optimo uso de los recursos estatales, priorizando en todo momento el interes y bienestar de la sociedad; Que, conforme a las normas citadas en el parrafo precedente, en el diseno y estructura de la Administracion Publica prevalece, entre otros criterios, el MORDAZA de especialidad por el cual las funciones y competencias afines deben integrarse; Que, de acuerdo con los articulos 14º y 16º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, concordados por los articulos 2º y 3º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros tiene entre sus funciones, promover la mejora en la gestion de los recursos materiales y humanos de la Administracion Publica; Que, en consecuencia, dentro del MORDAZA del MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, y atendiendo al criterio de especialidad MORDAZA descrito, resulta conveniente adscribir la Escuela Superior de Administracion Publica - ESAP a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que de conformidad con el articulo 13º, numeral 13.1 de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, modificada por Ley Nº 27899, la modificacion respecto de la adscripcion de un Organismo Publico Descentralizado de un sector a otro se realizara por decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, modificada por Ley Nº 27899, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, asi como por el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

Articulo 1º.- Adscripcion Adscribir la Escuela Superior de Administracion Publica - ESAP, organismo publico descentralizado, a la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- Ausencia de gastos La aplicacion de lo dispuesto en el presente dispositivo no demandara recursos adicionales al tesoro publico. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado, por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 12000

Autorizan viaje del Primer Vicepresidente de la Republica a Colombia y encargan la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al Ministro de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-2003-PCM
MORDAZA, 25 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el senor Lic. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, viajara a la MORDAZA de Antioquia, Republica de Colombia, con el fin de participar en representacion del senor Presidente Constitucional de la Republica doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la XIV Reunion del Consejo Presidencial MORDAZA, que tendra lugar en el MORDAZA Tecnologico de Antioquia - Recinto Quirama, El MORDAZA de Viboral, en dicha MORDAZA, durante los dias 26 a 28 de junio de 2003; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, durante la ausencia del Titular; De conformidad con el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Lic. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Antioquia, Republica de Colombia, durante los dias 26 a 28 de junio de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 1,062.00 Viaticos US$ 800.00 Tarifa CORPAC US$ 28.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 4º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, al senor MORDAZA MORDAZA Rossello, Ministro de

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