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PÆg. 246668 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de junio de 2003 - Dirección Nacional de Industrias y Dirección de Nor- mas Técnicas y Control del Ministerio de la Produc- ción. - Dirección General de Circulación Terrestre del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones. - Universidad Nacional Mayor de San Marcos. - Universidad Nacional de Ingeniería.- Asociación Nacional de Pirotécnicos Artesanales. - Fábrica de Explosivos FAMESA S.A.C., y - Fábrica de Explosivos EXSA S.A. Artículo Cuarto.- La Comisión nombrada cumplirá su cometido en el término de ciento veinte días a partir del díasiguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 11861 JUSTICIA Modifican resolución mediante la cual se conformó Comisión de Trabajoencargada de elaborar propuesta finalde solución referida al Caso N” 12.084 - Sindicato de Trabajadores Muni- cipales de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2003-JUS Lima, 25 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2003-JUS, publicada el 26 de febrero de 2003, se conformó una Co- misión de Trabajo encargada de elaborar la propuesta finalde solución referida al Caso Nº 12.084 - Sindicato de Trabajadores Municipales de Lima; Que, resulta necesario ampliar la conformación de la mencionada Comisión, a fin de contar con representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Salud y Ministerio de Educación, quienes podrán contribuir en elseguimiento de las recomendaciones efectuadas por el mencionado organismo internacional; Que, teniendo en cuenta la trascendencia del encargo, el cual demanda un exhaustivo análisis del caso referido; resulta necesario ampliar el plazo a que se refiere el artícu- lo 3º de la mencionada Resolución Suprema Nº 015-2003-JUS; De conformidad con lo establecido en los numerales 1) y 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú,en el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 015-2003-JUS, publicado en el Diario OficialEl Peruano el 26 de febrero de 2003, incorporándose como integrante de la Comisión de Trabajo encargada de elabo- rar la propuesta final de solución referida al Caso Nº 12.084- Sindicato de Trabajadores Municipales de Lima, a repre- sentantes de las siguientes Entidades: a) Un representante del Ministerio de Economía y Fi- nanzas. b) Un representante del Ministerio de Educación; y,c) Un representante del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Modifíquese el artículo 3º de la Resolución Suprema Nº 015-2003-JUS, el que quedará redactado dela siguiente manera: "Artículo 3º.- La Comisión sostendrá reuniones periódi- cas hasta el término de las negociaciones de la propuesta de solución en el Caso Nº 12.084 - Sindicato de Trabajado- res Municipales de Lima, dentro de un plazo de 120 díascalendario contados a partir de la fecha de instalación de dicha Comisión, elevando su informe final a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos". Artículo 3º.- Los Sectores que se integrarán a la Comi- sión de Trabajo, deberán nombrar a sus representantes en un plazo no mayor de 48 horas, contados a partir de lapublicación de la presente resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Justicia, el Ministro de Relacio-nes Exteriores, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Educación y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 12006 Acceden a pedido de extradición acti- va del procesado Alberto Fujimori Fuji-mori por delito de peculado y falsedadideológica y disponen su presentación por vía diplomÆtica al Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 076-2003-JUS Lima, 25 de junio de 2003 Visto el Informe Nº 024-2003-CEA del 7 de mayo del 2003, de la Comisión encargada del estudio de las solicitu- des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradi-ción del procesado ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, for- mulado por la Vocalía de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia de la República; CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones del 17 de enero del 2003, y aclaratorias del 24 de febrero y 29 de abril del 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradiciónde ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, procesado por el deli- to de peculado y falsedad ideológica en agravio del Esta- do Peruano (Expediente Nº 01-2003); Que, mediante el Informe Nº 024-2003-CEA del 7 de mayo del 2003, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder alpedido de extradición del referido procesado; Que, teniendo en cuenta que entre el Perú y Japón no existe un Tratado sobre la materia, y atendiendo que elprincipio de reciprocidad es reconocido por el derecho in- ternacional, es fundamental que el Perú asegure el respeto ante pedidos del mismo tipo efectuados por el Japón; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Orde-nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artícu- lo 118º de la Constitución Política del Perú; y,