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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2003 (04/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 240113 NORMAS LEGALES Lima, martes 4 de marzo de 2003 fase de la operación, caso contrario se encuentran inhabilitadas hasta el cumplimiento del número de lan-ces fijado. Fase 2 Comprende desde las 00.00 horas del día 13 de marzo hasta las 24.00 horas del día 16 de marzo del 2003. Sólo podrán participar en esta fase aquellasembarcaciones que hayan cumplido el número de lances establecidos por estrato para la fase 1. Du- rante este período, las embarcaciones pesquerasseleccionadas en las áreas B y C podrán desplazar- se y realizar operaciones de pesca en cualquier área, con excepción de aquellas embarcaciones seleccio-nadas en las áreas A y D, las cuales continuarán sujetas a esas áreas de operación respectivamente. Artículo 4º.- Las embarcaciones pesqueras arrastre- ras que decidan participar en la Operación Merluza III autorizada en el artículo 1º, deberán inscribirse en laDirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pes- quero del Ministerio de la Producción a partir del día de publicación de la presente resolución hasta el día 4 demarzo del 2003, a efectos que la mencionada Dirección a través de proceso de sorteo a realizarse el día 5 de marzo del 2003, designe y clasifique las embarcacionessegún áreas de operación. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produc-ción, mediante Resolución Directoral, publicará la rela- ción de embarcaciones pesqueras autorizadas a efec- tuar operaciones de pesca en el marco de la presenteOperación Merluza III. Artículo 6º.- Los armadores pesqueros de las embar- caciones seleccionadas a participar en la Operación Mer-luza III, deberán cubrir en su totalidad los gastos que demande dicha operación; cuyo monto será establecido en la Resolución Directoral a que se refiere el artículoprecedente.Los armadores de las embarcaciones pesqueras que tuvieran montos adeudados por concepto de las Opera-ciones Merluza I y II al Instituto del Mar del Perú, se encuentran inhabilitadas de participar en la presente Ope- ración, para lo cual la citada Institución deberá remitir ala Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero la relación de embarcaciones pesqueras que tengan deuda parcial o total hasta el día 4 de marzo del2003. Artículo 7º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras o sus representantes instruirán a los respecti-vos capitanes o patrones de pesca acerca del cumpli- miento de las pautas que dicte el Instituto del Mar del Perú en el marco de la presente Operación Merluza III. Artículo 8º.- Los recursos hidrobiológicos extraídos de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución, podrán ser procesados en los establecimientos industria-les pesqueros que cuenten con licencia de operación vigente para la elaboración de productos de consumo humano directo. El procesamiento del recurso merluza en la zona autorizada a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución, podrá efectuarse hasta las 24.00 horas deldía 17 de marzo del 2003. Artículo 9º.- Cuando por causa de problemas técni- cos la embarcación pesquera no pueda participar en lapresente operación, deberá comunicar dicho inconve- niente con una antelación de 24 horas al inicio de la fecha prevista para la ejecución de la citada operación, aefectos de proceder a la sustitución de la misma por la embarcación pesquera seleccionada en calidad de su- plente; caso contrario, será observada por la adminis-tración para los próximos trabajos de investigación a ser desarrollados por el Instituto del Mar del Perú en lo que resta del presente año. Artículo 10º.- Las embarcaciones pesqueras que incumplan las disposiciones contenidas en la presente resolución, serán excluidos de la Operación Merluza IIIautorizada en el artículo 1º.