Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2003 (04/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 4 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES
INDICE 5,82016 5,82104 5,82193 5,82281 5,82370 5,82458 5,82546 5,82635 5,82723 5,82812 5,82900 5,82989 5,83077 5,83166 5,83254 5,83343

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DIA 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

Ley Nº 26497 y, el Articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el cronograma, que se inicia el 3 de marzo del 2003, para el canje de las Libretas Electorales por el Documento Nacional de Identidad, a nivel nacional, de acuerdo al orden alfabetico que a continuacion se establece :
- Los apellidos que se inicien con las letras A y B - Los apellidos que se inicien con las letras C, D y E - Los apellidos que se inicien con las letras F, G, H, I, J, K, L, M, N, N y O - Los apellidos que se inicien con las letras P, Q, R y S - Los apellidos que se inicien con las letras T, U, V, W, X, Y y Z : Del 3 al 31 de marzo 2003

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Del 1 al 30 de MORDAZA 2003

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Del 2 al 30 de MORDAZA 2003

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Del 2 al 30 de junio 2003

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el articulo 1235º del Codigo Civil; Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MORDAZA MORDAZA Gerente General 04061

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Del 1 al 30 de MORDAZA 2003

Articulo Segundo.- Todos los ciudadanos que aun no cuentan con su DNI se encuentran obligados al cumplimiento del cronograma establecido, debiendo tener presente que a partir del 1 de agosto del 2003 la Libreta Electoral no tendra validez. Articulo Tercero.- Solo se realizara el canje, en forma extemporanea y sin las sanciones que establecera el RENIEC en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos 2003, a aquel ciudadano que acredite, sustentadamente ante el RENIEC, la imposibilidad que tuvo para cumplir con realizar su canje en la fecha que le correspondia. Articulo Cuarto.- Los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero deberan efectuar el canje hasta el 30 de MORDAZA del 2003, no existiendo, en tales casos, cronograma. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04048

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban Cronograma para el canje de Libretas Electorales por el Documento Nacional de Identidad
RESOLUCION JEFATURAL Nº 070-2003-JEF/RENIEC

Autorizan a procurador a interponer acciones judiciales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 909-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 Visto el Memorandum Nº 964-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 144- 2001/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 006 -2002-GAJ/PPU/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 14 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien dice Ilamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, ha inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-

MORDAZA, 27 de febrero del 2003 VISTO, la Resolucion Jefatural Nº 058-2003-JEF/RENIEC, de fecha 21 de febrero de 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 26497 Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; la Jefatura Nacional establece los objetivos y las politicas del RENIEC a fin de asegurar el logro eficiente de los fines y objetivos para los que fue creado; Que, la Resolucion Jefatural senalada en el visto, declaro la caducidad de las Libretas Electorales manuales de tres cuerpos, a partir del 31 de MORDAZA del presente ano; Que, es necesario establecer el cronograma por el cual los ciudadanos deberan realizar, ante RENIEC, el tramite de canje de dichas Libretas Electorales por el Documento Nacional de Identidad, el mismo que estara organizado alfabeticamente; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil,

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