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PÆg. 240110 NORMAS LEGALES Lima, martes 4 de marzo de 2003 Sexual del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, la Directora del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,solicita al Despacho Viceministerial de la Mujer autori- zación para participar en el 47° Período de Sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujerde las Naciones Unidas, que se llevará a cabo en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, del 3 al 14 de marzo de 2003; Que, resulta importante la participación de la doctora Grecia Elena Rojas Ortiz, Directora del Programa Na- cional contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social en el Período de Sesiones de la citada Comisión, teniendo en consideración que se efectuará una Mesa Redonda de Alto Nivel sobre la "Con-secución de los objetivos estratégicos, adopción de medidas en las esferas de especial preocupación y medidas e iniciativas ulteriores, en torno a los acuerdosde Beijing y la Sesión Especial"; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je de la Directora del Programa Nacional contra la Violen-cia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social a efectos de que asista al 47° Período de Sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y So-cial de la Mujer de las Naciones Unidas, por ser de inte- rés institucional; Que, los gastos por concepto de viáticos y tarifa COR- PAC serán asumidos por el Ministerio de la Mujer y De- sarrollo Social - MIMDES, siendo reembolsable por par- te de la Organización de las Naciones Unidas, el gastopor concepto de pasajes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27793, Decretos Supremos Nº 008-2002-MI-MDES y Nº 013-2002-MIMDES, y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de la doctora GRECIA ELENA ROJAS ORTIZ, Directora del Programa Nacio- nal contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a la ciudad de Nueva York,Estados Unidos de Norteamérica, del 3 al 14 de marzo de 2003, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y tarifa CORPAC correspondientes, serán asumidos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social - MIMDES, siendo reembolsable el gasto por concepto de pasaje, de acuerdo al detalle siguiente: Viáticos US$ 3,080.00 Pasajes US$ 759.20 Tarifa CORPAC US$ 25.00 ------------------ TOTAL US$ 3,864.20 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, la doctora Grecia Elena Rojas Ortiz, Directora del Programa Nacional con-tra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mu- jer y Desarrollo Social - MIMDES, presentará al Despa- cho Ministerial un informe de las acciones realizadasdurante el viaje autorizado por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 04064PRODUCE Establecen rØgimen provisional para la extracción comercial del calamar gi- gante o pota RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2003-PRODUCE Lima, 28 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821, en su artículo 29º establece las condiciones para laexplotación eficiente de los mismos, entre las cuales se señala el cumplimiento por parte del titular del de- recho a utilizar el recurso natural para los fines quele fueron otorgados, así como cumplir con la legisla- ción especial y con la retribución económica corres- pondiente, manteniendo al día el derecho de vigen-cia; Que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Na-ción, por lo que corresponde al Estado regular su mane- jo integral propiciando su explotación racional, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General dePesca - Decreto Ley Nº 25977; Que el artículo 8º de la Ley citada en el conside- rando anterior, establece que la actividad extractivaefectuada por embarcaciones de bandera extranjera será supletoria o complementaria a la realizada por la flota existente en el país, sujetándose a los térmi-nos y condiciones establecidas en dicha Ley y su Reglamento; asimismo, en su artículo 47º de la Ley en mención, precisa que las operaciones de embar-caciones pesqueras de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, sólo podrán efectuarse sobre el excedente de la captura permisible no apro-vechada de recursos hidrobiológicos por la flota exis- tente en el país, sujetándose a los términos y condi- ciones regulados en la legislación interna sobre pre-servación y explotación racional de los recursos hi- drobiológicos y sobre procedimientos de inspección y control; Que el Reglamento de Ordenamiento de la Pesquería del Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-2001-PE, en el numeral 2.2. de su artículo2º, establece que para el caso de embarcaciones de bandera extranjera los permisos de pesca para la ex- tracción del calamar gigante o pota, se podrán estable-cer regímenes provisionales de acceso de carácter tem- poral aprobados por Resolución Ministerial, durante la vigencia de los cuales se otorgarán directamente lospermisos a cada armador, estableciéndose en dicha Resolución el monto de los derechos y demás condicio- nes de acceso; Que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, mediante Oficio Nº DE-100-393-2002-PRODUCE/IMP del 20 de diciembre del 2002, indica que de acuerdoal análisis de los resultados de la pesquería del re- curso Calamar Gigante o Pota y de los cruceros de investigación realizados, se estima una disponibili-dad promedio de 500 mil toneladas y se recomienda establecer una cuota de captura de 150 mil tonela- das de Calamar Gigante para el año 2003, la cualpodría ser modificada de acuerdo a la evolución de las condiciones ambientales; posteriormente median- te Oficio Nº PCD-100-030-2003-PRODUCE/IMP defecha 22 de enero del 2003 informa que la estimación final de la pota, calculada por el último crucero de evaluación ejecutado entre octubre y noviembre del2002 se encontró en el orden de las 900 mil tonela- das, que hace posible obtener una captura para el año 2003, de 200 mil toneladas de Calamar Gigante oPota, siempre que exista un adecuado nivel de es- fuerzo de pesca;