Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2003 (06/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2003

PODER EJECUTIVO PCM
Modifican articulo del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 023-2003-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, senala que las empresas del Estado que se dediquen a la produccion de bienes podran adquirir los insumos directos que se utilicen en los procesos productivos que efectuen conforme al giro de su negocio, a traves del procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, de acuerdo al articulo 122º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en los casos de contratos derivados de procesos de Adjudicaciones de Menor Cuantia no se requiere garantia de fiel cumplimiento; Que, resulta necesario complementar lo dispuesto en el mencionado articulo 122º, con el fin de proporcionar a las empresas productivas del Estado elementos que eviten el incremento de los costos de los bienes que producen, para que a su vez estos mayores costos no MORDAZA trasladados al usuario final; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- De la Modificacion Adicionese al articulo 122º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el siguiente texto: "g) Los insumos utilizados en la actividad empresarial del Estado considerados en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley, siempre y cuando la prestacion se cumpla por adelantado al pago." Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 04345

Presidencia del Consejo de Ministros encargada de desarrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Peru para competir en el MORDAZA internacional; Que, el Consejo Nacional de la Competitividad cuenta con un Consejo Directivo que constituye su MORDAZA instancia deliberativa y resolutiva, el mismo que se encuentra conformado, entre otros, por miembros honorarios; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Bossano ha impulsado activamente la elaboracion e implementacion del Plan Nacional de Competitividad desde sus inicios, demostrando gran experiencia y conocimientos en la materia, por lo que, a efectos de contar con su colaboracion permanente, es conveniente designarlo como miembro honorario del Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM y sus modificatorias y Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA BOSSANO como miembro honorario del Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 04337

Designan representantes de los Gobiernos Regionales ante el Consejo Nacional de Descentralizacion (CND)
RESOLUCION SUPREMA Nº 054-2003-PCM
MORDAZA, 5 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, se crea el Consejo Nacional de Descentralizacion (CND) como organismo independiente y descentralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, los numerales 23.2 y 23.3 del articulo 23º de la Ley Nº 27783 establecen que el Consejo Nacional de Descentralizacion (CND) sera presidido por un representante del Presidente de la Republica y estara conformado por dos (2) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, dos (2) representantes del Ministerio de Economia y Finanzas, dos (2) representantes de los Gobiernos Regionales, un (1) representante de los Gobiernos Locales Provinciales y un (1) representante de los Gobiernos Locales Distritales, quienes seran designados por Resolucion Suprema para un periodo de cuatro (4) anos; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783 senala que el Consejo Nacional de Descentralizacion (CND) se instala, en su primera etapa, dentro de los treinta (30) dias de la vigencia de la Ley y que, posteriormente, se incorporan los representantes de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, de conformidad con el articulo 79º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Presidentes Regionales y los Alcaldes Provinciales y Distritales, convocados por la Presidencia del Consejo Nacional de Descentralizacion (CND), elegiran a sus representantes ante dicho organismo, con una votacion de dos tercios; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 008-CND-P2003 de fecha 15 de enero de 2003 se aprobo el Reglamento de Elecciones de Representantes al Consejo Nacional de Descentralizacion (CND), modificado por Resolucion Presidencial Nº 024-CND-P-2003 de fecha 26 de febrero de 2003;

Designan miembro honorario del Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad
RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2003-PCM
MORDAZA, 5 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM se creo el Consejo Nacional de la Competitividad como una comision de coordinacion de asuntos especificos de la

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