Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2003 (06/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2003
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 240227

Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion aerea del MORDAZA biposte de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 35244, ubicada en la esquina de la MORDAZA Cahuide con la MORDAZA Sinchi MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular de la ASOCIACION DE ADJUDICATARIOS DEL PROGRAMA DE VIVIENDA DE MORDAZA MORDAZA - APROVIJEMA, sobre un area de 22,50 metros cuadrados para una subestacion de distribucion, conforme consta en la Escritura Publica extendida el 14 de MORDAZA de 2001 ante el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas; y, el articulo 220º y siguientes de su Reglamento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 019-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion del bien de propiedad de la ASOCIACION DE ADJUDICATARIOS DEL PROGRAMA DE VIVIENDA DE MORDAZA MORDAZA - APROVIJEMA, para la instalacion de la subestacion aerea del MORDAZA biposte de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 35244, en la esquina de la MORDAZA Cahuide con la MORDAZA Sinchi MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Escritura Publica extendida el 14 de MORDAZA de 2001, en los terminos y condiciones estipulados en la misma. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecida en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 03799

Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion compacta del MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 7339, ubicada en la esquina de Jr. MORDAZA Ugarte con Av. San MORDAZA, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular con la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre un area de 17,40 metros cuadrados para una subestacion de distribucion, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 22 de agosto de 2002, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas; y, el articulo 220º y siguientes de su Reglamento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 020-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion del bien de propiedad de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la instalacion de la subestacion compacta del MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 7339, ubicada en la esquina de Jr. MORDAZA Ugarte con Av. San MORDAZA, distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 22 de agosto de 2002, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecida en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 03800

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 086-2003-EM/DM
MORDAZA, 24 de febrero del 2003 VISTO: El expediente Nº 31133802 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion compacta del MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5315; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion compacta del MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5315, ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA Oeste Nº 981 - 995, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima;

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 077-2003-EM/DM
MORDAZA, 24 de febrero del 2003 VISTO: El expediente Nº 31121001 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion compacta del MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 7339; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema

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