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PÆg. 240226 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de marzo de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31136302 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando la imposición de la servidumbre deocupación de bienes públicos indispensable para la instala-ción de la subestación aérea del tipo biposte de distribuciónpara Servicio Público de Electricidad Nº 35230; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, hasolicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupa-ción de bienes públicos para la instalación de la subesta-ción aérea del tipo biposte de distribución para ServicioPúblico de Electricidad Nº 35230, ubicada en la bermacentral de la Av. La Encalada, cuadra 9, distrito de Santia-go de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento,aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 042-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación áreadel tipo biposte de distribución para Servicio Público deElectricidad Nº 35230, ubicada en la berma central de laAv. La Encalada, cuadra 9, distrito de Santiago de Surco,provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la docu-mentación técnica y los planos proporcionados por la em-presa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de servidumbre terreno 31136302 Subestación de Distribución Eléctrica Suelo: 8,0 m2Propiedad Urbano Nº 35230.. y aires del Estado Ubicación: distrito de Santiago de (vía pública)Surco, provincia y departamento deLima. Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 661 310,52 285 684,77B 8 661 311,25 285 682,91C 8 661 314,98 285 684,36D 8 661 314,25 285 686,22 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar laboresque perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidum-bre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medi- das necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra dañoni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a laresponsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por laservidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 03815 Reconocen servidumbres convenciona- les de ocupación de bienes a favor deconcesiones definitivas de distribuciónde las que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2003-EM/DM Lima, 24 de febrero del 2003VISTO: El expediente Nº 31134102 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando el reconocimiento de la servi-dumbre de ocupación de bienes de propiedad particularindispensable para la instalación de la subestación com-pacta del tipo pedestal de distribución para Servicio Públi-co de Electricidad Nº 5299; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, hasolicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupa-ción de bienes de propiedad particular indispensable parala instalación de la subestación compacta del tipo pedestalde distribución para Servicio Público de Electricidad Nº5299, ubicada en la urbanización Los Álamos de Monterri-co, manzana J, lote 3, calle 9, S/N, distrito de Santiago deSurco, provincia y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha consti-tuido servidumbre convencional de ocupación de bienesde propiedad particular de INVERSIONES M Y S S.A., so-bre un área de 9,0 metros cuadrados para una subesta-ción de distribución, conforme consta en el Contrato deServidumbre de fecha 30 de noviembre de 2001, cuyacopia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Conce- siones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la exis-tencia de servidumbre convencional para el desarrollo de lasactividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energíay Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación atal servidumbre convencional las normas de seguridad esta-blecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamentoy en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del artículo 110º y siguientes de la Ley deConcesiones Eléctricas; y, el artículo 220º y siguientes desu Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 021-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del SurS.A.A., la servidumbre convencional de ocupación del biende propiedad de INVERSIONES M Y S S.A., para la insta-lación de la subestación compacta del tipo pedestal dedistribución para Servicio Público de Electricidad Nº 5299,ubicada en la urbanización Los Álamos de Monterrico,manzana J, lote 3, calle 9, S/N, distrito de Santiago deSurco, provincia y departamento de Lima, constituida me-diante Contrato de Servidumbre de fecha 30 de noviembrede 2001, en los términos y condiciones estipulados en elmismo. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre recono- cida en el artículo que antecede, las normas de seguridadestablecida en la Ley, el Reglamento y en las normas téc-nicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 03798 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 076-2003-EM/DM Lima, 24 de febrero del 2003 VISTO: El expediente Nº 31134602 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando el reconocimiento de la servi-dumbre de ocupación de bienes de propiedad particularindispensable para la instalación de la subestación aéreadel tipo biposte de distribución para Servicio Público deElectricidad Nº 35244;