Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2003 (06/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2003

VISTO: El Expediente Nº 31136302 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes publicos indispensable para la instalacion de la subestacion aerea del MORDAZA biposte de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 35230; CONSIDERANDO:

VISTO: El expediente Nº 31134102 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion compacta del MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5299; CONSIDERANDO:

Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion aerea del MORDAZA biposte de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 35230, ubicada en la berma central de la Av. La MORDAZA, cuadra 9, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 042-2003-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion area del MORDAZA biposte de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 35230, ubicada en la berma central de la Av. La MORDAZA, cuadra 9, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. 31136302 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Distribucion Electrica Nº 35230.. Ubicacion: distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Norte A 8 661 310,52 B 8 661 311,25 C 8 661 314,98 D 8 661 314,25 Area de servidumbre Suelo: 8,0 m2 y aires Propietario Propiedad del Estado (via publica) MORDAZA de terreno MORDAZA

Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion compacta del MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5299, ubicada en la urbanizacion Los Alamos de Monterrico, manzana J, lote 3, MORDAZA 9, S/N, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular de INVERSIONES M Y S S.A., sobre un area de 9,0 metros cuadrados para una subestacion de distribucion, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 30 de noviembre de 2001, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas; y, el articulo 220º y siguientes de su Reglamento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 021-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion del bien de propiedad de INVERSIONES M Y S S.A., para la instalacion de la subestacion compacta del MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5299, ubicada en la urbanizacion Los Alamos de Monterrico, manzana J, lote 3, MORDAZA 9, S/N, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 30 de noviembre de 2001, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecida en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 03798

Este 285 684,77 285 682,91 285 684,36 285 686,22

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 03815

Reconocen servidumbres convencionales de ocupacion de bienes a favor de concesiones definitivas de distribucion de las que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 075-2003-EM/DM
MORDAZA, 24 de febrero del 2003

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 076-2003-EM/DM
MORDAZA, 24 de febrero del 2003 VISTO: El expediente Nº 31134602 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion aerea del MORDAZA biposte de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 35244;

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