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PÆg. 240716 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 RECURSO FACTOR DEL RECURSO SARDINA 0.51 SHIRIPIRA 0.45 SHIRUI 0.48 SHUYO 0.44 TOA 1.29 TORRE 0.58 TRUCHA 2.15 TUCUNARE 0.90 TURUSHUQUI 0.67 VASELINA 1.13 YAHUARACHI 0.55 YARAQUI 0.37 YULILLA 0.62 ZUNGARO 1.59 04900 Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portalde Internet del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 095-2003-PRODUCE Lima, 11 de marzo del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 27806, Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información Pública, modificado por Ley Nº 27927, señala que dicha Ley tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Es-tado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 27806, modificado por Ley Nº 27927, establece que las Entidades de la Admi- nistración Pública establecerán progresivamente, deacuerdo a su presupuesto, la difusión a través de Inter- net de información relativa a sus disposiciones y comuni- cados, organización, organigrama y procedimientos, in-formación presupuestal, adquisiciones de bienes y ser- vicios que realice, actividades oficiales que desarrollarán o desarrollen sus altos funcionarios, sin perjuicio de lapublicación de la información relativa a finanzas públicas a que refiere dicha Ley, y cualquier otra información adi- cional que la Entidad considere pertinente; Que, para tal efecto, el último párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 27806, modificado por Ley Nº 27927, establece que la Entidad Pública deberá identificar al funcionario responsa-ble de la elaboración de los portales de Internet; Que, por lo antes señalado, resulta necesario desig- nar al funcionario responsable de la elaboración yactualización del Portal de Internet del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y modifica- toria, Ley Nº 27779 - Ley de creación del Ministerio de la Producción, Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Fun-ciones del Ministerio de la Producción; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE - Reglamen-to de Organización y Funciones del Ministerio de la Pro- ducción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Ing. Enrique Garrido-Lecca Risco, Director General de la Oficina General de Tecno- logía de la Información y Estadística de la Entidad, comoel funcionario responsable de la elaboración y actualiza- ción del Portal de Internet del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 04901Precisan disposición referida a suspen- sión de efectos jurídicos de conveniossuscritos con armadores deembarcaciones de bandera extranjera para la extracción de atœn y especies afines RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2003-PRODUCE Lima, 12 de marzo del 2003 CONSIDERANDO: Que la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece en su artículo 70º que el Ministerio de Defensa a través de la autoridad marítima y de acuerdo a las normas que dicte el Ministerio de Pes-quería, hoy Ministerio de la Producción, ejerce las funciones de control y protección de los recursos hidrobiológicos; Que mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-PE del 31 de marzo del 2001, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, estableciéndo-se en el literal c) del numeral 1. de su artículo 9º, la obligación de los buques atuneros de bandera ex- tranjera, a suscribir con la Dirección Nacional deExtracción y Procesamiento Pesquero, un convenio en el que se garantice el fiel y cabal cumplimiento de cada una de las obligaciones contenidas en el citadoReglamento; Que es necesario establecer los mecanismos que permitan a la Dirección Nacional de Seguimiento, Con-trol y Vigilancia velar por el cumplimiento y ejecución de las disposiciones establecidas en los convenios suscritos entre el Ministerio de la Producción y losarmadores de embarcaciones de bandera extranje- ra, en tanto que por la naturaleza de sus operaciones pesqueras, éstos no ingresan a puertos peruanosen forma continua; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que en los casos en que la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilan-cia suspenda los efectos jurídicos de los convenios suscritos entre los armadores de embarcaciones de bandera extranjera con el Ministerio de la Produc-ción para la extracción del atún y especies afines, ninguna de las embarcaciones implicadas podrá ope- rar en aguas jurisdiccionales peruanas durante el pla-zo de la suspensión. Artículo 2º.- La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia notificará sobre la medida a los re-presentantes de los armadores pesqueros, a efectos de que las embarcaciones implicadas ingresen a puerto peruano para cumplir con la suspensión establecida yregularizar el cumplimiento de la obligación que la moti- vó. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia coordinará con la Dirección General de Capitanía y Guardacostas del Ministerio de Defensa sobre la ejecución de las suspensiones que establezca,para lo cual podrá solicitar a la Autoridad Marítima que ésta ubique y conduzca a puerto a las embarcaciones que tengan el convenio suspendido y se encuentre enaguas jurisdiccionales peruanas. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 04896