Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2003 (13/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

Pag. 240760

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2003

General realizara la publicacion respectiva en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 04817

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI
Declaran en Situacion de Urgencia el Servicio de Abastecimiento de Agua Potable en la MORDAZA de Contamana
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 034-2003-A-MPU Contamana, 27 de febrero del 2003 VISTO; el Informe Nº 015-2003-DAF-MPU del 25/2/ 2003 y el Informe Legal Nº 050-2003-ALI-MPUC, del 25/ 2/2003 sobre Declaracion de Urgencia del Servicio de Abastecimiento de Agua Potable en la MORDAZA de Contamana. CONSIDERANDO: Que, mediante oficio de visto, el Director de Administracion y Finanzas se dirige al despacho de Alcaldia, solicitando se declare en situacion de Urgencia, el Servicio de Abastecimiento de Agua Potable en la MORDAZA de Contamana, solicitando para ello la Adquisicion de (2) Electro Bombas de 50 HP, para el Abastecimiento de Agua Potable al distrito de Contamana. Que, mediante Informe Nº 085-2003, DIDUR-MPUWADCR. del 24/2/2003 el Director de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA expresa que las (2) Electro Bombas que se encuentran en la Planta de Tratamiento de Agua Potable, registran una antiguedad de 25 anos; (1) esta Inoperativa y (1) funciona con deficiencia, recomendando la adquisicion de dichos bienes. Que, con Informe Legal Nº 050-2003-ALI-MPU-C del 25/2/2003, la Asesora Legal de la entidad es de la opinion de que se declara en Urgencia las Adquisiciones de (2) Electro Bombas de 50 HP, para el Sistema de Agua Potable por estar contemplado dentro de la Ley y su Reglamento. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 020-03-MPU de fecha 25/2/2003, el honorable Concejo de Regidores de la Municipalidad Provincial de Ucayali acordo en declarar en Situacion de Urgencia la Adquisicion de (2) Electro Bombas de 50 HP para el Sistema de Abastecimiento de Agua. Que, los Arts. 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicion del Estado expresan los mecanismos y formalidades de los procedimientos para la Declaracion de Urgencia. Que, el D.S. Nº 013-2003-PCM, en su Articulo 108º senala que la situacion, se optara como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o controlar la indispensable, para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de Seleccion correspondiente para las Adquisiciones y Contrataciones definitivas. Que, consecuentemente teniendo en cuenta que los bienes y servicios asi como estudios y obras se encuentran aprobados en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del 2003, por lo que resultaria procedente autorizar la Adquisicion de (2) Electro Bombas de 50 HP para el Sistema de Abastecimiento de Agua por el lapso de 90 dias. Que, en uso de las facultades que indica el Art. 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y en concordancia con el Art. 20º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Articulo Primero.- DECLARESE en Situacion de Urgencia el Servicio de Abastecimiento de Agua Potable en la MORDAZA de Contamana por el lapso de 90 dias. Articulo Segundo.- Autorizar a la Direccion de Administracion y Finanzas la Adquisicion de (2) Electro Bombas de 50 HP, para la Planta de Tratamiento de Agua Potable, de acuerdo a los procedimientos que establece la Ley. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Administracion Financiera el Cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Secretaria General la debida distribucion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04840

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CRISTO NOS VALGA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de un tractor MORDAZA y sus accesorios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0004-2003-MDCNV San Cristo, 24 de febrero del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CRISTO NOS VALGA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo, celebrada en la fecha, la propuesta presentada por el Comite de Agricultores de Cristo Nos Valga, relacionada con la problematica que viene afectando a sus cultivos. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica de la Nacion establece que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local y como tales tienen autonomia economica en los asuntos de su competencia; Que, el articulo de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades senala que estas representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico dentro su jurisdiccion; Que, de acuerdo a lo anotado en el articulo 62º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades, corresponde a las Municipalidades, segun el caso planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales, de vivienda, salubridad, abastecimiento, educacion, recreacion, transportes y comunicaciones; Que, los agricultores del distrito, agrupados en su Comite que los representa, han hecho llegar al Concejo Municipal su solicitud de adquirir Un tractor debidamente equipado, asi como avalarlos ante entidades publicas y privadas para que puedan adquirir fertilizantes, abonos y pesticidas, para solucionar su problematica que les viene aquejando; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2003PCM, se declara en Estado de Emergencia entre otros al departamento de Piura;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.