Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2003 (13/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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cipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece que las Municipalidades Provinciales son responsables de la gestion de los residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo el ambito de su jurisdiccion; Que, mediante la Ordenanza Nº 295, modificada por Ordenanza Nº 301 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA creo el Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos, el mismo que en su Tercera Disposicion Final senala que el Arbitrio de Relleno Sanitario se fusiona al de Limpieza Publica y seran ingresos de las Municipalidades para aplicarse al financiamiento de la gestion de los residuos solidos que son de su competencia; Que, la Municipalidad de Cieneguilla, mediante Ordenanza Nº 011-2001-MDC publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de MORDAZA del 2001, aprobo el MORDAZA regimen y el monto aplicarse a los arbitrios municipales para el ejercicio 2001, y ratifica en su vigencia para el ano 2002 a traves de la Ordenanza Nº 019-2002-MDCO del 26/3/2002, la misma que regula el Arbitrio de Relleno Sanitario separadamente al de Limpieza Publica; Que, es necesario incentivar la puntualidad en el pago de las obligaciones a los contribuyentes, a fin de que la comuna mejore la prestacion de servicios a los vecinos de la jurisdiccion de Cieneguilla; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion de Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MANTENGASE subsistente todos sus extremos la normatividad, importes establecidos y la justificacion tecnica de los arbitrios municipales aprobados por la Ordenanza Nº 011-2001-MDC para el presente Ejercicio Fiscal en la jurisdiccion del distrito de Cieneguilla. Articulo Segundo.- ADICIONAR al Articulo 11º Limpieza Publica- de la Ordenanza Nº 011-2001-MDC el costo por Relleno Sanitario conforme lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 295 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Tercero.- DEROGASE el Articulo 13º de la Ordenanza Nº 011-2001-MDC. Articulo Cuarto.- APROBAR para el presente ejercicio los siguientes incentivos economicos: a. Los contribuyentes que cancelen los cuatro (4) trimestres de los arbitrios municipales del 2003, dentro del plazo de vencimiento del primer trimestre, se les condonara la deuda, el cual comprende el monto insoluto, intereses y moras de los arbitrios municipales de los anos 1993, 1994, 1995, 1996 y 1997. b. Otorguese un descuento extraordinario del 10% del importe total de los Arbitrios Municipales correspondientes al 2003, a todos los contribuyentes que cancelen los cuatro trimestres del presente ejercicio dentro del primer trimestre, siempre que no tengan adeudo alguno por arbitrios correspondientes hasta 1997. Articulo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion Municipal y a la Oficina de Rentas. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ ROZENBERG MORDAZA 04866

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Cancelan Concurso de Proyectos Integrales convocado para la contratacion de empresa para el servicio de cobranza de estacionamiento vehicular
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 14-2003/MDLO/DM Los MORDAZA, 28 de febrero de 2003 VISTOS el Informe Nº 084-2003-MDLO/OAL; CONSIDERANDO: Que, mediante publicacion efectuada en El Peruano de fechas 3 y 4 de febrero del 2003, la Municipalidad de Los MORDAZA, convoco al Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-2003-MDLO/CE, para el servicio de Cobranza de la Tasa de Estacionamiento Vehicular en la jurisdiccion de Los Olivos; Que, mediante Informe Nº 006-2003-MDLO/CAPI, el Comite designado para estos efectos, da cuenta que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ha advertido el incumplimiento de las normas de procedimientos previstos por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sostenidas a traves de los Oficios Nº 257-2003(GNT/MON) del 6.2.03 y Oficio Nº 317-2003(GNT/MON) del 17.2.03, no obstante a ello el Comite Especial considera que el MORDAZA legal establecido por el Dec. Leg. Nº 758, resulta pertinente, proponiendo la cancelacion del MORDAZA citado por la causal de fuerza mayor; Que, en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado al CONSUCODE constituye interprete administrativo idoneo de dichas normas, motivo por el cual resulta pertinente cancelar el MORDAZA por la causal de fuerza mayor; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2002-PCM, en su Articulo 34º senala que: "El MORDAZA de Seleccion podra ser cancelado por la Entidad que lo convoca, en cualquier estado del MORDAZA hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, por razones de fuerza mayor ..." Que, el MORDAZA en cuestion ha presentado la causal de fuerza mayor, con lo cual se ha configurado el supuesto previsto en el Art. 34º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, por lo expuesto, corresponde declarar la cancelacion del mencionado MORDAZA, debiendose comunicar dicha decision al Comite Especial; Estando a lo senalado, y considerando el Informe Legal Nº 084-2003-MDLO/OAL del 27.2.03 y de conformidad con el Art. 34º del D. Sup. Nº 012.-2002 y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion de Alcaldia Nº 027-2003 del 23.1.03; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Cancelar el Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-2003-MDLO/CE, convocado para la contratacion de una empresa para el servicio de cobranza de Estacionamiento Vehicular, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Comunicar la presente cancelacion al Comite Especial, para que a su vez haga de conocimiento de dicha decision a todos los adquirientes de Bases autorizandole a la Administracion proceda a la devolucion de los importes correspondientes. Articulo Tercero.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y en el que hubiera publicado la convocatoria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Director Municipal 04823

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