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PÆg. 240753 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 cipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, establece que las Municipalidades Provinciales son responsables de la gestión de losresiduos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos simi- lares a éstos, en todo el ámbito de su jurisdicción; Que, mediante la Ordenanza Nº 295, modificada por Ordenanza Nº 301 la Municipalidad Metropolita- na de Lima creó el Sistema Metropolitano de Gestiónde Residuos Sólidos, el mismo que en su Tercera Disposición Final señala que el Arbitrio de Relleno Sanitario se fusiona al de Limpieza Pública y seráningresos de las Municipalidades para aplicarse al fi- nanciamiento de la gestión de los residuos sólidos que son de su competencia; Que, la Municipalidad de Cieneguilla, mediante Or- denanza Nº 011-2001-MDC publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de mayo del 2001, aprobó elnuevo régimen y el monto aplicarse a los arbitrios municipales para el ejercicio 2001, y ratifica en su vigencia para el año 2002 a través de la OrdenanzaNº 019-2002-MDCO del 26/3/2002, la misma que re- gula el Arbitrio de Relleno Sanitario separadamente al de Limpieza Pública; Que, es necesario incentivar la puntualidad en el pago de las obligaciones a los contribuyentes, a fin de que la comuna mejore la prestación de servicios a los vecinosde la jurisdicción de Cieneguilla; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dis- puesto por el Artículo 109º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 23853, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dis- pensa del trámite de aprobación de Acta se aprobó lasiguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MANTÉNGASE subsistente to- dos sus extremos la normatividad, importes estableci-dos y la justificación técnica de los arbitrios municipales aprobados por la Ordenanza Nº 011-2001-MDC para el presente Ejercicio Fiscal en la jurisdicción del distrito deCieneguilla. Artículo Segundo.- ADICIONAR al Artículo 11º - Limpieza Pública- de la Ordenanza Nº 011-2001-MDCel costo por Relleno Sanitario conforme lo estableci- do en la Tercera Disposición Transitoria de la Orde- nanza Nº 295 de la Municipalidad Metropolitana deLima. Artículo Tercero.- DERÓGASE el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 011-2001-MDC. Artículo Cuarto.- APROBAR para el presente ejer- cicio los siguientes incentivos económicos: a. Los contribuyentes que cancelen los cuatro (4) trimestres de los arbitrios municipales del 2003, dentro del plazo de vencimiento del primer trimestre, se lescondonará la deuda, el cual comprende el monto insolu- to, intereses y moras de los arbitrios municipales de los años 1993, 1994, 1995, 1996 y 1997. b. Otórguese un descuento extraordinario del 10% del importe total de los Arbitrios Municipales correspondientes al 2003, a todos los contribuyen-tes que cancelen los cuatro trimestres del presente ejercicio dentro del primer trimestre, siempre que no tengan adeudo alguno por arbitrios correspondien-tes hasta 1997. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección Municipal y a la Ofi- cina de Rentas. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ ROZENBERG Alcalde 04866MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Cancelan Concurso de Proyectos Inte- grales convocado para la contratación de empresa para el servicio de cobranza de estacionamiento vehicular RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 14-2003/MDLO/DM Los Olivos, 28 de febrero de 2003 VISTOS el Informe Nº 084-2003-MDLO/OAL; CONSIDERANDO:Que, mediante publicación efectuada en El Peruano de fechas 3 y 4 de febrero del 2003, la Municipalidad deLos Olivos, convocó al Concurso de Proyectos Integra- les Nº 001-2003-MDLO/CE, para el servicio de Cobran- za de la Tasa de Estacionamiento Vehicular en la jurisdic-ción de Los Olivos; Que, mediante Informe Nº 006-2003-MDLO/CAPI, el Comité designado para estos efectos, da cuenta que elConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ha advertido el incumplimiento de las normas de procedimientos previstos por la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, sostenidas a través de los Oficios Nº 257-2003(GNT/MON) del 6.2.03 y Oficio Nº 317-2003(GNT/MON) del 17.2.03, no obstante a ello elComité Especial considera que el marco legal estableci- do por el Dec. Leg. Nº 758, resulta pertinente, propo- niendo la cancelación del proceso citado por la causalde fuerza mayor; Que, en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado al CONSUCODE constituye intérpreteadministrativo idóneo de dichas normas, motivo por el cual resulta pertinente cancelar el proceso por la causal de fuerza mayor; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2002-PCM, en su Artículo 34º seña-la que: "El Proceso de Selección podrá ser cancelado por la Entidad que lo convoca, en cualquier estado del proceso hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro,por razones de fuerza mayor ..." Que, el proceso en cuestión ha presentado la causal de fuerza mayor, con lo cual se ha configurado el su-puesto previsto en el Art. 34º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, por lo expuesto, corresponde declarar la cancelación del mencionado proceso, debiéndose comunicar dicha decisión al Comité Especial; Estando a lo señalado, y considerando el Informe Legal Nº 084-2003-MDLO/OAL del 27.2.03 y de confor- midad con el Art. 34º del D. Sup. Nº 012.-2002 y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de Al-caldía Nº 027-2003 del 23.1.03; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cancelar el Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-2003-MDLO/CE, convocado para la con- tratación de una empresa para el servicio de cobranza de Estacionamiento Vehicular, por los motivos expuestos en laparte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Comunicar la presente cancela- ción al Comité Especial, para que a su vez haga deconocimiento de dicha decisión a todos los adquirientes de Bases autorizándole a la Administración proceda a la devolución de los importes correspondientes. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en el que hubiera publica- do la convocatoria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS J. PEÑALOZA RODRÍGUEZ Director Municipal 04823