Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2003 (14/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 14 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 240825

sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 233º del Codigo Civil establece la regularizacion juridica de la familia que tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fundamentalmente en MORDAZA con los principios y normas estipuladas en nuestra Constitucion Politica; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Autorizar la realizacion del MATRIMONIO CIVIL MASIVO, solicitada por la IGLESIA MORDAZA Y MISIONERA DEL PERU, a realizarse el dia 14 de marzo del 2003, en el Jr. MORDAZA Rica Nº 536 del distrito de San MORDAZA de Porres, a horas 7 p.m. Articulo Segundo.- Senalar como requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil los siguientes: 1.- Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes, con vigencia de 1 ano para MORDAZA y Callao y de 2 (dos) anos para provincias. 2.- MORDAZA de L.E. o D.N.I. de ambos contrayentes y de 2 (dos) testigos que no MORDAZA familiares, debidamente fedateadas. 3.- Certificado Medico Prenupcial. 4.- MORDAZA de Consejeria de SIDA. 5.- Recibo de luz o agua o certificado domiciliario, segun sea el caso. 6.- Una foto tamano carne actualizada de ambos contrayentes. Articulo Tercero.- De conformidad con el Art. 252º del Codigo Civil se DISPENSA a los contrayentes de la publicacion del Edicto Matrimonial. Articulo Cuarto.- Establecer como unico pago por todo concepto la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Quinto.- Mantengase los demas requisitos exigidos cuando se trate de menores de edad, viudez, divorciados y extranjeros. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Servicios Sociales, a la Division de Registros Civiles, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA MORDAZA Encargado del Despacho de Alcaldia 05016

rarse como MORDAZA de Peligro permanente, con el consecuente riesgo para la MORDAZA de los usuarios de la misma; Que, el Informe Nº 030-2003-ODC/MDSM, de la Oficina de Defensa Civil, recomienda la prohibicion del MORDAZA vehicular para vehiculos pesados, como consecuencia de los continuos deslizamientos producidos en el acantilado ubicado en la Av. Bertolotto, como producto de la humedad, la debil estructura del MORDAZA de contencion, la falta de cimentacion y el flujo vehicular pesado; Que, a traves del Informe Nº 026-2003-DSVICC/MDSM, de la Direccion de Seguridad Vial, Informacion Turistica y Control de la MORDAZA, se precisa que las vibraciones producidas por el ingreso de vehiculos mayor automotor para el transporte de personas y vehiculos mayor automotor y no motorizado para el transporte de carga, ocasionaron un deslizamiento de tierra perteneciente al Talud de San MORDAZA, debido a la aceleracion del MORDAZA natural de dinamica de suelos, poniendo en riesgo la MORDAZA de las personas que transitan por la Av. Bertolotto; Que, el Informe de Vistos senala que debido a los deslizamientos de material componente de los taludes del acantilado ubicado en la Cdra. 8 de la Av. Bertolotto, recomienda la prohibicion del MORDAZA vehicular en dicha avenida para todo MORDAZA de vehiculo cuyo desplazamiento origine cargas dinamicas muy grandes; Estando a lo expuesto, y de conformidad con las facultades conferidas al MORDAZA por el Articulo 47º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y con cargo de dar cuenta al Concejo Municipal; SE DECRETA: Articulo Primero.- PROHIBASE la circulacion de vehiculos de transporte pesado en la Av. Bertolotto, del distrito de San MORDAZA, de acuerdo a lo que a continuacion se detalla: - Camionetas Rurales. - Maquinaria pesada en general. - Camiones o volquetes de cualquier tipo. - Vehiculos de Transporte Publico MORDAZA e Interurbano en general. Articulo Segundo.- NOTIFICAR el presente Decreto a la Direccion de Seguridad Vial de la Policia Nacional del Peru y a la Direccion General de Transporte Publico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para que adopten las medidas necesarias para el cabal cumplimiento del presente Decreto. Articulo Tercero.- ENCARGAR a las Direcciones de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial, Informacion Turistica y Control de la MORDAZA, el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prohiben la circulacion de vehiculos de transporte pesado en la Av. Bertolotto
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05-2003-MDSM San MORDAZA, 13 de marzo de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, el Informe Nº 058-2003-DIDU/MDSM de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, mediante el cual recomienda se prohiba el MORDAZA vehicular en la via correspondiente a la denominada Av. Bertolotto; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 02-2003MDSM, del 3 de enero del ano en curso, se declaro en Estado de Emergencia por 180 dias la MORDAZA denominada Costa MORDAZA y sus acantilados, en el area correspondiente a la jurisdiccion distrital de San MORDAZA, por conside-

Mando se publique y cumpla. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 05015

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen actualizacion de valores de las obligaciones por arbitrios municipales de parques y jardines y limpieza publica
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 060 MORDAZA MORDAZA, 31 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Publica de la fecha, ha expedido, con

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.