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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2003 (14/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 240808 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de marzo de 2003 Sede Central el respectivo expediente administrativo para el control de la legalidad correspondiente; Que mediante el documento de visto la Gerencia Departamental La Libertad a efectos de dar cumplimiento a la norma acotada derivó los expedientes administrati-vos de las Adjudicaciones Directas Selectivas y de me- nor cuantía llevadas a cabo en los ámbitos de las Agen- cias Zonales de Huancabamba, Otuzco-Julcán, Sán-chez Carrión, Ayabaca, Santiago de Chuco y Pataz; Que, efectuada la revisión correspondiente a los ex- pedientes administrativos de los indicados procesos deselección se ha advertido la trasgresión de los artículos 83º y 98º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM que establece, para el caso de las adjudicaciones directas selectivas, un plazo de 10 días hábiles entre la convocatoria y la presentación depropuestas y en las adjudicaciones de menor cuantía un plazo de siete días hábiles, respectivamente; Que, de otro lado, los Comités Especiales de las Agen- cias Zonales de Huancabamba, Ayabaca y Sánchez Ca- rrión, no han acreditado haber invitado a PROMPYME al proceso de adjudicación directa selectiva, conforme lo se-ñala el artículo 85º segundo parágrafo de la norma acotada en el considerando precedente, toda vez que no obra en dichos expedientes constancia de ello, cuando conforme alprincipio de transparencia en el proceso de adjudicación directa selectiva es un requisito indispensable; Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los ac- tos administrativos expedidos por las entidades, se de-claran nulos cuando otros aspectos, contravengan las normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normati-vidad aplicable; Que, atendiendo a lo expuesto en los considerandos precedentes es imperativo declarar la nulidad de los pro-cesos siguientes retrotrayéndolos a la etapa de la con- vocatoria; ADS Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/AZ- Huancabamba-IR. ADS Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/AZ- Ayabaca-IR. ADS Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/AZ- Huamachuco-IR. ADS Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL- AZOJ-IR. ADS Nº 002-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/A- ZOJ-IR. ADS Nº 003-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/A- ZOJ-IR. ADMC Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS/GDLLAZ- PATAZ-IR. En uso de las atribuciones conferidas en el literal e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del PRONAMACHCS, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 016-2001-AG y de conformidad con lo estableci- do en el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar la nulidad de oficio de las Adjudicaciones Directas Selectivas y de Menor Cuantíade los procesos de selección cuya relación se detalla a continuación, llevados a cabo en los ámbitos de las Agen- cias Zonales de Huancabamba, Otuzco-Julcán, Sán-chez Carrión, Ayabaca, Santiago de Chuco y Pataz de la Gerencia Departamental La Libertad, para la contrata- ción de consultorías para la elaboración de ExpedientesTécnicos de Obras de Infraestructura Rural, retrotra- yéndolos a la etapa de la convocatoria. ADS Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/AZ- Huancabamba-IR. ADS Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/AZ- Ayabaca-IR. ADS Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/AZ- Huamachuco-IR.ADS Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL- AZOJ-IR. ADS Nº 002-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/A- ZOJ-IR. ADS Nº 003-2002-AG-PRONAMACHCS-GDLL/A- ZOJ-IR. ADMC Nº 001-2002-AG-PRONAMACHCS/GDLLAZ- PATAZ-IR. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVANOE VEGA GATTI Gerente General 04884 SUNARP Proclaman y felicitan a autores de trabajos seleccionados por el JuradoCalificador del "Premio al Desarrollo delos Valores Registrales" RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 122-2003-SUNARP/SN Lima, 12 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 458-2002-SUNARP/ SN, de fecha 11 de octubre de 2002, se instituyó el "Premio al Desarrollo de los Valores Registrales", como parte de la política institucional de promoción del desa-rrollo de una cultura de valores entre el personal de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos a nivel nacional; Que, mediante Resolución Nº 581-2002-SUNARP/ SN, de fecha 5 de diciembre de 2002, se designó al Jurado Calificador que evaluará los trabajos presenta- dos en el marco de dicha convocatoria; Que, mediante Resolución Nº 023-2003-SUNARP/ SN, de fecha 17 de enero de 2003, se convocó, en el marco del "Premio al Desarrollo de los Valores Registra- les", al Segundo Concurso, para desarrollar el valor "Hon-radez"; Que, mediante Resolución Nº 075-2003-SUNARP/ SN, de fecha 12 de febrero de 2003, se aprobaron las bases de esta Segunda Convocatoria, para desarrollarel valor "Honradez" y se estableció el 28 de febrero de 2003 como fecha límite para la presentación de los res- pectivos trabajos; Que, el Jurado Calificador analizó las propuestas presentadas por trabajadores de la SUNARP, informan- do a este despacho, la relación de los dos (2) trabajos seleccionados como los mejores del concurso, inclu-yendo el ganador; De conformidad con el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Su- prema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Proclamar y felicitar a los autores de los dos mejores trabajos seleccionados por el Jurado Calificador del "Premio al Desarrollo de los ValoresRegistrales", respecto al significado y desarrollo del va- lor Honradez, los mismos que a continuación se señalan en orden de méritos: - Zulema Patricia Gómez Sarapura, Registradora Pública (e) del Registro Predial Urbano - Sede Lima. - Deysy Eine Rimarachín Sánchez, Técnico en Ar- chivo de la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo. Artículo 2º.- Declarar como ganadora de la se- gunda convocatoria del "Premio al Desarrollo de los Valores Registrales", con el trabajo sobre el Valor Honradez a: Zulema Patricia Gómez Sarapura, Re-