Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2003 (05/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 5 de MORDAZA de 2003

Considerando el Convenio General de Cooperacion Internacional entre el Reino de Belgica y la Republica del Peru, firmado el dia 15 de octubre de 2002; Han convenido las siguientes disposiciones: ARTICULO 1 - Objeto del Convenio 1.1 El presente Convenio especifico trata de la cooperacion entre las Partes para la ejecucion del "Programa de Prevencion del Consumo de Drogas y de Rehabilitacion de los Toxicomanos", en adelante denominado "el Programa". El Programa sera realizado tambien segun el Documento Tecnico y Financiero, en adelante denominado "el DTF", en anexo, el cual hace parte integral del presente Convenio. 1.2 El objetivo general es: "la capacidad nacional de lucha contra el consumo problematico de drogas ha sido reforzada". 1.3 Los objetivos especificos son: 1.3.1 Objetivos especifico 1. Informacion "La capacidad de analisis del fenomeno de las drogas y de elaboracion de politicas ha sido reforzada". 1.3.2 Objetivo especifico 2. Prevencion "Los factores protectores del consumo de drogas en las poblaciones en riesgo han sido reforzados". 1.3.3 Objetivo especifico 3. Tratamiento "Las medidas de tratamiento ambulatorio de los dependientes de drogas han sido reforzadas". ARTICULO 2 - Responsabilidades de MORDAZA Partes 2.1. La Parte peruana designara a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, en adelante denominada "la APCI", como la entidad peruana responsable de la coordinacion con el agregado de la Cooperacion Internacional de la Embajada de Belgica en Lima. La Parte peruana designara a la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas, en adelante denominada "Devida", Organismo Publico Descentralizado de la Presidencia del Consejo de Ministros, como la entidad responsable de la coordinacion de la ejecucion del Programa para la realizacion de sus objetivos, general y especificos, y como la entidad responsable del seguimiento financiero de la ejecucion. Dichas responsabilidades seran compartidas con la Cooperacion Tecnica Belga, de ahora en adelante "la CTB", segun las disposiciones establecidas en el articulo 5. Devida sera representada por su Gerente General y designara al directorio nacional del Programa. 2.2. La Parte belga designara a la Direccion General de la Cooperacion Internacional del Servicio publico federal de Asuntos Exteriores, Comercio Exterior y Cooperacion al Desarrollo, en adelante denominada "la DGCI", como la entidad administrativa belga responsable de su contribucion al Programa. La DGCI sera representada en el Peru por el agregado para la Cooperacion Internacional de la Embajada de Belgica en Lima. La DGCI encarga a la CTB de la ejecucion de los componentes tecnicos de sus compromisos adquiridos por el presente Convenio. Dichas responsabilidades seran compartidas con Devida segun las disposiciones establecidas en el articulo 5. La CTB sera representada en el Peru por su representante residente en Lima. ARTICULO 3 - Contribuciones de MORDAZA Partes 3.1. El costo total del Programa ha sido estimado a 3.241.167,24 EUR (tres millones doscientos cuarenta y un mil ciento sesenta y siete euros y veinticuatro cents) de los cuales 2.750.167,24 EUR estan a cargo de la contribucion belga y el equivalente a 1.721.100,00 PEN,

correspondientes a 491.000,00 EUR (cuatrocientos noventa y un mil euros), estan a cargo de la contribucion peruana. La distribucion de estas contribuciones se encuentra detallada en el DTF. 3.2. Para la realizacion de este Programa, la Parte peruana se compromete a entregar una contribucion estimada a 1.721.100,00 PEN (un millon setecientos veintiun mil cien nuevos soles) o su equivalente en bienes y servicios. 3.3. Para la realizacion de este Programa, la Parte belga se compromete a entregar una contribucion de 2.750.167,24 EUR (dos millones setecientos cincuenta mil ciento sesenta y siete euros y veinticuatro cents), repartida de la siguiente manera: a) una contribucion financiera no reembolsable cogestionada de 2.415.455,05 EUR (dos millones cuatrocientos quince mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros y cinco cents) destinada a financiar las actividades y gastos previstos en el DTF, especificados en el presupuesto indicativo incluido; el financiamiento de las actividades sera realizado segun las modalidades previstas en el articulo 5 del presente Convenio. b) 36 hombres mes de asistencia tecnica por un monto total estimado a 334.712,19 EUR (trescientos treinta y cuatro mil setecientos doce euros y diecinueve cents). ARTICULO 4 - Obligaciones de MORDAZA Partes 4.1 Las obligaciones de la Parte peruana, tal como estan previstas en el presente Convenio asi como en el DTF, son esenciales para la realizacion del objetivo general del Programa. Su inejecucion total o parcial podria acarrear, previa notificacion oficial, la suspension parcial o total de los aportes belgas. La Parte peruana se compromete a tomar las disposiciones institucionales, administrativas y presupuestarias necesarias para permitir la buena gestion del Programa y al desarrollo de sus actividades. Entre las que se destacan: - En lo relativo a la ejecucion del Programa: a) facilitar el acceso a toda la documentacion necesaria para asegurar la buena ejecucion de las actividades; b) facilitar ante todos los servicios involucrados, los tramites necesarios para el buen desarrollo del Programa; c) asegurarse que los servicios involucrados del Devida ejerzan plenamente sus responsabilidades en el MORDAZA del Programa, particularmente el seguimiento de la ejecucion financiera del Programa. d) velar por la realizacion de las suposiciones previstas en el MORDAZA logico incluido en el DTF. - En lo relativo al financiamiento del Programa: tomar les disposiciones administrativas y financieras necesarias al suministro de sus aportes. - En lo relativo al personal del Programa: a) poner a disposicion del Programa el personal tecnico y administrativo calificado para actuar en el seno del Observatorio, de los Centros de Atencion Ambulatoria y Diurna para Consumidores y Dependientes de Substancias Sicoactivas, en adelante denominados "los CADES" y de los Comites Multisectoriales de Prevencion; b) tomar todas las medidas utiles para que el mismo personal de Devida afectado a las actividades sostenidas por el Programa lo sea de una manera permanente durante la duracion de este; c) analizar las propuestas de la CTB con el fin de escoger y acreditar a la asistencia tecnica, codirector del Programa.

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