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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2003 (05/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 243620 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de mayo de 2003 las unidades orgánicas del Jurado Nacional de Elec- ciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL SÁNCHEZ PALACIOS PAIVA Presidente del Jurado Nacional de Elecciones CONVOCATORIA CONCURSO NACIONAL ESCOLAR DE AFICHE: EDUCACIÓN CÍVICA ELECTORAL El Jurado Nacional de Elecciones, convoca a un concurso de afiche escolar normado por la Directiva Nº031-2003-VMGP del Ministerio de Educación. Podrán participar alumnos del 5º y 6º grados de educa- ción primaria de menores, de centros educativos públi- cos y privados del Perú. El afiche estará vinculado con cualquiera de los siguientes temas: "ES DELITO VOTAR POR OTRAPERSONA". "MI MUNICIPIO DISTRITAL". "MI MUNI-CIPIO ESCOLAR". Los trabajos serán individuales con las siguientes características: presentación en pliego de cartulina; di-bujo utilizando indistintamente lápices a color, acuarela,témpera, crayolas, tinta china, etc. En la parte posterior llevará el seudónimo del partici- pante; en sobre cerrado, en cuya cubierta se consigna- rá el seudónimo, se incluirá: Nombres, apellidos, edad y sexo del participante; nombre del centro educativo ygrado de estudios; dirección y teléfono. Los lugares de recepción, fecha y proceso de evalua- ción: A nivel de centro educativo: Los trabajos de los alum- nos, se recepcionarán en todos los Centros Educativosparticipantes hasta el 23 de mayo. Órganos intermedios: Los afiches recepcionados se evaluarán los días 29, 30 mayo y 2 de junio. Las Direcciones Regionales de Educación evaluarán los afiches recepcionados de las UGEs los días 9 y 10de junio. Evaluación final a nivel nacional: Serán evaluados el 24 de junio seleccionando los doce mejores afiches con indicación de los respectivos puestos, comunicando elresultado de su evaluación al JNE. El JNE concederá los siguientes premios a los doce primeros afiches seleccionados a nivel nacional :Un diploma de honor para el centro educativo y un diplo- ma de mérito para cada estudiante premiado. Pero ade- más, para el Primer premio: una computadora; Segundopremio: una radiograbadora de sonido; Tercer premio:una cámara fotográfica; Cuarto premio: una agenda elec-trónica; y del Quinto al Décimo Segundo premios: librosy textos escolares para cada alumno premiado. La premiación nacional se efectuará en Lima el 04 de julio del 2003. Mayor información: www.jne.gob.pe; en el telefax (01) 428-5360; Direcciones Regionales de Educación, Unida-des de Gestión Educativa y USEs correspondientes. Lima, abril del 2003. 08357 Convocan candidato no proclamado para que asuma cargo de regidor delConcejo Provincial de SÆnchez Carrión RESOLUCIÓN Nº 115-2003-JNE Exp. Nº 534-2003 Lima, 30 de abril de 2003VISTO el recurso de revisión interpuesto el 24 de marzo de 2003, por don Alexis Nicolás Rebaza Lópezcontra el acuerdo declaratorio de vacancia de su cargode Regidor del Concejo Provincial de Sánchez Carrión,departamento de La Libertad, y demás documentos pre-sentados; CONSIDERANDO: Que en sesión extraordinaria de concejo Nº 07 de fecha 7 de marzo de 2003, el Concejo Provincial deSánchez Carrión con el voto aprobatorio de la mayo- ría del número legal de sus miembros acordó decla- rar la vacancia del cargo de Regidor de Alexis Nico-lás Rebaza López, por ser trabajador de la mismamunicipalidad, según consta del acta de fojas 27 a29; Que a fojas 8 obra la Resolución Nº 040-MPSCH/ 91 de fecha 11 de octubre de 1991, por la que se nombra a don Alexis Nicolás Rebaza López en con-dición de empleado de carrera en el cargo de Técni-co en Abastecimientos, siendo trabajador nombradoa la fecha, según expone el impugnante en su recur-so de revisión de fojas 1 a 6, argumentos con los que se acredita su condición de trabajador del citado municipio; Que el artículo 23º numeral 11) de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, dispone que no pue-den desempeñar los cargos de Alcalde y Regidor lostrabajadores de la misma municipalidad, concordan- te con el artículo 38º de la acotada, los Regidores no pueden ejercer cargos establecidos en el Cuadro deAsignación de Personal, sean de carrera o de con-fianza; Que el impugnante argumenta su defensa en la supuesta contradicción de normas dispuestas en el literal e) del numeral 8.1. del artículo 8º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 y el numeral 11) delartículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº23853, no existiendo tal contradicción, pues la prime-ra se refiere a la postulación de un candidato al cargoedil, mientras que la segunda al impedimento que tiene la autoridad edil ya elegida, en el desempeño de sus funciones; Que no se puede ejercer de manera simultánea como trabajador y Regidor de la misma Municipali-dad, por lo que la vacancia declarada por el ConcejoProvincial de Sánchez Carrión se encuentra arregla- da a ley; Que de conformidad con el numeral 2) del artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853,concordante con el artículo 35º de la Ley de EleccionesMunicipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que seproduzca en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, correspondiéndo- le asumir el cargo de Regidor a don Víctor Ciro VidalBenites, candidato no proclamado del Partido ApristaPeruano; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de revisión interpuesto por don Alexis Nicolás Reba-za López; en consecuencia, válido el acuerdo decla- ratorio de vacancia del cargo de Regidor del impug- nante tomado en la sesión extraordinaria de concejoNº 07 de fecha 7 de marzo de 2003, por el ConcejoProvincial de Sánchez Carrión, departamento de LaLibertad. Artículo Segundo.- Convocar a don Víctor Ciro Vi- dal Benites, candidato no proclamado del Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de Regidor del Con-cejo Provincial de Sánchez Carrión, departamento de LaLibertad, para completar el período de gobierno munici-pal 2003 - 2006, debiéndosele otorgar la credencial res-pectiva. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el