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PÆg. 243878 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de mayo de 2003 de propiciar el desarrollo y consolidación integral del Pro- yecto Piloto Nuevo Pachacútec, el Proyecto Especial Ciu- dad Pachacútec y de los Asentamientos Humanos formali- zados ubicados en los terrenos originales del Proyecto Especial Ciudad Pachacútec; Que, el Artículo 2º del acotado dispositivo legal dispo- ne que el Consejo de Coordinación del Macro Proyecto Pachacútec, es el órgano de coordinación y concertación política, encargado de establecer criterios, adoptar medi- das y diseñar las estrategias más adecuadas para impulsar el desarrollo de la zona donde se ubica el Macro Proyecto Pachacútec; Que, el referido Consejo de Coordinación está integrado por el Presidente del Gobierno Regional del Callao, o su representante, quien lo preside, y repre- sentantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Comisión de Formalización de la Propie- dad Informal - COFOPRI, Instituto Nacional de Infraes- tructura Educativa y de Salud - INFES, Banco de Mate- riales - BANMAT, Servicio de Agua Potable y Alcantari- llado de Lima - SEDAPAL y el Alcalde Distrital de Venta- nilla, o su representante; Que, en consecuencia es necesario designar a los re- presentantes del Sector VIVIENDA ante el Consejo de Coordinación del Macro Proyecto Pachacútec; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 y Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA y 007-2003- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como representantes del Sector VIVIENDA ante el Consejo de Coordinación del Macro Proyecto Pachacútec, a las siguientes personas: - Ing. Guido Valdivia Rodríguez, en representación de VIVIENDA; - Arq. Fernando Fonseca Reynaga, en representación del INFES; - Ing. Rosario Ramírez Rojas, en representación del BANMAT; e, - Ing. Máximo Rabines Espelucin, en representación de SEDAPAL. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 08808PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Determinan juzgados de los Módulos BÆsicos de Justicia de Carabayllo, LosOlivos y Condevilla que conocerÆn ac- ciones al amparo de la Convención so- bre Aspectos Civiles de la Sustracciónde Menores RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 099-2003-P-CSJCN/PJ Independencia, quince de abril del dos mil tres VISTA: La Resolución Administrativa Nº 032-2003-CE-PJ de fecha cuatro de abril del dos mil tres; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la resolución de vista el Consejo Ejecuti- vo del Poder Judicial, dispone que los Presidentes de Cor- tes Superiores de Justicia dentro del ámbito de su compe- tencia, designen los Juzgados de Familia, Civil o Mixto que deberán tener a su cargo las acciones que se presenten al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; Teniendo en cuenta que la Convención sobre los Aspec- tos Civiles de la Sustracción de Menores, suscrito en la Haya el veinticinco de octubre de mil novecientos ochenta, tiene como objetivo fundamental proteger a la niña, niño y adolescente en el plano internacional de los efectos perju- diciales que podría ocasionarle un traslado o retención ilícita, y garantizarle su restitución inmediata al Estado en donde tenga su residencial habitual, así como asegurar la protección del derecho de visita; En esta Corte Superior de Justicia debe ser de conocimiento de los Juzgados de Familia y Mixtos que tramitan asuntos de Derecho de Fami- lia, dado a su naturaleza; Por cuyos fundamentos y en uso de las facultades con- feridas por el artículo 90º, incisos 3, 4 y 9 de la Ley Orgá- nica del Poder Judicial, así como por la R.A.Nº032-2003- CE-PJ; la Presidencia; REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especialesrespectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU