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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2003 (11/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 243915 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de mayo de 2003 MAS GALLEGOS, para operar la embarcación pesquera denominada "AMANDA RAQUEL", de matrícula CE-4017-PM, destinada a la extracción de los recursos hidrobioló- gicos para consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa,utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante Resolución Ministerial Nº 420-97-PE de fecha 23 de setiembre de 1997, se autorizó el cambio detitular del permiso de pesca de la embarcación pesquera "MAR MEDITERRANEO" (ex "AMANDA RAQUEL") con ma- trícula Nº CE-4017-PM, a favor de CONSORCIO PESQUEROCAROLINA S.A., en los mismos términos y condiciones es-tablecidos por la Resolución Ministerial Nº 612-95-PE; Que a través del escrito del visto, la empresa C & M PESCA S.A.C. solicitó cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 420- 97-PE, al haber adquirido la propiedad de la embarcaciónpesquera "MAR MEDITERRANEO" con matrícula Nº CE-4017-PM, conforme consta en el Certificado Compendiosode Dominio, presentado por la empresa recurrente; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que las caracte- rísticas técnicas de la embarcación objeto de cambio detitular, establecidas en el Certificado de Matrícula de Navesde fecha 22 de mayo de 2001, presentada en el presentetrámite, son mayores a las establecidas en el Certificado deMatrícula de Naves de fecha 11 de enero de 1990, la misma que sirvió de sustento para el otorgamiento del mencionado permiso de pesca a través de la Resolución MinisterialNº 612-95-PE, así las dimensiones establecidas en el Certi-ficado de Matrícula de Naves de fecha 22 de mayo de 2001,son eslora: 27.4 m., manga: 07.66 m. y puntal: 03.71 m., entanto, que el de fecha 11 de enero de 1990, consigna dimensiones menores, tales como eslora: 25.06 m., manga: 06.56m. y puntal: 03.38 m.; asimismo se ha determinadoque la capacidad de bodega de la referida embarcación,determinada en función del Arqueo Neto es 260.59 m3,dicha característica de la embarcación es diferente del veri-ficado y consignado en el Decreto Supremo Nº 01-97-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 006-97-PE y Nº 008-97-PE y actualizado mediante Resolución MinisterialNº 193-2002-PRODUCE que establece 196.70 m3 de capa-cidad de bodega, por lo que al no tratarse de la mismaembarcación, deviene improcedente la solicitud de cambiode titular presentada por el recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 082-2002-PRODUCE/DNEPP-Dchi y, con la visación de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería (ac-tualmente Ministerio de la Producción), aprobado medianteDecreto Supremo Nº 004-2002-PE, y el Reglamento de Orga-nización y Funciones del Ministerio de la Producción, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de cam- bio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Re-solución Ministerial Nº 420-97-PE, presentada por la em-presa C & M PESCA S.A.C., por las razones expuestas enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes de la presente Re- solución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento,Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a fin queevalúe y, de ser el caso, inicie procedimiento administrativosancionador correspondiente, de conformidad con lo estable-cido en los artículos 76º y siguientes del Decreto LeyNº 25977 - Ley General de Pesca, los artículos 126º y siguien-tes de su Reglamento, aprobado mediante Decreto SupremoNº 012-2001-PE y el artículo 22º del Reglamento de Orga-nización y Funciones del Ministerio de la Producción, aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 08872Aprueban cambio de titular de permi- so de pesca otorgado mediante R.M.N” 140-95-PE RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 098-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 21 de abril del 2003 Vistos los escritos de registro Nº CE-00283002 de fe- chas 26 de junio, 23 de agosto, 6 de setiembre y 13 denoviembre de 2002, presentados por la empresa PES-QUERA ALEJANDRIA S.A.C. CONSIDERANDO:Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesliga-ble de la embarcación a la que corresponde y que durantesu vigencia la transferencia de la propiedad o posesión delas embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlle-va la transferencia de dicho permiso en los mismos térmi-nos y condiciones en el que fue otorgado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 140-95-PE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgó permiso de pesca aplazo determinado, entre otros, a la empresa PESQUERASANTA CELIA PEEA S.R.L., para operar la embarcaciónpesquera denominada "ICA 5", de matrícula PS-0612-PM,destinada a la extracción de recursos hidrobiológicos deconsumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruanoy fuera de las cinco (5) millas de la costa, utilizando redes decerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que a través de los escritos del visto, la empresa PES- QUERA ALEJANDRIA S.A.C. solicitó cambio de titular del per-miso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerialreferida en el considerando anterior de la presente Resolu-ción, en virtud a la modificación del contrato de arrendamientofinanciero, celebrado con el Banco Wiese Sudameris, en sucondición de propietario de la mencionada embarcación pes-quera, de acuerdo al certificado compendioso de dominio,presentado por el recurrente en el presente procedimiento; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresarecurrente ha cumplido con presentar los requisitos estableci-dos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimien-tos Administrativos del Ministerio de Pesquería (actualmenteMinisterio de la Producción), aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente apro-bar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 090-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi y, con la opinión favorable de laOficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Únicode Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes-quería (actualmente Ministerio de la Producción), aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 140-95-PE, a favor de PESQUERA ALEJANDRIA S.A.C. para ope-rar la embarcación pesquera "ICA 5" de matrícula PS-0612-PM, en la extracción de recursos hidrobiológicos de consu-mo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano y fuerade las cinco (5) millas de la costa, utilizando redes de cercocon longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm.). Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a PESQUERA SANTA CELIA PEEAS.R.L. para operar la embarcación pesquera "ICA 5" dematrícula PS-0612-PM, otorgada a través de la ResoluciónMinisterial Nº 140-95-PE. Artículo 3º.- Excluir a PESQUERA SANTA CELIA PEEA S.R.L., como titular del permiso de pesca otorgado paraoperar la embarcación pesquera "ICA 5" de matrícula PS-0612-PM del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y del literal A) del Anexo I de la Resolu-ción Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE.