Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2003 (11/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 243908 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de mayo de 2003 Artículo 3º.- El citado Oficial Subalterno durante su permanencia en el extranjero pasará Lista de Revista en elCA-CGE. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 08759 Autorizan viaje de integrantes de delegación a Suiza para participar en el Decimocuarto Congreso Meteoroló- gico Mundial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 747-DE/SG Lima, 7 de mayo de 2003 Visto, el Oficio Nº 0251-SENAMHI-JSS-OAI/2003 de fecha 27 marzo 2003, del Jefe del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 0161-2003-RE de fe- cha 20 febrero 2003, se designa a la Delegación Peruana queparticipará en Decimocuarto Congreso Meteorológico Mundial integrado, entre otros, por el personal cuyos nombres se indi- can en la parte resolutiva de la presente resolución; Que, con Carta OMN Nº S/Cg/NOT de fecha 2 agosto 2002, el Secretario General de la Organización Meteoro- lógica Mundial - OMM, comunica al Ministerio de Relacio-nes Exteriores, la realización del Decimocuarto Congreso Meteorológico Mundial, a llevarse a cabo del 5 al 24 de mayo del 2003, en Ginebra - Suiza; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27879 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2003, Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5junio 2002, normas que regulan la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión de Servicio en el Exte- rior, al personal que se indica a continuación y que forman parte integrante de la Delegación Peruana que participará enDecimocuarto Congreso Meteorológico Mundial, a realizarse en Ginebra-Suiza, de acuerdo al detalle siguiente: Del 12 al 24 de mayo 2003 - Mayor General FAP WILAR GAMARRA MOLINA Del 8 al 24 de mayo 2003 - Ing. JORGE YERREN SUÁREZ - Ing. CONSTANTINO ALARCÓN VELAZCO Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Reso- lución, serán con cargo al Presupuesto del Servicio Nacio-nal de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima - Ginebra - Lima US$ 1330.00 x 3 personas Viáticos US$ 200.00 x 15 días x 1 persona US$ 200.00 x 19 días x 2 personas Impuesto Aeropuerto US$ 25.00 x 3 personas Artículo 3º.- El personal nombrado en la parte resoluti- va de la presente Resolución, deberá cumplir con lo dis- puesto en los Artículos 6º y 10º del Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 08869ENERGÍA Y MINAS Establecen como titular de diversas servidumbres de electroductos para lí- neas de transmisión a Red de Energía del Perœ S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2003-EM/DM Lima, 31 de marzo de 2003 VISTO: El Expediente Nº 21092298, sobre imposición de la servidumbre de electroducto para la línea de transmisión de138 kV SE Aricota 2 – SE Toquepala, y la solicitud de transfe-rencia presentada por Red de Energía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 044-95-EM de fecha 23 de junio de 1995, se otorgó a favor de ELECTRO-PERÚ S.A. la concesión definitiva para desarrollar la activi-dad de transmisión de energía eléctrica en la línea de transmisión de 138 kV SE Aricota 2 – SE Toquepala; Que, mediante Resolución Suprema N° 105-97-EM de fecha 10 de setiembre de 1997, se aprobó la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la línea de transmisiónde 138 kV SE Aricota 2 – SE Toquepala, identificada concódigo N° 14019793, a favor de Empresa de TransmisiónEléctrica del Sur S.A. (ETESUR); Que, mediante Resolución Ministerial N° 027-99-EM/ VME de fecha 22 de enero de 1999, se otorgó a favor de ETESUR la servidumbre de electroducto para la línea detransmisión de 138 kV SE Aricota 2 – SE Toquepala, con-forme al inciso b) del artículo 110° del Decreto Ley N°25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamentoaprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, mediante Resolución Suprema N° 009-2003-EM de fecha 25 de febrero de 2003, la concesión definitivamencionada en el primer considerando de la presente Re-solución fue transferida a favor de Red de Energía delPerú S.A., en razón del Contrato de Cesión de PosiciónContractual suscrito el 5 de setiembre de 2002 entre ETE- SUR y REP, en virtud del cual la primera cede a favor de la segunda su posición contractual frente al Estado en losderechos y obligaciones establecidas en la concesión; Que, de acuerdo con los artículos 1035° y 1036° del Código Civil, concordados con el artículo 111° de la Ley deConcesiones Eléctricas, y los artículos 216° y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009- 93-EM, la servidumbre eléctrica es un derecho que se cons-tituye en beneficio de la concesión definitiva de la cual esinseparable, sólo puede transmitirse con ella y subsistemientras ella se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia referida en el tercer considerando de la presente Resolución, la titular adquirió todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesióndefinitiva, entre los cuales está la servidumbre de electroduc-to cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizar me-diante la correspondiente Resolución Ministerial, de acuerdocon el artículo 111° de la Ley de Concesiones Eléctricas, por lo que resulta procedente la transferencia solicitada; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la titular ha cumplido con los requisi-tos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emitido el Informe N° 056-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Tener a Red de Energía del Perú S.A. como titular de la servidumbre de electroducto para la líneade transmisión de 138 kV SE Aricota 2 – SE Toquepala, aque se refiere la Resolución Ministerial N° 027-99-EM/VMEde fecha 22 de enero de 1999. Artículo 2º. - Red de Energía del Perú S.A., ejercerá los derechos y obligaciones inherentes a la servidumbre de elec-troducto, de acuerdo con la Ley de Concesiones Eléctricas,su Reglamento y la Resolución Ministerial N° 027-99-EM/VME. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 06578