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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2003 (18/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 244367 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de mayo de 2003 sobre los costos que irrogaría el traslado a servicios personales, vía concurso de méritos, del personal que brinda servicios en la entidad bajo la modalidad de servi- cios no personales o locación de servicios que vienenrealizando tareas previstas en el Manual de Organiza- ción y Funciones - MOF de la entidad o que correspon- dan a funciones encargadas al personal de la entidadconforme al Cuadro para Asignación de Personal – CAP. Dichas Unidades Ejecutoras deberán presentar en las reuniones de formulación en el Pliego, un informe que contenga el número de personas a las que hace refe- rencia el párrafo precedente, las funciones que desem-peñan y el gasto correspondiente. La Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces, en las reuniones de formulación presupues- tal con la Dirección Nacional del Presupuesto Público a que se refiere el artículo 32º de la presente Directiva,presentará un informe final consolidado que refleje la evaluación del gasto respecto a la información remitida por las citadas Unidades Ejecutoras. La información a que hace referencia los párrafos precedentes constituirá la base única sobre la cual serealizarán las acciones de personal que correspondan conforme a Ley, así como para la habilitación de recur- sos en el Grupo Genérico de Gastos 1. “Personal yObligaciones Sociales” necesarios para tal fin. Durante el año fiscal 2004 no se admitirán modificaciones presu- puestarias adicionales para habilitar dicho Grupo Gené-rico de Gastos, dado que se mantendrán las restriccio- nes en el citado rubro. Artículo 42º.- Tratamiento Presupuestario de los Recursos de la Privatización y Concesiones Los recursos provenientes de los procesos de pri- vatización y concesiones que correspondan al año fis- cal 2004 serán incorporados en el Presupuesto del Sec-tor Público durante dicho año fiscal, de acuerdo a la distribución contemplada en la Tercera Disposición Com- plementaria de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de laDescentralización. Artículo 43º.- Revisión de la categoría presupues- taria “Proyectos” Las Oficinas de Presupuesto y Planificación o las que hagan sus veces, deberán verificar que las accio- nes vinculadas a la categoría presupuestaria “Proyec- to” no constituyan acciones de carácter permanente querespondan a la naturaleza de una “Actividad”, conforme al literal b) del artículo 9º de la Ley Nº 27209 – Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, dado que durante elaño fiscal 2004 no será viable efectuar transferencias presupuestarias de la Categoría de Gasto de Capital a la Categoría de Gasto Corriente. Artículo 44º.- Precisiones para la distribución del “techo” presupuestario La Asignación Presupuestaria Total de los Recursos Públicos (entiéndase como “techo presupuestario”) de-terminada al Pliego de conformidad con el artículo 23º de la presente Directiva, para su distribución en el gasto de la entidad debe tener en cuenta preferentemente el si-guiente orden de prelación: 1. Gastos continuos de carácter permanente, como es el caso de las planillas del personal activo y cesante, así como sus respectivas cargas so- ciales y los bienes y servicios necesarios para laoperatividad institucional. 2. Mantenimiento de los proyectos de inversión cul- minados. 3. Proyectos en actual ejecución.4. Nuevos Proyectos. Para efectos de determinar el orden de prelación es- tablecido en el presente artículo, la entidad deberá realizar el análisis beneficio – costo respectivo.Artículo 45º.- Absolución de Consultas Las Unidades Ejecutoras canalizarán a través de la Oficina de Presupuesto y Planificación o la que haga susveces en el Pliego respectivo, sus consultas dirigidas a la Dirección Nacional del Presupuesto Público sobre la aplicación de lo establecido en la presente Directiva. LaDirección Nacional del Presupuesto Público sólo res- ponderá las consultas que se efectúen a través de este procedimiento, conforme a lo dispuesto en el numeral8.3 del artículo 8º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Asimismo, la Dirección Nacional del Presupuesto Pú- blico con la finalidad de absolver las referidas consultas sobre la presente directiva así como recibir la informa-ción del proyecto de presupuesto institucional del año 2004, pone a disposición de los pliegos presupuestarios las siguientes direcciones electrónicas: Funcionarios Dirección Electrónica Hedy Huarcaya hhuarcaya@mef.gob.peCarlos Pichilingue cpiva@mef.gob.pe Fortunato Díaz fdiaz@mef.gob.peRosario Zavaleta rzavaleta@mef.gob.peEnrique Saberbein esaberbein@mef.gob.peMaría Estrada mestrada@mef.gob.pe Rosario Estrada restrada@mef.gob.peDoris Villanueva dvillanueva@mef.gob.peRosa Negrón rnegrón@mef.gob.peHilda Robles hrobles@mef.gob.pePatricia Sime psime@mef.gob.pe Elva Sifuentes esifuentes@mef.gob.peJavier Falen jfalen@mef.gob.peGino Rebatta grebatta@mef.gob.peOswaldo Gutiérrez osgutierrez@mef.gob.peSegundo Torrejón storrejón@mef.gob.peJesús Espinoza jespinoza@mef.gob.pe ANEXO N° 01 / GN PROCESO PRESUPUESTARIO DEL SECTOR PUBLICO FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL GOBIERNO NACIONAL PARA EL AÑO 2004 ENTIDADES SUJETAS A LA DIRECTIVA PLIEGOS PRESUPUESTARIOS -------------------------------------------------------------------------- PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS DESPACHO PRESIDENCIALINSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVILCONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS -DEVIDA CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN COMISION NACIONAL DE JUVENTUDINSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERU PODER JUDICIAL PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA ARCHIVO GENERAL DE LA NACIONINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL INTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL