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PÆg. 244359 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de mayo de 2003 servicios no personales o locación de servicios, servi- cios prestados por personas jurídicas, seguros y otros gastos imprescindibles que son necesarios para la ope- ratividad del Pliego, de acuerdo a las funciones y servi-cios que desarrolla y presta, con excepción de los gas- tos de personal e inversión (Estudios de pre-inversión, proyectos de inversión pública y Supervisiones), losmismos que se sujetan a las pautas (c ) y (d) del presen- te artículo. (b) Las Oficinas de Administración u Organo de Apo- yo que haga sus veces de cada Unidad Ejecutora solici- tan a cada Unidad Orgánica de la misma, la informacióna que se refiere el literal (a) del presente artículo, a tra- vés de un Cuadro de Necesidades, para su consolida- ción y remisión a la Oficina de Presupuesto u Organoequivalente de la Unidad Ejecutora. El Formato del Cuadro de Necesidades es elaborado por la Oficina de Administración u Organo de Apoyo que haga sus veces de cada Unidad Ejecutora, y es utilizado por las unidades orgánicas para determinar el montoaproximado de su demanda de gasto. (c) La Oficina de Personal o la que haga sus veces en cada Unidad Ejecutora del Pliego, debe informar a la Oficina de Presupuesto u órgano equivalente de la res- pectiva Unidad Ejecutora bajo responsabilidad de su Ti-tular orgánico el monto que se prevé ejecutar por con- cepto de Gastos de Personal y Obligaciones Sociales (que incluye los gastos por cargas sociales del PliegoPresupuestario en su condición de empleador), las obli- gaciones previsionales y los Aguinaldos de Julio y Di- ciembre y la Bonificación Extraordinaria por Escolari-dad. Los Gastos de Personal se sustentan en la planilla del mes de junio de 2003 y comprende los gastos oca- sionales y variables que se devenguen por dicho con- cepto durante el ejercicio 2004 así como por el compor-tamiento histórico de dichos gastos. La programación correspondiente al Personal Cesante contempla el tras- lado de pensionistas, previa coordinación entre los Plie-gos intervinientes y la Dirección Nacional del Presupues- to Público. Los Gastos de Personal y Obligaciones Sociales de- ben comprender todo tipo de acciones de personal (nue- vos contratos de trabajo, nombramientos permitidos pornorma expresa, ascensos, reasignaciones y rotaciones de personal, entre otros). Asimismo, se debe considerar los gastos de carácter eventual motivados por retiro ocese de personal, reintegros y la bonificación por 25 y 30 años de servicios. En lo que respecta a los Aguinaldos y la Bonificación Extraordinaria por Escolaridad, se deberá considerar el gasto por concepto del otorgamiento de un Aguinaldo porFiestas Patrias y otro por Navidad, cuyo monto no exce- derá de 200,00 Nuevos Soles, asimismo, se preverá el otorgamiento de la Bonificación Extraordinaria por Esco-laridad por un monto que no excederá de 300,00 Nuevos Soles a favor de los funcionarios y servidores del Sector Público, y al personal de las Fuerzas Armadas y PolicíaNacional, así como a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, De- cretos Leyes Nºs. 19846 y 20530, Decreto Supremo Nº051-88-PCM y Decreto Legislativo Nº 894. En el caso de las reparticiones sujetas al régimen laboral de la actividad privada, se deberá considerar los montos que por dispositivo legal o negociación colecti- va, vienen recibiendo por concepto de Aguinaldo o deBonificación por Escolaridad, con igual o diferente deno- minación; de no existir el dispositivo legal correspon- diente no se podrán otorgar montos superiores a losseñalados en el párrafo precedente. Adicionalmente, en el caso de los Aguinaldos se debe- rá considerar las cargas sociales a cargo del empleador que la normatividad señala y en el caso de la Bonificación por Escolaridad no se consignará Cargas Sociales. (d) La Oficina de Infraestructura o de Inversiones u órgano que haga sus veces de cada Unidad Ejecutoradel Pliego, remite a la Oficina de Presupuesto u Organo equivalente de la respectiva Unidad Ejecutora, la infor- mación relativa a los Estudios de preinversión, proyec- tos de inversión pública y sus respectivas Supervisio-nes que se prevean ejecutar durante el año fiscal 2004, discriminándose entre los que continuarán ejecutándo- se en el año fiscal 2004 y los que se proyecten ejecutara partir del citado año. Adicionalmente, las Oficinas de Infraestructura o de Inversiones o las que hagan sus veces, deben susten- tar si los nuevos Proyectos de Inversión a ejecutar en el año fiscal 2004, cuentan con estudios de pre-inversiónaprobados o con declaratoria de viabilidad, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento y normasmodificatorias. (e) Los Pliegos Presupuestarios, de ser el caso, de- berán prever los gastos para la atención del pago de sumas de dinero para el cumplimiento de mandatos judi- ciales consentidos y ejecutoriados que se encuentrenen la calidad de cosa juzgada, conforme a lo regulado en el artículo 42º de la Ley Nº 27584, modificada por la Ley Nº 27684 y el Decreto Supremo Nº 175-2002-EF, concargo a su respectiva Asignación Presupuestaria. (f) De existir otros gastos, no considerados en los incisos precedentes, que respondan a funciones y/o ser- vicios de imprescindible ejecución por parte del Pliego para el año fiscal 2004, éstos deberán ser consideradospor la Oficina de Presupuesto u Organo equivalente de cada Unidad Ejecutora, debiendo remitir dicha informa- ción a la Oficina de Presupuesto o la que haga sus ve-ces del Pliego. Las Oficinas de Presupuesto u Organo equivalente de las Unidades Ejecutoras, a más tardar el 25 de junio de 2003, remiten la información a que se refieren los literales del presente artículo a la Oficina de Presupues-to o la que haga sus veces del Pliego, a fin que esta última compatibilice la demanda de gastos con la Asig- nación Presupuestaria Total determinada de acuerdo alo señalado en el artículo 23º de la presente Directiva así como permitir al Titular del Pliego establecer la Asigna- ción Presupuestaria pertinente para cada Unidad Ejecu-tora. Artículo 22º.- Pautas especiales para la determi- nación de la demanda global de gastos Para efecto de la Fase de Programación Presupues- tal los Pliegos Presupuestarios, en el marco de la de- manda global de gastos que sus órganos estructurales requieran, y tomando como marco referencial los gas-tos ejecutados al mes de junio de 2003, deberán tomar en cuenta los siguientes lineamientos: I. Gastos en remuneraciones, cargas sociales y personal: (a) No se consignará demanda de gastos por nue- vas escalas remunerativas, bonificaciones y beneficios de toda índole para las entidades con regímenes públicoy privado a cargo del Estado, así como por reajustes de los mismos para el año fiscal 2004. La política salarial de los servidores públicos, se sujetará exclusivamente alos reajustes que apruebe el Poder Ejecutivo de forma general, y al proceso de implementación progresiva de estrategias contractuales de gestión. En el caso de las entidades que carezcan de una Escala Remunerativa aprobada, excepcionalmente, seconsiderará los gastos que genere la aprobación de di- chos instrumentos. (b) Cada Pliego Presupuestario consignará las car- gas sociales que le corresponda atender en su calidad de empleador, de acuerdo a las fuentes de financiamien-to que administra. II. Gastos en Bienes y Servicios:(a) Los rubros de mensajería, soporte técnico, apo- yo secretarial, publicidad, organización de eventos, ad-