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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2003 (19/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 2

PÆg. 244412 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de mayo de 2003 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la re- pœblica de integrantes de la Marina Ar-gentina para participar en reunión delComitØ de Trabajo de Asistencia Mu- tua entre ambas armadas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 165-DE/SG Lima, 15 de mayo de 2003 CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento parael Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que el ingreso de personal militarextranjero sin armas de guerra, por razones protocola-res, asistencia cívica, actividades académicas, entrena-miento o similares, es autorizado mediante ResoluciónSuprema, en la que se debe especificar los motivos, laidentificación del personal militar, la relación de equi-pos transeúntes y el tiempo de permanencia en el terri-torio peruano; Que, mediante Carta AGPE Nº 26/03 de fecha 23.a- bril.2003, el Embajador de la República Argentina en elPerú informa que respondiendo a una invitación de laMarina de Guerra del Perú para participar de la XIV Re-unión del Comité de Trabajo de Asistencia Mutua entreambas Armadas, que se desarrollará en la ciudad deLima entre el 25 al 31.mayo.2003, se ha designado alContralmirante Dn. Juan Carlos GALLI, al Capitán deNavío Dn. Rafael Luis SGUEGLIA y al Capitán de Fraga-ta Dn. Gustavo FERRARI, por lo que es necesario seexpida la autorización correspondiente, a fin de autori-zar el ingreso al territorio de la República del citado Per-sonal Militar; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Repú- blica a tres (3) integrantes de la Marina Argentina, sin ar-mas de guerra, del 25 al 31.mayo.2003, con la finalidad departicipar en la XIV Reunión del Comité de Trabajo deAsistencia Mutua entre ambas Armadas, cuyos nombres acontinuación se indican: 1. Contralmirante Dn. Juan Carlos GALLI 2. Capitán de Navío Dn. Rafael Luis SGUEGLIA3. Capitán de Fragata Dn. Gustavo FERRARI Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi-sión de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia delCongreso de la República, en el plazo de 24 horas de suexpedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio-res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 09295Disponen adquirir material para el mantenimiento de torpedos medianteproceso de adjudicación de menorcuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 765 DE/MGP Lima, 15 de mayo de 2003 Visto los antecedentes relacionados con el requeri- miento efectuado por la Dirección General del Material dela Marina de Guerra del Perú, sobre la exoneración delproceso de selección para la adquisición de material paramantenimiento de torpedos; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú tiene SEIS (6) Uni- dades Submarinas en servicio, la cuales cuentan con sis-temas de control de tiro, cuyas características de diseñoles permiten lanzar torpedos SST-4; Que, la citada Institución Armada, en su Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones con Carácter Público co-rrespondiente al Año Fiscal 2003, ha previsto la adquisi-ción de material para mantenimiento de torpedos, estiman-do un valor aproximado de CIENTO TREINTA Y OCHO MILCON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 138,000.00), con cargoa la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM defecha 12 febrero 2001, en su inciso (f), dispone que estánexoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concur-so Público o Adjudicación Directa las adquisiciones y con-trataciones que se realicen cuando los bienes y serviciosno admiten sustitutos; Que, el artículo 20º del citado Texto Único Ordenado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que serefiere el mencionado artículo 19º, se realizarán medianteun proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y las exo-neraciones deberán ser aprobadas por Resolución del Ti-tular del Pliego de la Entidad, la cual será publicada en elDiario Oficial El Peruano y copia de ella junto con el informeque la sustenta, deberá remitirse a la Contraloría Generalde la República dentro de los diez días calendario siguien-tes a la fecha de su aprobación; Que, en el Informe Técnico Nº 001-2003 DIALI de fe- cha 20 febrero 2003, el Director de Alistamiento Naval in-forma que las reparaciones y mantenimiento de los torpe-dos SST-4 deben ser efectuados con repuestos originalesy nuevos provistos por el fabricante, a fin de obtener eladecuado funcionamiento y confiabilidad en su empleocomo arma principal de nuestras Unidades Submarinas,concluyendo que por razones técnicas-operativas resultaindispensable para los intereses de la Marina de Guerradel Perú, se exonere del proceso de selección para laadquisición de repuestos para los torpedos SST-4, por cuan-to constituyen bienes que no admiten sustitutos; Que, en el Informe Legal Nº 001-2003 de fecha 17 marzo 2003, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de laDirección General del Material de la Marina concluye quede acuerdo al marco legal vigente es viable la tramitacióndel proyecto de Resolución Ministerial exonerando del re-quisito de convocatoria a un proceso de selección para laadquisición de repuestos para el mantenimiento de torpe-dos SST-4, y autorizando se lleve a cabo a través de unproceso de Adjudicación de Menor Cuantía, por cuantoconstituyen bienes que no admiten sustitutos; Que, conforme al artículo 116º del referido Reglamento, las adquisiciones y contrataciones exoneradas de acuerdoal artículo 19º del mencionado Texto Único Ordenado, seefectúan mediante el proceso de Adjudicación de MenorCuantía; Estando a lo recomendado por el Director General del Material de la Marina y a lo propuesto por el ComandanteGeneral de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar a la Marina de Guerra del Perú del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectivapara la adquisición de material para el mantenimiento detorpedos, por constituir bienes que no admiten sustitutos. Artículo 2º.- Disponer que la adquisición indicada en el artículo precedente, sea realizada por la Marina de Guerra