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PÆg. 244420 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de mayo de 2003 entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, debiendo publi-carse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones deviaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es-pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo14º establece que los inspectores debidamente identificadosa que refiere la Ley son competentes, según su especialidad,para verificar las capacidades exigidas a los titulares de lasautorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 695-2003-MTC/12.04 señalando que el Ins-pector Javier Calmell del Solar Varisco, realizará chequeosen simulador de vuelo del equipo Boeing 737 al personalaeronáutico propuesto por la empresa Aviandina S.A.C.,en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, duran-te los días 20 al 23 de mayo de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil paraque, en cumplimiento de las funciones que le asigna la LeyNº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeosen simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Ins-pección Nº 695-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Calmell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáu-tica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a laciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante losdías 20 al 23 de mayo de 2003, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo alsiguiente detalle: Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men-cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Minis-terial, dentro de los quince (15) días calendario siguientesde efectuado el viaje, deberá presentar un informe detalla-do describiendo las acciones realizadas y los resultadosobtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 09375 Autorizan a procurador a iniciar accio- nes legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pœblica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 366-2003-MTC/02 Lima, 15 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Trans- porte Nacional - PROVIAS NACIONAL, del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, llevó a cabo un proceso de selec-ción y contratación de personal, dentro del cual y a efectos decumplir con los requisitos exigidos por la Entidad, las perso-nas de Jannina Valeria Pérez Echevarría, Luis Eduardo Ma-drid Silva y Jorge Gustavo Valle Del Carpio presentaron unaDeclaración Jurada de Datos Personales, Currículum Vitae ydocumentos sustentatorios del nivel de estudios;Que, en la Declaración Jurada de Datos Personales, Currículum Vitae y Diplomas acreditando el nivel de estudiosuniversitarios, Jannina Valeria Pérez Echevarría y Luis Eduar-do Madrid Silva manifestaron tener el Grado de Bachiller enDerecho y Bachiller en Administración, conferidos por laPontificia Universidad Católica del Perú, respectivamente;asimismo, Jorge Gustavo Valle Del Carpio manifestó tener elGrado de Bachiller en Ciencias Contables y Financieras,conferido por la Universidad Nacional Federico Villarreal; Que, PROVIAS NACIONAL, según los Informes Nºs. 164 y 165-2002-MTC/20.UPER emitidos por la Unidad de Perso-nal de la Gerencia de Administración, realizó acciones deverificación de datos personales declarados por sus trabaja-dores, teniéndose en cuanta la Declaración Jurada de DatosPersonales, Currículum Vitae y documentos sustentantoriosdel nivel de estudios presentados por los mismos; Que, como resultado de la verificación efectuada, re- sulta que la Pontificia Universidad Católica del Perú, conOficio Nº 2412/2002/S de fecha 16 de noviembre de 2003,informa a PROVIAS NACIONAL que Jannina Valeria PérezEchevarría se encuentra matriculada en el semestre 2002-2 de la Facultad de Derecho; y que Luis Eduardo MadridSilva estudió hasta el semestre 1994-2 en la Facultad deCiencias Sociales especialidad de Economía; Que, asimismo, la Universidad Nacional Federico Villa- rreal, con Oficio Nº 1042-2002-ORGT-SG-UNFV manifiestaa PROVIAS NACIONAL que no ha expedido diploma deGrado de Bachiller en Ciencias Contables y Financieras aJorge Gustavo Valle Del Carpio; Que, cada una de las personas involucradas en las irre- gularidades señaladas, suscribieron con fecha 29 de no-viembre de 2002, Actas de Reconocimiento de haber decla-rado y presentado un documento apócrifo (falso) adjunto asus curriculums, con la finalidad de cumplir los requisitosestablecidos por la Entidad, habiendo procedido PROVIASNACIONAL a la extinción de sus contratos de trabajo porcausa de despido justificado por comisión de falta grave; Que, los hechos descritos precedentemente son susceptibles de ser calificados como Delitos contra la FePública tipificados por el Código Penal, por lo que resultanecesario autorizar al Procurador Público de este Ministe-rio para que ejerza las acciones legales correspondientesa fin de defender los intereses del Estado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones, para que inicie yculmine las acciones legales que correspondan contra Jan-nina Valeria Pérez Echevarría, Luis Eduardo Madrid Silva,Jorge Gustavo Valle Del Carpio y los que resulten respon-sables por los hechos descritos en la parte considerativade la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución Ministe- rial, así como los antecedentes del caso al mencionadoProcurador Público para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 09374 Otorgan permiso de operación a empre- sa para prestar servicio de transportefluvial de carga y pasajeros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 102-2003-MTC/13 Lima, 1 de abril de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-012289) presen- tada por la empresa O & O SERVICIOS SRL., solicitandopermiso de operación para prestar servicio de transportefluvial comercial de carga general y pasajeros; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se apro- bó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual seestablecen las normas técnicas y legales a las cuales deberánsujetarse las personas naturales y jurídicas que prestan ésteservicio; a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, adminis-trativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial;