Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2003 (19/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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en la MORDAZA de Wisconsin, Estados Unidos de Norteamerica, ha efectuado una donacion consistente en un (1) Contenedor Nº SUDU 362397-6 conteniendo doscientos treinta y siete (237) MORDAZA selladas de galletas y bizcochos, en MORDAZA estado, ciento veinte (120) MORDAZA selladas de refrescos, en buen estado, noventa y un (91) MORDAZA selladas de dulces variados: chocolates, caramelos, bombones, en buen estado de conservacion y aptos para el consumo humano, una (1) MORDAZA sellada de cereales de arroz, en buen estado, tres (3) MORDAZA de biberones, noventa y seis (96) MORDAZA selladas de ropa nueva, cuatro (4) MORDAZA selladas de papel tissue, quince (15) MORDAZA selladas de papel servilleta, veintiocho (28) MORDAZA selladas de wipes, ocho (8) cilindros de detergente en polvo, una (1) parihuela de shampoo de 100 ml., y material para embalaje: colchas, frazadas, sabanas, con un peso MORDAZA aproximado de 8,926.79 kgs. y un valor FOB aproximado de US$ 1,000.00 (UN MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) a favor de la Asociacion Provincia Franciscana de los XII Apostoles del Peru, amparados entre otros documentos en el Conocimiento de Embarque Nº JXCW4649, Declaracion Jurada de fecha 20 de octubre de 2002 y Certificado de Libre Mercadeo y Seguridad de fecha 27 de diciembre de 2000; Que, a traves del expediente Nº 31390 la Asociacion Provincia Franciscana de los XII Apostoles del Peru acredita con Actas de Entrega de Donacion la distribucion de los bienes donados a cada uno de los siguientes beneficiarios: Vicaria de la MORDAZA, La MORDAZA de MORDAZA, Parroquia Sagrada Familia de MORDAZA, Parroquia Montecarmelo de MORDAZA MORDAZA, Parroquia San MORDAZA de MORDAZA de Barranco, entre otros; Que, la Asociacion Provincia Franciscana de los XII Apostoles del Peru solicito la aprobacion de la donacion ante el Ministerio de Economia y Finanzas a fin de que se expida la Resolucion Suprema, sin embargo, el citado Sector devolvio el expediente de donacion por encontrarse la Asociacion recurrente dentro de los alcances establecidos en el numeral 1 del inciso e) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y bajo el procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 112-2002-EF; Que, con fecha 27 de diciembre del 2002 la Asociacion Provincia Franciscana de los XII Apostoles del Peru solicita al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social la emision de la correspondiente Resolucion de Regularizacion de la donacion; Que, la entidad solicitante es una Institucion Religiosa registrada como una "Institucion Privada sin fines de lucro Receptora de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior", asimismo cuenta con el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta, segun Resolucion de Intendencia SUNAT Nº 93002-102-017290; Que, por Ley Nº 27793 se establece que es competencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de mujer y desarrollo social promoviendo la equidad de genero, es decir, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, igualdad de oportunidades para la ninez, la tercera edad y las poblaciones en situacion de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas, en consecuencia corresponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobar, en via de regularizacion, la donacion MORDAZA citada; Con la opinion favorable de la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Informe Nº 052-2003-MIMDES-OCI de fecha 19 de febrero de 2003;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 004-2002-PROMUDEH, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, Decreto Ley Nº 21942, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Supremo Nº 055-99-EF y Decreto Supremo Nº 29-94-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 112-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en vias de regularizacion, la donacion efectuada por el Secretariado General para las Misiones Franciscanas, con sede en la MORDAZA de Wisconsin, Estados Unidos de Norteamerica, consistente en un (1) Contenedor Nº SUDU 362397-6 doscientos treinta y siete (237) MORDAZA selladas de galletas y bizcochos, en MORDAZA estado, ciento veinte (120) MORDAZA selladas de refrescos, en buen estado, noventa y un (91) MORDAZA selladas de dulces variados: chocolates, caramelos, bombones, en buen estado de conservacion y aptos para el consumo humano, una (1) MORDAZA sellada de cereales de arroz, en buen estado, tres (3) MORDAZA de biberones, noventa y seis (96) MORDAZA selladas de ropa nueva, cuatro (4) MORDAZA selladas de papel tissue, quince (15) MORDAZA selladas de papel servilleta, veintiocho (28) MORDAZA selladas de wipes, ocho (8) cilindros de detergente en polvo, una (1) parihuela de shampoo de 100 ml., y material para embalaje: colchas, frazadas, sabanas, con un peso MORDAZA aproximado de 8,926.79 kgs. y un valor FOB aproximado de US$ 1,000.00 (UN MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) a favor de la Asociacion Provincia Franciscana de los XII Apostoles del Peru. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, a la Contraloria General de la Republica, a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 09343

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 363-2003-MTC/02
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios,

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