Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2003 (19/05/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 244422

NORMAS LEGALES
VISTOS:

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2003

Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las Empresas Navieras Nacionales; Que, la empresa O & O SERVICIOS SRL., cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio de transporte fluvial de carga general y pasajeros en trafico nacional y en servicio regular en la ruta solicitada; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20351981211; Que, mediante Informe Nº 049-2003-MTC/13.02, de la Directora de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal y Nº 069-2003-MTC/13.al, del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa O & O SERVICIOS SRL., para prestar servicio de transporte fluvial de carga y pasajeros, en la forma siguiente: TRAFICO SERVICIO TRANSPORTE : Nacional o cabotaje. : Regular; ruta: Pucallpa - Iquitos y viceversa, MORDAZA Ucayali y Amazonas. : Carga general y pasajeros.

El Expediente Nº 2003/006625, asi como el Informe Nº 0026-2003-EF/94.45.2 de fecha 21 de MORDAZA de 2003 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 035-99EF/94.11 de fecha 5 de marzo de 1999, se dispuso inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano - Octava Emision", emitidos por el Banco Sudamericano; Que, mediante escritos remitidos a la Bolsa de Valores de MORDAZA, con fechas 27 y 28 de marzo de 2003, el Banco Sudamericano, debidamente representado por MORDAZA Chapppuis Cardich, representante bursatil, presenta a dicha institucion MORDAZA del documento de Escritura Publica de cancelacion de obligaciones correspondientes a los Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano - Octava Emision, suscrita ante Notario Publico de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, con fecha 27 de junio de 2002 a efectos de iniciar el tramite de deslistado de los respectivos valores; Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del articulo 132º del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, mediante carta GL-242/03 remitida a CONASEV con fecha 3 de MORDAZA de 2003, la Bolsa de Valores de MORDAZA, representada por su Gerente General, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comunico a CONASEV su decision de disponer el deslistado de los Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano - Octava Emision, del Banco Sudamericano y elevar el expediente a CONASEV para los efectos correspondientes; Que, el articulo 28º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, en adelante el Reglamento de Inscripcion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 12598-EF/94.10, dispone que la solicitud de deslistado debe ser acompanada de la documentacion sustentatoria correspondiente y sera comunicada al MORDAZA mediante el boletin diario de la Bolsa de Valores; Que, en el presente caso, la solicitud viene acompanada por la escritura publica de cancelacion de obligaciones correspondiente, y se ha verificado que la MORDAZA de la solicitud de deslistado ha sido divulgada en el mercado; Que, el articulo 37º inciso b) de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27º inciso b) del Reglamento de Inscripcion, establecen como causal para la exclusion de un valor, su amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38º de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 34º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion de Compra de Valores por Exclusion, en adelante el Reglamento, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 630-97/94.10, modificado por Resolucion CONASEV Nº 088-2000-EF/94.10, dispone que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion de los Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano - Octava Emision, del Registro Publico del MORDAZA de Valores, se encuentra incursa en la causal de excepcion a la realizacion de una oferta publica de compra por exclusion contemplada en el articulo 38º inciso a) del Reglamento; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por la Resolucion CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y el acuerdo del Directorio de esta institucion de fecha 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusion de valores mobiliarios del Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano - Octava Emision, emitidos por el Banco Sudamericano del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Disponer la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la emision denominada Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano Octava Emision, emitidos por el Banco Sudamericano. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion al Banco Sudamericano, a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a CAVALI ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCA Gerente de Mercados y Emisores 08344

Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con las embarcaciones de su propiedad denominadas MF "Pedro Martin" con matricula PA7314-MF y MF "Pedro MORDAZA II" con matricula PA-20839-MF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; la renovacion debera ser solicitada por la empresa a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado implica la obligacion por parte de la empresa de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de Transporte Fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a la Capitania de Puerto de Iquitos y Pucallpa y a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Loreto. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 07246

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen excluir emisiones de bonos de arrendamiento financiero y subordinados, y programa de certificados de deposito del Banco Sudamericano del Registro Publico del MORDAZA de Valores
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION GERENCIAL Nº 024-2003-EF/94.45
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.