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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2003 (21/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 244575 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de mayo de 2003 te, a efectos de proceder a la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en elLote VII/VI, conforme al Decreto Supremo Nº 021-2001-EM; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, modificado por el artículo 1º de la LeyNº 27377, Ley de Actualización en Hidrocarburos, dis-pone que los Contratos, una vez aprobados y suscritossolo podrán ser modificados por acuerdo escrito entrelas partes; y, que las modificaciones serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 023-2003, de fecha 25 de marzo de 2003,aprobó el Proyecto de Modificación del Contrato de Licen-cia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote VII/VI; De conformidad con los incisos 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26221,Ley Orgánica de Hidrocarburos, modificada por Ley Nº27377, Ley de Actualización en Hidrocarburos; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en elLote VII/VI, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-EM, para los fines a que se refiere la parte considerativadel presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PE- RUPETRO S.A. y Sapet Development Peru Inc., Sucur- sal del Perú. Artículo 2º.- Autorícese a PERUPETRO S.A. a sus- cribir con Sapet Development Peru Inc., Sucursal delPerú, la Modificación del Contrato de Licencia para laExplotación de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, que se aprueba en el artículo precedente. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y porel Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 09567 MINCETUR Autorizan viaje de funcionario a Colom- bia para que asista a la "XVII Reunióndel ComitØ Andino de Autoridades de Turismo" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2003-MINCETUR/DM Lima, 16 de mayo de 2003 Visto el Memorándum Nº 359-2003-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo; CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, República de Colombia, se llevará a cabo entre los días 22 al 24 demayo de 2003, la "XVII Reunión del Comité Andino deAutoridades de Turismo - CAATUR"; Que, en dicha reunión se evaluará el Plan de Trabajo del Comité Andino de Autoridades de Turismo - CAATUR para el período 2003-2004; asimismo se evaluarán los avances de los proyectos en curso en materia de turis-mo de los países miembros de la Comunidad Andina; Que, los temas que se tratarán en dicha reunión, son de interés para nuestro país como integrante de la Co-munidad Andina de Naciones - CAN, por lo que es con- veniente autorizar la participación de un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Miguel Anto- nio Zamora Salas, Director Nacional de Turismo, del Vi-ceministerio de Turismo, a la ciudad de Santa Fe de Bogotá, República de Colombia, del 22 al 25 de mayo de 2003, para que asista a la reunión señalada en la parteconsiderativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargodel Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuer- do al siguiente detalle: Pasajes US$ 280,00 Viáticos US$ 800,00Tarifa CORPAC US$ 28,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario autori-zado mediante el Artículo 1º, presentará al Titular delSector un informe detallado sobre las acciones realiza-das y los logros obtenidos en la reunión a la que asistiráy la correspondiente rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09395 INTERIOR Sancionan con amonestación escrita y cese temporal a ex funcionarios de laDICSCAMEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0824-2003-IN/0102 Lima, 19 de mayo del 2003 Visto el Informe Nº 02-2003-IN-CEPAD-R.M. Nº 0152- 2003-IN y Actas de la Comisión Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios del Ministerio del Interiorconformada por Resolución Ministerial Nº 1661-2002-IN/0901 del 9 de setiembre del 2002 y modificada por la Resolución Ministerial Nº 0152-2003-IN del 10 de febre- ro del 2003; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 0436-2003-IN-0102 de fecha 4 de abril del 2003 se aperturó Proceso Admi- nistrativo Disciplinario a los funcionarios y ex funciona-rios, de la Dirección General de Control de Servicios deSeguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivosde Uso Civil (DICSCAMEC), siguientes: Gral. Brig. EP ®Marcial Alfonso FIGUEROA HIGUERAS, ex Director General de la DICSCAMEC; Gral. PNP ® Juan MIJICHI- CH TABERA, ex Director General de la DICSCAMEC;Tnte. Crnl. EP ® Carlos PACHAS MESÍAS, ex Directorde Control de Armas, Munición y Explosivos; CPC Amé-rico UGARTE BOZA, Director de la Oficina de Adminis-tración de DICSCAMEC; abogada Gloria GÓMEZ VA- LENZUELA, ex Directora de la Oficina de Asesoría Le- gal de la DICSCAMEC; economista Roxana CLEMENTEPÉREZ, ex Subdirectora de Explosivos y Artificios Piro-técnicos de la DICSCAMEC; economista María TeresaMANRIQUE NEGRÓN, Subdirectora de Explosivos yArtificios Pirotécnicos de la DICSCAMEC; Que, en la acotada Resolución Ministerial Nº 0436- 2003-IN-0102 se precisaron los cargos que se imputa-ban a cada uno de los funcionarios y ex funcionarioscitados;