Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2003 (21/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003

Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios procedio a efectuar las diligencias inherentes al MORDAZA, notificando los cargos a los procesados, los mismos que presentaron sus descargos e Informe Oral respectivo; Que, concluida la etapa de MORDAZA de descargos y, dentro del plazo de Ley, la Comision ha analizado los descargos y pruebas presentadas por cada uno de los procesados; Que, los descargos e Informe Oral respectivo presentado por el Gral. PNP ® MORDAZA MIJICHICH TABERA, ex Director General de la DICSCAMEC, permiten concluir que el citado ex funcionario desarrollo su actividad en el MORDAZA organizativo existente, impulsando la creacion de una Oficina de Control Interno, la misma que no se concreto por razones ajenas a el; Que, de los descargos e Informe Oral respectivo presentado por el Tnte. Crnl. EP ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Control de MORDAZA, Municion y Explosivos se aprecia que fue relevado de su responsabilidad mediante Memorandum Nº 18-99-IN1509; Que, de los descargos e Informe Oral respectivo presentados por los ex funcionarios de la DICSCAMEC, CPC MORDAZA UGARTE MORDAZA, Director de la Oficina de Administracion; la economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos y la economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGRON, Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos permiten concluir que actuaron en el MORDAZA de las funciones establecidas para el cargo; Que, de los descargos e Informe Oral respectivo presentados por la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de la Oficina de Asesoria Legal de la DICSCAMEC no desvirtuan los cargos formulados, por cuanto por el nivel del cargo y las funciones inherentes a el, debio advertir las deficiencias en las que se venia incurriendo, mas aun cuando la caracteristica esencial del cargo es la de brindar asesoria; Que, los descargos e Informe Oral presentados por el Gral. Brig. EP ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA HIGUERAS, ex Director General de la DICSCAMEC no han desvirtuado el cargo de pago indebido efectuado a traves del CAFAE, siendo el en su condicion de Director General, gestiono ante el Ministro del Interior el pago en cuestion; asimismo, la Comision ha tenido a la vista el Memorandum Nº 18-99-IN-1509, por el cual ordena al Subdirector que, "bajo responsabilidad, toda la documentacion referida a tramites de Articulos Pirotecnicos debe ser canalizada directamente a esta Direccion", estableciendo con ello un procedimiento indebido; Estando a lo acordado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior y, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM y Decreto Legislativo Nº 370, Ley Organica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Absolver, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, a los funcionarios y ex funcionarios, Gral. PNP ® MORDAZA MIJICHICH TABERA, ex Director General de la DICSCAMEC; Tnte. Crnl. EP ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Control de MORDAZA, Municion y Explosivos; CPC MORDAZA UGARTE MORDAZA, Director de la Oficina de Administracion de DICSCAMEC; economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos de la DICSCAMEC; economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGRON, Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos de la DICSCAMEC. Articulo Segundo.- Sancionar, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de la Oficina de Asesoria Legal de la DICSCAMEC, con amonestacion escrita. Articulo Tercero.- Sancionar, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, al Gral. Brig. EP ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA HIGUERAS, ex Director General de la DICSCAMEC con Cese Temporal sin goce de remuneraciones por dos meses (60 dias).

Articulo Cuarto.- Notificar la presente resolucion a los funcionarios y ex funcionarios comprendidos en la parte resolutiva de la presente conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 09525

Declaran en situacion de urgencia la contratacion del "Servicio de Provision de Alimentos" para el Personal de Dependencias No Policiales del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0825-2003-IN-0501
19 de MORDAZA del 2003 VISTOS; el Infor me Tecnico Nº 062-2003IN.0506.USA, de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares y el Informe Legal Nº 081-2003-IN.0509 de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos que constituyen el Informe Tecnico-Legal exigido por el Articulo 20º de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificada por el Articulo 1º de la Ley Nº 27330; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0125-A-2003IN de fecha 31 de enero de 2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior para el Ano Fiscal 2003, habiendose previsto la necesidad de contratar el Servicio de Provision de Alimentos para el Personal de las Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior; Que, por Resolucion Directoral Nº 050-2002-IN/0501 de 11 de marzo de 2002, modificada por las Resoluciones Directorales Nº 192-2002-IN/0501 de 17 de octubre de 2002, Nº 211-2002-IN.0509, de 11 de diciembre de 2002, Nº 028-2003-IN-0506 de 21 febrero de 2003 y Nº 034-2003-IN.0509 de 4 de marzo de 2003, se conformo y modifico el Comite Especial del Ministerio del Interior para la conduccion del Concurso Publico Nº 004-2002IN/OGA- MORDAZA Convocatoria, para la contratacion del "Servicio de Provision de Alimentos para el Personal de Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0670-2003IN-0201 de 7 de MORDAZA de 2003, se declaro nulo dicho Concurso Publico Nº 004-2002-IN/OGA por las razones expuestas en la misma; Que, mientras dure la ejecucion del MORDAZA de seleccion correspondiente, el Ministerio del Interior no puede interrumpir el Servicio de Provision de Alimentos para el personal de las Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior, por ser este servicio, esencial para el desarrollo de las funciones institucionales; Que, el Informe Tecnico - Legal elaborado por la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion senala que, efectivamente la no atencion oportuna puede ocasionar la ausencia o paralizacion del Servicio de Provision de Alimentos, comprometiendo de forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o las operaciones productivas que la Entidad brinda; Que, la mencionada circunstancia condiciona la necesidad de solicitar al Titular del Pliego la aprobacion de una exoneracion para contratar mediante MORDAZA de menor cuantia y por un tiempo determinado, una empresa que brinde el servicio de provision de alimentos, mientras se convoque nuevamente dicho proceso; Que, el inciso c) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 27330, senala que "Estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: ... c) en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley.";

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