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PÆg. 244567 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de mayo de 2003 2. Para la ejecución de los aspectos operativos del presente Acuerdo, el Gobierno de la República del Perúdesigna al Comando de Operaciones de la Fuerza Aé-rea del Perú, con sede en Lima, y el Gobierno de la República de Colombia designa al Jefe de Operaciones Aéreas con sede en Bogotá. ARTÍCULO 6 Con miras a alcanzar los objetivos del presente Acuerdo y a solicitud de cualquiera de las Partes, los representantes autorizados de las Partes se reuniránperiódicamente para: A. Evaluar la eficacia de los programas de acción; B. Examinar cualquier asunto relativo a la ejecución del presente Acuerdo; C. Presentar a sus respectivos Gobiernos las recomendaciones que consideren pertinentes para lamejor ejecución del presente Acuerdo. ARTÍCULO 7 Todas las actividades que emanen del presente Acuerdo se desarrollarán de conformidad con las leyesy reglamentos vigentes en cada una de las Partes. ARTÍCULO 8 Una Parte no ejercerá en el territorio de la otra, com- petencias ni funciones que hayan sido reservadas ex-clusivamente a las autoridades de esa otra Parte por suderecho interno. ARTÍCULO 9 1. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la firma. 2. El presente Acuerdo tiene una vigencia indefinida a menos que una de las Partes lo denuncie por vía diplo- mática. La denuncia será efectiva noventa (90) días después de la fecha de la notificación. La denuncia delpresente Acuerdo no afectará la validez de cualquierade los programas establecidos antes de la denuncia, loscuales continuarán siendo ejecutados hasta su término. Suscrito en Bogotá, D.C., a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil dos (2002), en dos ejem-plares originales en idioma español, siendo ambos tex-tos igualmente válidos. Por el Gobierno de la República del Perú AURELIO LORET DE MOLA BÖHME MINISTRO DE DEFENSA DEL PERÚ Por el Gobierno de la República de Colombia MARTA LUCIA RAMIREZ DE RINCON MINISTRA DE DEFENSA NACIONAL DE COLOMBIA 09564 Acuerdo celebrado con el Ministerio de Defensa Nacional de Colombia paracombatir actividades ilícitas en los ríosfronterizos comunes ANEXO - RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 27967 (La Resolución Legislativa de la referencia fue publi- cada en nuestra edición del 20 de mayo de 2003 en lapágina 244493) ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA PARA COMBATIR LAS ACTIVIDADES ILÍCITAS EN LOS RÍOS FRONTERIZOS COMUNES El Ministerio de Defensa de la República del Perú y el Ministerio de Defensa de la República de Colombia, en adelante denominadas las "Partes".COMPROMETIDOS firmemente en trabajar coordi- nadamente para combatir el tráfico ilícito de estupefa-cientes y sus delitos conexos, el terrorismo, la delin-cuencia transnacional, el tráfico ilícito de armas, muni- ciones y explosivos, el contrabando de precursores químicos, la minería ilegal, el comercio ilegal de made-ras, el secuestro, la extorsión, entre otros, y para fomen-tar medidas de confianza mutua que contribuyan a pro-teger a sus ciudadanos y la seguridad de ambas nacio-nes y en el marco del estricto respeto de sus respec- tivas legislaciones; RECONOCIENDO que la comisión de los delitos y contravenciones mencionados en el párrafo primero delos considerandos constituye un serio problema que afec-ta a las comunidades de ambos países; SIENDO NECESARIO establecer un mecanismo que aumente la coordinación, cooperación y eficiencia de lasoperaciones fluviales y de control de los ríos limítrofescomunes sin perjuicio del principio de libre navegación; y CON PLENA SUJECIÓN A LOS ACUERDOS INTERNACIONALES VIGENTES ENTRE LAS PARTES Y AL ORDENAMIENTO JURÍDICO DE CADA UNA DE ELLAS ACUERDAN LO SIGUIENTE: ARTÍCULO 1 LAS PARTES TOMARÁN LAS MEDIDAS CONVENIENTES PARA: 1. Controlar el tráfico de embarcaciones que se de- sarrolle en sus respectivos ríos limítrofes comunes con sujeción al principio de libertad de navegación. 2. Intensificar el intercambio de informaciones sobre el tráfico de embarcaciones presuntamente comprometi-das en la comisión de los delitos y contravenciones aque se refiere este Acuerdo. 3. Acrecentar el intercambio de experiencias y cono- cimiento técnico relacionados con el control de los ríoslimítrofes comunes y sus zonas ribereñas nacionales. 4. Facultar a la Marina de Guerra del Perú y a la Armada Nacional de la República de Colombia para quecon sujeción a lo previsto en el presente Acuerdo desarrollen los aspectos operacionales del mismo. ARTÍCULO 2 LO PREVISTO EN ESTE ARTÍCULO ESTÁ SUJETO AL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL INTERNO: 1. Las partes se comprometen a realizar esfuerzos coordinados para contener el tráfico de embarcacionesque se sospeche están siendo utilizadas para la comi-sión de delitos y contravenciones a los que se refiere este acuerdo, que ingresen o se encuentren en los res- pectivos ríos limítrofes comunes. Esta cooperación, queserá regida por el presente Acuerdo, comprenderá en-tre otras las siguientes actividades: a. Intercambio de información táctica y de inteligen- cia de carácter estratégico-operacional, en estrecha coordinación con los organismos de seguridad de cadapaís, a fin de intercambiar información para neutralizarlas actividades delictivas definidas en el preámbulo. b. Intercambio de información cuando se estén de- sarrollando operaciones, alertando previamente a las unidades fronterizas para evitar que los delincuentes traspasen la frontera eludiendo la acción de las autori-dades. c. Intercambio de experiencias en la lucha contra los delitos y contravenciones enunciados en el preámbuloque se cometan en las zonas de frontera, a través de talleres y seminarios a nivel regional y local. d. Intercambio de información referente a: 1) Formas de realizar actividades ilícitas, objetivos y acciones que pretendan ejecutar los grupos delictivos ycualquier otro tipo de información de interés que coadyu-ve con las operaciones que se están desarrollando. 2) El tráfico de armas, municiones y explosivos en las zonas fronterizas, para planificar y ejecutar accio- nes concretas en la lucha contra este delito.