Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2003 (21/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 21 de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 27330, establece que: "... Se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion que corresponda."; Que, conforme lo establece el numeral 2 del Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente situacion de urgencia es una medida temporal, ante el hecho excepcional de no poder contar con el servicio esencial, hecho objetivo que determina una accion rapida, que se perfecciona con la declaracion formal de la situacion de urgencia, la exoneracion del caso, y la fijacion de un plazo suficiente para concluir la confirmacion del otorgamiento den la Buena Pro del Concurso Publico Nº 004-2002-IN/ OGA, sin perjudicar la continuidad de los servicios ni las operaciones productivas del Sector; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y modificatorias; y, Con el sustento del Informe Tecnico-Legal y la visacion de la Oficina de Asuntos Juridicos del Ministerio del Interior, Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion, Oficina de Presupuesto, Oficina de Fiscalizacion y Control y la Oficina General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del "Servicio de Provision de Alimentos" para el Personal de Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior, por el plazo de 90 dias calendario, por el valor referencial de S/. 570,000.00 (Quinientos Setenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios mientras se reformulan las Bases Administrativas, se organiza y convoca el Concurso Publico Nº 004-2002-IN/OGA - MORDAZA Convocatoria. Articulo 2º.- Exonerar del Concurso Publico la Contratacion del "Servicio de Provision de Alimentos para el Personal de Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior". Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior a efectuar las gestiones necesarias para la contratacion del "Servicio Provision de Alimentos para el Personal de Dependencias No Policiales del Ministerio del Interior", materia de esta Resolucion Ministerial, segun el procedimiento establecido en el Articulo 105º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- En el termino de diez dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion Ministerial, la Direccion General de Administracion, remitira a la Contraloria General de la Republica MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y de los informes Tecnico-Legal sustentatorios, bajo responsabilidad. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 09518

Conciliacion, presentada por la asociacion civil, CENTRO DE CONCILIACION GUTY con siglas CCGUT; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil, ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del CENTRO DE CONCILIACION GUTY, con sede en la MORDAZA de Trujillo; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 0542-2003JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliacion solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, a la asociacion civil, CENTRO DE CONCILIACION GUTY con siglas CCGUT, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION GUTY, con sede en la MORDAZA de Trujillo. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLF MORDAZA Viceministro de Justicia 09399

MIMDES
Declaran de oficio nulidad de la adjudicacion directa selectiva convocada para la contratacion de licencia de uso de software contable gubernamental
INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 134
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Informe Nº 34-2003-INABIF/CEP del 21 de MORDAZA de 2003 del Comite Especial Permanente; CONSIDERANDO:

JUSTICIA
Autorizan a asociacion civil el funcionamiento de Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 056-2003-JUS
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2003 Vista, la solicitud de Registro Nº 027985, de fecha 13 de noviembre de 2002, sobre Autorizacion de Centro de

Que, mediante Resolucion de Oficina de Administracion Nº 031 del 28 de febrero del 2003 se aprobaron las bases y convocatoria de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2003-INABIF/CEP "Contratacion de licencia de uso de Software Contable Gubernamental" por el monto total referencial de S/. 32,750.00 Nuevos Soles; Que, el precitado MORDAZA concluyo con el otorgamiento de la buena pro, previa evaluacion tecnica y economica, a favor de la Empresa Economia y Servicios SRL, conforme consta en el Acta de Otorgamiento de la Buena Pro del 25 de marzo del 2003 del Comite Especial Permanente del INABIF; Que, mediante el documento del visto el Comite Especial Permanente del INABIF solicita que se declare de

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