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PÆg. 244579 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de mayo de 2003 posibles zonas de distribución y concentración en la costa peruana; Que el Instituto del Mar del Perú, mediante Oficio Nº DE-100-129-2003-PRODUCE/IMP del 16 de mayo del 2003, propone la ejecución de la Operación EUREKA LXI, con la finalidad de conocer la distribución, concen-tración y condiciones biológico-pesqueras de los recur-sos anchoveta, jurel y caballa, entre Tumbes – Tacna yhasta las 200 millas náuticas de distancia de la costa,habiendo remitido el Plan diseñado para su ejecución; Que es necesario oficializar la ejecución del Plan de Operación EUREKA LXI, presentado por el Instituto delMar del Perú, el mismo que consiste en el desarrollo deactividad científica durante los días 26 al 30 de mayo del2003, con la participación de 40 embarcaciones cerque-ras mayores de 300 m3 de capacidad de bodega con permiso de pesca vigente y equipadas con redes an- choveteras (13 mm.) y/o sardineras de 38 mm. de tama-ño de malla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca – Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, la ejecución de la Operación EUREKA LXI,entre los días 26 al 30 de mayo del 2003, con la finalidadde conocer la distribución, concentración y condicionesbiológico-pesqueras de los recursos anchoveta, jurel ycaballa, en el área marítima comprendida entre Tumbes – Tacna y hasta las 200 millas de la costa, con la partici- pación de cuarenta (40) embarcaciones cerqueras conpermiso de pesca vigente para la extracción del recursoanchoveta, con capacidad de bodega mayor a 300 m3 yequipadas con redes anchoveteras de ½ pulgada (13mm.) y/o sardineras de 1 ½ pulgadas (38 mm.) de longi- tud mínimo de malla. Artículo 2º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras cerqueras que al amparo de lo dispuesto en elartículo 1º de la presente Resolución, se orienten a partici-par en las actividades de la Operación EUREKA LXI, debe-rán además cumplir con los siguientes requisitos: a) Contar con permiso de pesca vigente para extraer el recurso anchoveta y estar consignados en los litera-les A), B), C), J) y L) del Anexo I de la Resolución Minis-terial Nº 193-2002-PRODUCE o haber sido incorpora-dos a los literales en mención conforme a lo dispuesto en la citada resolución; b) Contar y utilizar en las faenas de pesca, redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13mm.) y/o 1 ½ pulgadas (38 mm.); c) Las embarcaciones pesqueras deberán contar a bordo con las plataformas / balizas del Sistema de Se- guimiento Satelital (SISESAT) operativas, las que deben emitir señales de posicionamiento GPS (Global Positio-ning System); d) Las embarcaciones pesqueras que sean selec- cionadas embarcarán obligatoriamente un Técnico Cien-tífico de Investigación perteneciente al Instituto del Mar del Perú, debidamente acreditado, debiendo en conse- cuencia, brindársele las facilidades necesarias a bordopara el normal cumplimiento de las labores asignadaspor la citada Institución. Artículo 3º .- Las embarcaciones cerqueras que de- cidan participar en la Operación EUREKA LXI, deberáninscribirse en la Dirección Nacional de Extracción y Pro-cesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución hasta el día 22 de mayo del 2003, de acuer-do a los puertos de salida indicados en la tabla que enAnexo forma parte integrante de la presente Resolución,a efectos de que la mencionada Dirección a través de unsorteo a realizarse el día 23 de mayo del presente año, designe y clasifique las embarcaciones según perfiles de operación. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produc-ción, mediante Resolución Directoral, publicará la rela-ción de embarcaciones cerqueras seleccionadas y au- torizadas a participar en la Operación EUREKA LXI.Artículo 5º .- Los armadores pesqueros de las em- barcaciones seleccionadas para participar en la Opera-ción EUREKA LXI, deberán cubrir en su totalidad losgastos que demande dicha operación; los cuales han sido fijados en Dos Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2,200.00) por embarcación, monto que debepagarse al Instituto del Mar del Perú, previo al inicio delas operaciones, a través de la Cuenta Corriente Nº 0000-281654 del Banco de la Nación. Los armadores que tuvieran montos adeudados al IMARPE por concepto de participación en anteriores operaciones, se encuentran inhabilitados de participaren la presente Operación, para lo cual la citada Institu-ción deberá remitir a la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero la relación de embarcacio-nes pesqueras que tengan deuda parcial o total hasta el día 29 de mayo del 2003. Artículo 6º .- Los armadores de las embarcaciones pesqueras o sus representantes deberán instruir a losrespectivos capitanes o patrones de pesca acerca delcumplimiento de las pautas que dicte el IMARPE en elmarco de la Operación EUREKA LXI. Artículo 7º .- Los recursos hidrobiológicos extraí- dos de acuerdo a lo dispuesto en la presente Reso-lución podrán ser procesados en los establecimien-tos industriales pesqueros que cuenten con licenciade operación vigente otorgada por el Ministerio de laProducción. Artículo 8º .- Cuando por causas de problemas téc- nicos la embarcación pesquera seleccionada no puedaparticipar en la presente Operación, deberá comunicardicho inconveniente con una antelación de 24 horas deinicio de la fecha prevista para la ejecución de la citadaoperación, a efectos de proceder a la sustitución de la misma por la embarcación pesquera seleccionada en calidad de suplente; caso contrario, será observada porla administración para los próximos trabajos de investi-gación a ser desarrollados por el IMARPE en lo queresta del presente año. Artículo 9º .- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución dará lugar a la suspensión de la autorización otorgada en el Artículo 1. Artículo 10º .- El IMARPE presentará a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero delMinisterio de la Producción el informe final correspon-diente, conteniendo los resultados obtenidos en la Ope- ración EUREKA LXI. Artículo 11º .- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la DirecciónNacional de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministe-rio de la Producción y las Direcciones Regionales dePesquería, velarán por el estricto cumplimiento de lo dis- puesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMENEZ Ministro de la Producción ANEXO PERFILES DE LA OPERACIÓN EUREKA LXI PUERTO DE SALIDA Nº DE EMBARCACIONES PEFILES REQUERIDAS SORTEADOS 1 2 3 PAITA 84 (Parachique) 5 6 7 8 9 10 CHICAMA 61 1 12 13 14 15 16 CHIMBOTE 51 7 18 19