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PÆg. 244936 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de mayo de 2003 - PERÍODO 2001, inciso 9) del acápite respectivo, la Oficina de Auditoría Interna recomienda al Titular de laEntidad que remita el presente Informe a la Comisión deProcesos Especiales Administrativos Disciplinarios a fin que califique las faltas administrativas allí detalladas y se proceda de acuerdo a lo previsto en los artículos166º al 168º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Re-glamento de Bases de la Carrera Administrativa; Que, el Informe en cuestión, había sido puesto en conocimiento de la titular de la anterior gestión mediante Informe Nº 035-2002-OAI/MDSP de fecha 19-6-02; Que, la Comisión de ese momento, no inició proceso oportunamente, sin embargo, el acto administrativo indica-do aún no ha prescrito, según lo establecido por el Art. 173ºdel Reglamento de la Carrera Administrativa ya citado quedice: " El proceso administrativo disciplinario deberá iniciar- se en el plazo no mayor de un (01) año contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conoci-miento de la comisión de la falta disciplinaria...."; Que, de acuerdo a la Ley Orgánica del Sistema Na- cional de Control y de Contraloría de la RepúblicaNº 27785, Art. 15º Inc. "f", los informes que emitan los órganos del Sistema constituyen pruebas pre - consti- tuidas para el inicio de las acciones administrativas y/olegales que sean recomendadas en dichos informes; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denun-cias que le sean remitidas y de pronunciarse sobre la procedencia o no de abrir el proceso, según lo establece el Art. 166º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de laCarrera Administrativa; Que, según el Informe citado, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios evaluó lasobservaciones consignadas en el informe de Auditoría concordando en que hay suficientes elementos que acre- ditan la presunción de responsabilidad administrativa dela Sra. TERESA APARCANA ARIAS, ex Directora Ejecu-tiva del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidadde San Martín de Porres; Que según se aprecia de los mismos, los descargos presentados por dicha funcionaria no lograron levantar las observaciones que a continuación se detallan: OBSERVACIONES Nº 01 El Programa del Vaso de Leche no cumple con el abastecimiento y/o distribución de la ración preparada, asus beneficiarios, durante los 7 días de la semana, sinoque distribuyen los recursos entre 3 a 5 días máximo. Nº 02 El Programa permite que funcionen comités que tie- nen menos de 60 beneficiarios, contraviniendo la Direc- tiva interna que establece como requerimiento un míni- mo de 60 beneficiarios, lo que conlleva aumento del nú-mero de comités y dificultades en su supervisión. Nº 03 Las coordinadoras del Programa reparten raciones en crudo a sus beneficiarios contraviniendo la normativavigente que establece que los insumos o alimentos de-ben distribuirse preparados. Nº 04 Las coordinadoras del Programa utilizan un cuaderno simple para el control de la distribución de la ración alimen- ticia, omitiéndose hacer firmar a los beneficiarios y el regis-tro de información como número de beneficiarios, cantidadde ración que recogen, nombre, edad, dirección. Nº 05 La Dirección Ejecutiva ha realizado escasa labor de supervisión a los Comités y en algunos casos ninguna. Nº 06 Durante el año 2001, el Programa, no cumplió con atender al número de beneficiarios que establecía el MEF (145,344). De enero a setiembre atendieron a un número mayor y de octubre a diciembre a una cantidad menor a la establecida. Que, si bien la Sra. Aparcana ya no se encuentra trabajando en esta institución, de acuerdo al Art. 174º delReglamento de la Carrera Administrativa, D.S. Nº 005-90-PCM, el servidor cesante podrá ser sometido a procesoadministrativo por las fallas de carácter disciplinario quehubiere cometido en el ejercicio de sus funciones; Que, las Observaciones efectuadas por el órgano de Control implicarían faltas de tal gravedad que ameritarían laCONSIDERANDO: Que el Intendente de Aduana Marítima del Callao de esta Superintendencia, señor Walter Augusto Robles Gonzales, hará uso de su período vacacional a partir del28 de mayo hasta el 18 de junio del año en curso; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha Intendencia, se hace necesario encargar las fun-ciones del cargo de Intendente de Aduana Marítima del Callao, mientras dure la ausencia del titular; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización yFunciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a partir del 28 de mayo de 2003 y mientras dure la ausencia del titular, las funcio-nes del cargo de Intendente de Aduana Marítima del Callao a la señora Gloria Emperatriz Luque Ramírez, Intendente de Aduana Aérea del Callao. Artículo 2º.- Encargar a partir del 28 de mayo de 2003 y mientras dure el encargo conferido al titular, lasfunciones del cargo de Intendente de Aduana Aérea delCallao a la señora Lida Patricia Gálvez Villegas, Direc- tora de Manifiestos, Regímenes y Operaciones Aduane- ras de la Intendencia de Aduana Aérea del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 09883 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 003-2003-GRU/CR Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 003-2003-GRU/ CR publicada en la edición del 23 de mayo de 2003, en la página 244747. DICE: Pucallpa, 25 de mayo del 2003. DEBE DECIR: Pucallpa, 25 de marzo del 2003. 09858 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Inician proceso administrativo discipli- nario a ex Directora Ejecutiva del Pro-grama del Vaso de Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 445-2003-AL-MDSMP San Martín de Porres, 26 de mayo del 2003 Visto, el Informe Nº 001-2003/CEPAD de fecha 19 de mayo del 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 001-2002-02-2170 EXA- MEN ESPECIAL AL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE