TEXTO PAGINA: 79
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G33/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de noviembre de 2003 Sánchez Dulanto y César Antonio Miranda Correa, por las razones expuestas en los considerandos. Artículo Cuarto.- CONSTITUIR, una Comisión Espe- cial Ad Hoc para que se pronuncie, respecto a la responsabi- lidad administrativa disciplinaria en que hubieren incurrido los ex Alcaldes, indicados en el artículo precedente. Artículo Quinto.- PUBLICAR la presente Resolución a los Procesados, en caso de no ser notificados personal- mente a través del Diario Oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Ica; en- tendiéndose que a partir de la fecha de publicación, que- dan notificados conforme a ley. Artículo Sexto.- DEVOLVER, los actuados a la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que actúe conforme a sus atribuciones, teniendo en cuenta el artículo 163º del Reglamento de Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90 PCM, que señala que "El Proceso Administrativo Discipli- nario no excederá de treinta días hábiles improrrogables, concordante con el artículo 142º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS OLIVA FERNÁNDEZ PRADA Alcalde 20027 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI - LA OROYA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G2D /G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 098-ALC-2003/MPYO La Oroya, 31 de marzo de 2003VISTO:El Informe Nº 001-2003-CEEAC/MPYO de la Comisión del Concurso Público de Méritos para cubrir la plaza de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 055-2003/ MPYO de fecha 3 de marzo de 2003, se conformó la Comi- sión de Concurso Público de Méritos, para la selección del Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo, según lo dispuesto en el Art. 7º de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, y se aprobó las Bases, la misma que se publicó en el diario El Correo, el 27 de febrero; Que, la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimientos de Eje- cución Coactiva, establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva que deben ejercer las entidades de la administración pública y del mismo modo constituye el marco normativo que garantiza a los obligados el desarro- llo de un debido procedimiento coactivo; Que, la Ley Nº 27204, determina que el Ejecutor Coac- tivo será funcionario nombrado o contratado, según el régi- men laboral de la Entidad a la cual represente y su desig- nación en los términos señalados en el Artículo de la Ley Nº 26979, no implica que dicho cargo sea de confianza; Que, en el Literal tercera de las Disposiciones Transito- rias y Finales del Capítulo II del D.S. Nº 036-2001-EF - Reglamento de la Ley de Procedimientos de Ejecución Co- activa, determina que el Ejecutor Coactivo en ejercicio de sus funciones deberá estar debidamente acreditado ante las entidades del sistema financiero y bancario, Policía Nacional del Perú, las diferentes oficinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación; Que, la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, necesita contar con un Ejecutor Coactivo, a efectos que permita cumplir en forma eficiente con los actos de coer- ción y no detener la marcha de la Municipalidad, orientada a la recuperación de los adeudos;Que, mediante Informe Nº 001-2003-CEEAC/MPYO de la Comisión del Concurso Público, efectuadas las califica- ciones pertinentes, ha resultado ganador del concurso pú- blico para cubrir la plaza de Ejecutor Coactivo, el Dr. GA- RRO AYALA, MARTINIANO VIDAL, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipali- dades, y la Ley Nº 26979; Que, en uso de las facultades conferidas en el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al Dr. MARTINIANO VI- DAL GARRO AYALA, como Ejecutor Coactivo, correspon- diéndole al nivel y la escala remunerativa, según la Ley de la materia. Artículo Segundo.- Remitir la presente Resolución, para la acreditación del Ejecutor Coactivo a las entidades del Sistema Financiero y Bancario, a la Superintendencia de Banca y Seguros, Banco Central de Reserva del Perú, Banco de la Nación, Registros Públicos, la Prefectura, Mi- nisterio Público y Policía Nacional del Perú. Artículo Tercero.- La designación del Ejecutor Coacti- vo entrará en vigencia a partir del 1 de abril al 31 de di- ciembre. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Unidad de Personal el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CLEMENTE QUINCHO PANÉZ Alcalde 19995 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAPILLICA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73 /G61/G6C/G20/G61/G6C/G75/G6D/G62/G72/G61/G64/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G65/G78/G69/G6F/G6E/G65/G73/G64/G6F/G6D/G69/G63/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G61/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-MDS Sapillica, 21 de octubre del 2003 VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo, de la fecha, la necesidad de declarar en situación de Urgencia para la adquisición de bienes del Proyecto "Subsistema de distri- bución primaria 22.9 kv 3°" y "subsistema de distribución secundaria 380-220 v 3o, instalaciones de alumbrado pú- blico y conexiones domiciliarias del distrito de Sapillica"; CONSIDERANDO: Que, por Informe Técnico Nº 46-2003-MDS-ATO, de fe- cha 21 de octubre, y Legal del Asesor Externo, se opina que es procedente la DECLARACIÓN DE URGENCIA, para la adquisición de bienes del Proyecto "subsistema de dis- tribución primaria 22.9 kv 3°" y "subsistema de distribución secundaria 380-220 v 3o, instalaciones de alumbrado pú- blico y conexiones domiciliaria del distrito de Sapillica"; Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo realizada el día de hoy, luego de los informes dados y de las conclusio- nes al respecto, el pleno del Concejo considera proceden- te declarar en URGENCIA a fin de que el Proyecto "Sub- sistema de distribución primaria 22.9 kv 3°" y "subsistema de distribución secundaria 380-220 v 3o, instalaciones de alumbrado público y conexiones domiciliarias del distrito de Sapillica", no pueda verse afectado con precipitaciones fluviales por el Fenómeno del Niño; Que, siendo una de las funciones impostergables de la Municipalidad adoptar acciones y medios pertinentes a fin de ejecutar el Proyecto "Subsistema de distribución prima-