Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2003 (01/11/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

Pag. 254310

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2003

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Suspenden tramitacion y expedicion de licencias de obra y funcionamiento para centros de educacion inicial, primaria, secundaria, tecnologica, centros de idiomas y universidades
ORDENANZA Nº 281 San MORDAZA, 31 de octubre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto, en la XX-2003 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de octubre de 2003; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, dentro de una planificacion de desarrollo MORDAZA que incluye la zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso 6) del articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado, modificada mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucionial sobre Descentralizacion; Que, la nueva Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, numerales 3.6.2 y 3.6.4 del articulo 79º determina como funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales, en materia de Organizacion del Espacio Fisico y Uso del Suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles, declaratorias de fabrica; y apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion; Que, en materia de educacion, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, numerales 1, 2, 4 y 6 del articulo 82º determina entre las competencias y funciones compartidas, la de promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadoras; disenar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdiccion; asi como monitorear la gestion pedagogica y administrativa de las instituciones educativas; Que, la nueva Ley General de Educacion, Ley Nº 28044, Capitulo VII, en su articulo 82º establece la coordinacion y el apoyo de las Municipalidades en materia educativa, al Ministerio de Educacion, Direccion Regional y Unidades de Gestion Educativa Local; en este MORDAZA, las municipalidades apoyan la prestacion de servicios de las Instituciones Educativas y contribuyen al desarrollo educativo en el ambito de su jurisdiccion; Que, en el contexto de la normativa MORDAZA expuesta, se requiere implementar las competencias asignadas respecto a educacion en la nueva Ley Organica de Municipalidades y nueva Ley de Educacion; lo que comprende efectuar una evaluacion de la infraestructura educativa dentro del distrito, respecto a zonificacion y localizacion respetando parametros urbanisticos y edificatorios, sistemas constructivos, numero de aulas y dimensiones minimas, infraestructura de laboratorios, taller, biblioteca; areas administrativas, libres y de recreacion; condiciones minimas de instalacion, iluminacion, circulacion, seguridad y evacuacion en casos de siniestros, areas de estacionamiento reglamentarias; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, contando con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Actas aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- La presente Ordenanza, sera de aplicacion exclusiva para la tramitacion y expedicion de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Certificado de Zonificacion, Compatibilidad de Uso, Licencia de Obra y Licencia de Funcionamiento, para toda edificacion o local

dedicado a fines educativos, incluyendo sus locales administrativos y/o anexos en el distrito de San Borja. Articulo Segundo.- Suspender por el plazo de seis (6) meses la tramitacion y expedicion de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, MORDAZA de Zonificacion y Usos, Certificado de Compatibilidad de Uso, asi como Licencia de Obra y Licencia de Funcionamiento Provisional y/o Definitiva, para todos los Centros de Educacion Inicial, Primaria, Secundaria, Centros de Educacion Superior Tecnologica, Centros de Idiomas y Universidades, a fin de adecuar el MORDAZA normativo a la nueva Ley Organica de Municipalidades y la nueva Ley General de Educacion. Articulo Tercero.- Los expedientes administrativos referidos a los tramites senalados en los articulos precedentes, presentados cumpliendo con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA, con anterioridad a la presente Ordenanza, continuaran su tramitacion de acuerdo al procedimiento que corresponda. Articulo Cuarto.- Para los efectos de aplicacion de la presente Ordenanza en todos los Certificados y/o Constancias que se expidan a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, que constituyan requisitos obligatorios para tramitar Licencias de Obras o de Funcionamiento, debera consignarse expresamente la suspension dispuesta. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20122

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Conceden licencia y autorizan viaje de regidores a Brasil para participar en el "Foro Social de las Aguas en el Estado de Sao Paulo"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 106-2003-MSI San MORDAZA, 30 de octubre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo Nº 103-2003-MSI de fecha 14.Oct.03, se aprobo aceptar la invitacion al "Foro Social de las Aguas en el Estado de Sao Paulo", cursada por el Instituto Ambiental 21, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Tatui, Sao MORDAZA - Brasil, la primera semana de noviembre, para que asistan en representacion del Concejo de San MORDAZA los senores regidores senor MORDAZA Villaran Escardo y senor MORDAZA MORDAZA Urrunaga; De conformidad con el inciso 11) y 27) del Articulo 9º y Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Unico.- Conceder licencia a los regidores senor MORDAZA MORDAZA Urrunaga y senor MORDAZA Villaran Escardo y autorizar el viaje en comision de servicio, para que asistan en representacion del Concejo de San MORDAZA al "Foro Social de las Aguas en el Estado de Sao Paulo", cursada por el Instituto Ambiental 21, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Tatui, Sao MORDAZA - Brasil, del 2 al 7 de noviembre del ano en curso. POR TANTO: Mando se de cumplimiento al presente acuerdo. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 20053

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.