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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (02/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G33/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de noviembre de 2003 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G30/G39/G35 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G51/G55/G45/G20/G46/G41/G43/G55/G4C/G54/G41/G20/G41/G20/G4C/G41/G53/G20/G45/G4E/G54/G49/G44/G41/G44/G45/G53/G20/G42/G41/G4A/G4F /G45/G4C/G20/GC1/G4D/G42/G49/G54/G4F/G20/G44/G45/G20/G4C/G41/G20/G4C/G45/G59/G20/G44/G45/G20/G50/G52/G45/G53/G55/G50/G55/G45/G53/G54/G4F /G44/G45/G4C/G20/G53/G45/G43/G54/G4F/G52/G20/G50/GDA/G42/G4C/G49/G43/G4F/G20/G50/G41/G52/G41/G20/G45/G4C/G20/G41/GD1/G4F/G20/G46/G49/G53/G43/G41/G4C /G32/G30/G30/G33/G2C/G20/G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G38/G37/G39/G2C/G20/G41/G20/G45/G46/G45/G43/G54/G55/G41/G52 /G4D/G4F/G44/G49/G46/G49/G43/G41/G43/G49/G4F/G4E/G45/G53/G20/G50/G52/G45/G53/G55/G50/G55/G45/G53/G54/G41/G52/G49/G41/G53 /G41/G4C/G20/G43/G49/G45/G52/G52/G45/G20/G44/G45/G4C/G20/G41/GD1/G4F/G20/G46/G49/G53/G43/G41/G4C/G20/G32/G30/G30/G33 Artículo 1º.- Objeto La presente Ley tiene por objeto facilitar, por excepción, la gestión presupuestaria institucional durante el último tri- mestre del año 2003, para cuyo efecto los Pliegos com-prendidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2003, podrán efectuar todas las modificacio-nes presupuestarias en el nivel funcional programático quesean necesarias, a efectos de garantizar un adecuado pro- ceso de cierre presupuestal, prescindiendo de lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6º de la Ley Nº 27879,así como en la Segunda Disposición Transitoria, Comple-mentaria y Final de la Ley Nº 27867. Las modificaciones que se aprueben en el marco de lo dispuesto en el párrafo precedente, deberán ser informa- das en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de efec- tuadas, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General dela República del Congreso de la República, ContraloríaGeneral de la República y Dirección Nacional del Presu-puesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Normas Reglamentarias El Ministro de Economía y Finanzas, a través de la Di- rección Nacional del Presupuesto Público, dicta las dispo-siciones reglamentarias, complementarias y de precisiónque sean necesarias para la mejor aplicación de la presen-te Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los treinta días del mes de octubre de dos mil tres. HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de octubre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 20208/G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G53/G45/G4E/G41/G4D/G48/G49/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G50/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G70/G61/G73/G61/G6E/G2D/G74/GED/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 318-2003-PCM Lima, 31 de octubre de 2003 Vista, la Carta Nº 2261-2003-CONAM/SE del Secreta- rio Ejecutivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM; y, CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM y la Embajada Real de los Países Bajos han suscrito un Conve- nio de Contribución denominado "Programa de Fortaleci- miento de Capacidades Nacionales para Manejar el Impac-to del Cambio Climático y la Contaminación del Aire - PRO-CLIM - Fase I", cuyo objetivo es fortalecer las capacidadesnacionales para una gestión efectiva de los recursos hu-manos, institucionales y financieros frente a la problemáti- ca del cambio climático y la calidad del aire, en áreas geo- gráficas y ciudades priorizadas; Que, en el marco del antes citado Convenio de Contri- bución, con fecha 8 de julio del 2003, el CONAM y el Servi-cio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, sus-cribieron un Convenio de Cooperación Interinstitucional para la ejecución de las actividades que se detallan en el Subpro- grama "Regionalización de Modelos de Generación de Es-cenarios Climáticos VA-02", que tiene como objetivo gene-rar escenarios climáticos a nivel de cuencas piloto para suutilización como insumo en la identificación de vulnerabili-dad al cambio climático en áreas prioritarias, así como apo- yar su incorporación en las tareas de planificación y ges- tión del desarrollo regional; Que, para el logro del citado objetivo se requiere, entre otras actividades, la recopilación y preparación deinformación base y condiciones iniciales y de fronterade los datos climáticos que serán utilizados en los mo- delos de generación de escenarios climáticos globales y regionales, para lo cual el SENAMHI ha previsto lacapacitación de algunos profesionales, correspondien-do a tres de ellos realizar una pasantía al Forecast Sys-tems Laboratory - NOAA, así como efectuar visitas alos Centros de Modelamiento Climático de Boulder, Colorado, Estados Unidos de América; Que, teniendo en cuenta la invitación cursada por el Departamento de Comercio de los Estados Unidos, median-te Resolución Jefatural Nº 0294/SENAMHI-JSS-OAI/2003,emitida por el Jefe del SENAMHI, se ha designado a losingenieros Carlos Mauricio Carrillo Cruz y Amelia Isabel Díaz Pabló, para participar en las citadas pasantías; Que, asimismo, mediante Resolución Presidencial Nº 147-IGP/2003, emitida por el Presidente Ejecutivo del IGPse ha designado al ingeniero Nicolás Moisés Cruz Salva-dor, para participar en las citadas pasantías; Que, en este sentido, es conveniente autorizar el viaje de los citados profesionales, por ser de interés nacional e institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y Decreto Supremo Nº047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Boulder, Colorado, Estados Unidos de América, de los ingenieros Carlos Mauricio Carrillo Cruz y Amelia Isabel Díaz Pabló,profesionales del Servicio Nacional de Meteorología e Hi-drología - SENAMHI, del 3 al 12 de noviembre de 2003, ydel ingeniero Nicolás Moisés Cruz Salvador, profesional delInstituto Geofísico del Perú - IGP, del 3 al 22 de noviembre de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presu-puesto del Pliego 007 Consejo Nacional del Ambiente -CONAM, Fuente: 13 Donaciones y Transferencias, de acuer- do al siguiente detalle: