Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2003 (02/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 2 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro de Salud y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 20216

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 20217

RESOLUCION SUPREMA Nº 223-2003-EF
MORDAZA, 1 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Federacion Internacional de la Planificacion de la Familia (IPPF) de Londres, Inglaterra ha efectuado una donacion a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable -INPPARES- consistente en diversos bienes que seran destinados a sus Programas de Planificacion Familiar; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por la Federacion Internacional de la Planificacion de la Familia (IPPF) de Londres, Inglaterra, a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable -INPPARES- consistente en anticonceptivos y otros bienes, segun Certificado de Donacion sin fecha, con un peso aproximado de 139 kgs., segun Conocimiento de Embarque Nº KXJ03242 de South American Independent Line. Dicha donacion sera destinada a los Programas de Planificacion Familiar del Instituto Peruano de Paternidad Responsable -INPPARES-. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 20218

RESOLUCION SUPREMA Nº 222-2003-EF
MORDAZA, 1 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Universidad Purdue de West Lafayette, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA ha efectuado una donacion, a favor del Instituto de Investigacion Nutricional consistente en diversos bienes destinados para equipamiento de los laboratorios que prestan apoyo a los proyectos que beneficia a la poblacion materna e infantil en las zonas mas deprimidas del pais; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por la Universidad Purdue de West Lafayette, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA a favor del Instituto de Investigacion Nutricional consistente en materiales de laboratorio con un valor aproximado de US$ 6 526,00 (Seis Mil Quinientos Veintiseis y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun la Carta de Donacion de fecha 24 de octubre de 2002, la Carta Aclaratoria de fecha 30 de MORDAZA de 2003 y la Resolucion Directoral Nº 0352003-SA/OGCI de fecha 25 de marzo de 2003 modificada por Resolucion Directoral Nº 074-2003-SA/OGCI de fecha 25 de junio de 2003, del Ministerio de Salud y con un peso aproximado de 57 kgs., segun Guia Aerea Nº 8265 2767 2236 0402 de FedEx. Dicha donacion ha sido destinada al Instituto de Investigacion Nutricional para equipamiento de los laboratorios que prestan apoyo a los proyectos que beneficia a la poblacion materna e infantil en las zonas mas deprimidas del pais. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud.

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