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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G37/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de noviembre de 2003 del cerco que invade el tramo recto de la carretera en men- ción; Que, con Informe Nº 190-2003-MTC/22, del 15 de oc- tubre de 2003, el Director Ejecutivo de PROVIAS DEPAR-TAMENTAL informa que se ha constatado que el cercoconstruido por la empresa SAN FERNANDO y que invadeun tramo de la carretera antes mencionado NO HA SIDORETIRADO, y en consecuencia, lo indicado por el represen-tante de la empresa no se ajusta a la verdad; Que, el Decreto Supremo Nº 09-95-MTC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes las actividades de planificación, construcción, mejora-miento, rehabilitación y conservación de la Red Vial Nacio-nal, comprendida en el Clasificador de Rutas, incluyendolos puentes, obras de arte, control de la circulación, seña-lización y el derecho de vía establecido en el Decreto LeyNº 20081; Que, de acuerdo a los informes del Director de Circu- lación Vial de la Dirección General de Caminos y del Resi-dente de Obra Carretera Huaral-Acos, el tramo ocupadose encuentra registrado en el inventario de la Red Vial Na-cional, de acuerdo al Clasificador de Rutas; Que, existen evidencias de la ocupación de parte de la carretera Huaral-Pacaybamba-Sumbilca, en el tramo Km.13+600 - Km. 17+600, que forma parte de la Red Vial Na-cional, por la Avícola San Fernando; por lo que existe pre-sunción de la comisión de delitos; Que, es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes y Co-municaciones para que interponga las acciones legalescorrespondientes contra los que resulten responsable porla indebida ocupación y clausura de un tramo de la carre-tera Huaral-Pacaybamba-Sumbilca, que forma parte de laRed Vial Nacional, tendientes a la recuperación del tramoocupado; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 yla Ley Nº 27791; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones, para que en nombre y representación delEstado, inicie y culmine las acciones legales que corres-pondan contra la empresa San Fernando S.A. y los queresulten responsables, por la ocupación y clausura del tra-mo de la carretera Huaral-Pacaybamba-Sumbilca; por lasrazones expuestas en la parte considerativa de la presen-te Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial así como los antecedentes del caso al Procu-rador Público, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 20567 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61 /G22/G4F/G70/G74/G69/G6D/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G75/G61/G20/G79 /G4C/G75/G63/G68/G61/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G49/G6E/G63/G65/G6E/G64/G69/G6F/G22/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G6C /G50/G6F/G72/G74/G75/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G61/G72/G61/G6E/G69 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 315-2003-MTC/13 Lima, 14 de octubre de 2003 Vista la solicitud, Expediente Técnico Nº 019682-2003, presentada con fecha 30 de septiembre de 2003 por laEmpresa TERMINAL INTERNACIONAL DEL SUR S.A.(TISUR S.A.) solicitando autorización para la ejecución dela obra: "Optimización del Sistema de Agua y Lucha Con-tra Incendio" en el Terminal Portuario de Matarani; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Orgánica del Sector Transportes y Comunicacio-nes y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, corresponde a la Dirección Generalde Transporte Acuático entre otras funciones, laautorización para la ejecución de Obras de Infraestruc-tura Portuaria en los Terminales Portuarios comprendi-dos dentro de la Red Portuaria Nacional. Asimismo,propone y en su caso emite, la normatividad subsecto-rial correspondiente; Que, TISUR S.A. concesionario del Terminal Portua- rio de Matarani, con fecha 17 de agosto de 1999, hainiciado sus operaciones en el citado Terminal Portua-rio en virtud del Contrato de Concesión que tiene sus-crito con el Estado Peruano, dentro del cual se estable-cen obligaciones contractuales relacionadas a la eje-cución de inversiones denominadas "Mejoras Obligato-rias" de conformidad con lo dispuesto en la CláusulaQuinta, numeral 5.5.1 del mencionado contrato, asícomo en los Anexos "D" y formato 5.5 (A), respectiva-mente; Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infra- estructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), conOficios Nº 426-03-GS-I2-OSITRAN (16.JUL.03), Nº 532-03-GS-A2-OSITRAN (21.AGO.03) y Nº 641-03-GS-I2-OSI-TRAN (19.SEPT.03) ha manifestado su conformidad y conel Expediente Técnico de la obra: "Optimización del Siste-ma de Agua y Lucha Contra Incendio" en el Terminal Por-tuario de Matarani"; Que, habiendo TISUR S.A. cumplido con los requisitos previstos en el TUPA del MTC, aprobado por D.S. Nº 008-2002-MTC (27.FEB.2002), resulta necesario autorizar laejecución de la referida obra, dictándose el Acto Adminis-trativo correspondiente; Que, estando la opinión favorable de la Dirección de Asesoría Técnica y Coordinación Regional de la DirecciónGeneral de Transporte Acuático, emitida mediante InformeNº 134-2003-MTC/13-DATCR y del Asesor Legal con In-forme Nº 311-2003-MTC/13.al; y, De conformidad, con lo dispuesto por la Ley Nº 27791 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y con el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos (TUPA) del MTC, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 008-2002-MTC (27.FEB.02); SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la empresa TERMINAL INTER- NACIONAL DEL SUR S.A. (TISUR S.A.), la ejecución dela obra: "Optimización del Sistema de Agua y Lucha Con-tra Incendio" en el Terminal Portuario de Matarani". Artículo 2º.- El Expediente Técnico y demás docu- mentación presentada por la Empresa Terminal Interna-cional del Sur S.A. quedarán en custodia en los archivosde la Dirección de Asesoría Técnica y Coordinación Re-gional de la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructurade Transporte de Uso Público (OSITRAN) y a la EmpresaTerminal Internacional del Sur S.A. (TISUR S.A). Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su notificación o publica-ción en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director General 19396 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G61 /G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0456–2003-P-CSJL/PJ Lima, 7 de noviembre de 2003