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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G38/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 25 de noviembre de 2003 Artículo 3º.- Establecer la condición de indivisibilidad de los lotes aprobados, así como la obligación de seguir eltrámite para la aprobación de la recepción de obras a laculminación de las obras de habilitación para su anexión alcasco urbano. Artículo 4º.- Considérense esta habilitación con cons- trucción simultánea debiendo solicitar para ello previamentea las respectivas autorizaciones y licencias de construc-ción de la Municipalidad de El Agustino. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la que estará acargo de los interesados. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimientoy fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 21676 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G33 /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G67/G65/G73/G74/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G65/G72/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G2D/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G20/G57/G69/G72/G61/G63/G6F/G63/G68/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 080 San Juan de Lurigancho, 20 de noviembre de 2003EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 063 de fe- cha 28 de agosto de 2003 y publicada en el Diario Ofi-cial El Peruano el 7 de setiembre de 2003, el ConcejoMunicipal del Distrito de San Juan de Lurigancho apro-bó por Unanimidad respaldar totalmente las acciones ygestiones que viene realizando el señor Alcalde de laMunicipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, donMauricio Rabanal Torres, para materializar la formali-zación de la conservación de la administración del GranParque Wiracocha y la cesión de todos los atributos,facultades y derechos inherentes a dicha administra-ción por parte de la Municipalidad Metropolitana deLima, atendiendo al acuerdo arribado con el señor LuisCastañeda Lossio, Alcalde Metropolitano de Lima el día3 de julio anterior apoyando su actuación decidida ha-cia dicho fin, decisión que además fuera citada en re-petidas veces en las subsiguientes reuniones de traba-jo; Que, la decisión adoptada por el Concejo Municipal se constituyó en importante aliciente y motivación a lasacciones de esta gestión municipal para lograr el man-tenimiento de la administración del precitado Parque Zo-nal, con el fin de materializar y formalizar el acuerdoentre ambas autoridades ediles antes citado, el cual fue-ra celebrado y reconocido por las organizaciones veci-nales representativas del distrito y en general los veci-nos de San Juan de Lurigancho, en tanto repercute po-sitivamente en el desarrollo de nuestro distrito y de laCapital de la República, permitiendo cimentar las ac-ciones de gestión y administración del Parque Zonaltrazadas por esta gestión municipal, optimizando suscapacidades y servicios en beneficio de la población; Que, tal como se cita en el Acuerdo de Concejo alu- dido, con posterioridad a la fecha indicada, las autori-dades locales en forma directa y a través de sus repre-sentantes, han venido sosteniendo algunas reuniones de coordinación para formalizar el reconocimiento dela Municipalidad Distrital de San Juan de Luriganchocomo administradora directa del Parque Zonal Wiraco-cha ubicado en nuestra jurisdicción cediendo la Muni-cipalidad Metropolitana de Lima todos los atributos, fa-cultades y derechos inherentes a dicha administración,habiéndose hecho entrega formal de un proyecto deDeclaración Institucional conjunta y acuerdo de volun-tades destinado a dicha finalidad; Que, no obstante lo expuesto, con fecha 17 de no- viembre de 2003, la Municipalidad Distrital de San Juande Lurigancho, ha recibido una comunicación fechadael 13 de noviembre de 2003, del señor Ciro GutiérrezRodríguez, Gerente General del Servicio de Parquesde Lima de la Municipalidad Metropolitana de Lima,cursada por conducto notarial en el que se solicita seproceda a efectuar la transferencia del Parque Zonal afavor de SERPAR LIMA en un plazo perentorio de 15días, desconociendo de esta manera y en forma abso-luta, la decisión del Alcalde Metropolitano de Lima, he-cha pública de, por el contrario, permitir el mantenimien-to de la administración del parque a favor de esta Cor-poración Edilicia; Que, el Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho considera que la decisión de SERPAR LIMA contenida enla carta notarial el 13 de noviembre de 2003, no solamentedesdice la voluntad del titular de la Municipalidad Metropo-litana de Lima en procura de la armonía, unión y coopera-ción entre ambas entidades de gobierno local sino que ade-más, resiste y opone dicha decisión, ofendiendo y enfren-tando innecesariamente a la comunidad de San Juan deLurigancho con la Corporación Edilicia Metropolitana ensu conjunto; Que, SERPAR LIMA olvida que la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, conceptúa en sus artícu-los I, V y VII de su Título Preliminar, a los gobiernos localescomo entidades básicas de la organización territorial delEstado, promotores del desarrollo local, quienes actúan yse relacionan con los niveles de gobierno a través de prin-cipios de cooperación y coordinación, con criterio de con-currencia y preeminencia del interés público y sobre la basedel principio de subsidiaridad el cual considera que el go-bierno más cercano a la población es el más idóneo paraejercer la competencia o función, criterios éstos que sir-van de guía y orientación en la interpretación y aplicacióndebida de las normas generales y específicas contenidasen la Ley; Que, en esa medida, resulta ajena al espíritu del legis- lador y a la motivación propia de la Ley Orgánica, la aplica-ción parcial y sesgada que hace SERPAR LIMA de la mis-ma, cuando una adecuada interpretación del conjunto desus normas permite concluir que la administración del Par-que Zonal Wiracocha constituye una función especial de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, pero compartida conla Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho quien,por mandato constitucional y legal, debe también partici-par en las decisiones relativas a la administración y mejo-ramiento del mismo, optimizando los servicios que dichaárea brinda a nuestros vecinos en aplicación del principiode subsidiaridad; Que, frente a la situación actual descrita y en ejercicio de la función que compete al Concejo prevista en el artícu-lo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, correspondea este órgano colegiado no solamente ratificar el respaldonecesario al señor Alcalde de la Municipalidad de San Juande Lurigancho, don Mauricio Rabanal Torres, en las accio-nes y gestiones que viene realizando para materializar laformalización de la conservación de la administración delGran Parque Wiracocha y la cesión de todos los atributos,facultades y derechos inherentes a dicha administraciónpor parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, comofuera acordado mediante Acuerdo de Concejo Nº 063, sinoademás la expresa discrepancia con los términos conteni-dos en la carta notarial, esperando esta Municipalidad ysus vecinos, por el contrario, una respuesta frente al pro-yecto de convenio remitido; En uso de las atribuciones y obligaciones de los regi- dores señaladas en el artículo 41º de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972, con el VOTO MAYORITA-RIO del Pleno del Concejo y las ABSTENCIONES de los