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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G38/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 25 de noviembre de 2003 por la ANR corresponde efectuarlas al titular de la Institu- ción, procediéndose a expedir la resolución respectiva; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones que le reconoce a la AsambleaNacional de Rectores y en virtud del Reglamento de Coor-dinación Interuniversitaria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Francisco Delgado de la Flor Badaracco, Presidente de la AsambleaNacional de Rectores, a fin de participar en los siguienteseventos: - Reunión del Consejo Asesor Internacional de Univer- sia que tendrá lugar en Sao Paulo - Brasil, del 27 al 28 denoviembre de 2003. - Pleno del Consejo Universitario Iberoamericano - CUIB que se llevará a cabo en Porto Alegre - Brasil entre el29 y 30 de noviembre de 2003. Artículo 2º.- La Asamblea Nacional de Rectores cubri- rá los gastos siguientes: - Pasajes ruta: Sao Paulo, Porto Alegre , Sao Paulo Apr ox. US $ 479.00 - Viáticos x seis días (6) US $ 1,200.00 ($200.00 x día) - Impuesto aeropuerto Perú US $ 28.00 - Impuesto aeropuerto Brasil (Sao Paulo) US $ 6.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rios siguientes de efectuado el viaje, el Presidente de laAsamblea Nacional de Rectores, deberá presentar un in-forme detallado describiendo las acciones realizadas du-rante el viaje, así como cuenta documentada por los viáti-cos entregados. Artículo 4º.- El egreso que ocasione la aplicación de la presente resolución, se afectará a las Partidas Específi-cas 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones. Actividad 1 00267Gestión Administrativa. Componente 3 0693 Gestión Ad-ministrativa. Programa 003 Administración. Sub Programa0006 Administración General. Función 09 Educación yCultura. Fuente de Financiamiento Recursos Directamen-te Recaudados del Presupuesto Institucional Año Fiscal2003 del Pliego 540: Asamblea Nacional de Rectores Regístrese y comuníquese.FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molinay Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores ROCÍO RONDINEL SOSA Secretaria General 22008 ANR - CONAFU /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G61/G64/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G61/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G61/G72/G2D /G74/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G43/G6C/G61/G72/G61/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G20 /G73/G65/G64/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 214-2003-CONAFU Lima, 19 de noviembre de 2003 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 73908 del 15 de agosto de 2003, organizado por la Promotora Univer-sidad Particular Santa Clara, hoy Sociedad EducadoraSanta Clara S.A.C., para solicitar al CONAFU la autori-zación provisional de funcionamiento de la denominadaUniversidad Particular Santa Clara (U-PSC), en el régimen del Decreto Legislativo Nº 882; el Informe Nº 204-2003-CONAFU-CEAA del 1 de setiembre del 2003; el InformeNº 163-2003-CONAFU-CJP del 1 de setiembre del 2003;el Oficio Nº 950-2003-CONAFU-P del 2 de setiembre del2003; el Expediente Nº 77737 del 11 de setiembre del 2003;el Informe Nº 191-2003-CONAFU-CJP del 13 de octubredel 2003; el Oficio Nº 1102-2003-CONAFU-P del 14 deoctubre del 2003; el Expediente Nº 79812 del 16 de octu-bre del 2003; el Informe Nº 198-2003-CONAFU-CJP del23 de octubre del 2003; el Oficio Nº 1166-2003-CONAFU-P del 27 de octubre del 2003; el Expediente Nº 80263 del29 de octubre del 2003; el Oficio Nº 1242-2003-CONAFU-P del 11 de noviembre del 2003; el Acuerdo Nº 276-2003-CONAFU de la Sesión Ordinaria del 13 de noviembre del2003; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades- CONAFU, como órgano autónomo, teniendo como atribu-ción: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autoriza-ción de funcionamiento de las nuevas universidades a ni-vel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegan-do su funcionamiento provisional o definitivo, previa verifi-cación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condi-ciones establecidas en la Ley, y los reglamentos del CO-NAFU; Que, con documento de Vistos el representante legal de la Promotora Sociedad Educadora Santa Clara, solicitaal CONAFU la autorización provisional de funcionamientode la denominada Universidad Particular Santa ClaraS.A.C., (U-PSC), bajo los alcances de la "Ley de Promo-ción de la Inversión en la Educación", Decreto LegislativoNº 882 del 9 de setiembre de 1996, para lo cual adjunta losrequisitos establecidos en la Ley, la Resolución Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000 y, la Guía para lapresentación de Proyectos Institucionales de Nuevas Uni-versidades; Que, tal como lo dispone la Resolución Nº 657-99-CO- NAFU del 22 de noviembre de 1999, modificada por la Re-solución Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del2000, el expediente presentado fue derivado a la ComisiónJurídica Permanente y al Consejero de Evaluación y Asun-tos Académicos, quienes previo levantamiento deobservaciones han emitido informes favorables sobre lasolicitud de autorización provisional de la denominadaUniversidad Privada Santa Clara (U-PSC), recomendandosu admisión a trámite; Que, habiéndose cumplido con los actos adminis- trativos señalados en el numeral 5) del Anexo Nº 1 dela Resolución Nº 94-2000-CONAFU, y contando con elAcuerdo favorable del Pleno del Consejo Nacional parala Autorización de Funcionamiento de Universidades -CONAFU del 13 de noviembre del 2003, es procedenteadmitir a trámite la solicitud de autorización provisionalde funcionamiento de la Universidad Privada Santa Cla-ra (U-PSC); Estando a lo expuesto, en concordancia con la Ley 26439; el Decreto Legislativo Nº 882; el Estatuto y Regla-mento General del CONAFU, el Reglamento para la Auto-rización de Funcionamiento de Universidades; la Resolu-ción Nº 657-99-CONAFU, modificada por la Resolución Nº94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000; el Acuer-do del Pleno Nº 276-2003-CONAFU de la Sesión Ordina-ria del 13 de noviembre del 2003 y en uso de las facultadesconferidas por el literal c) del Artículo 16º del ReglamentoGeneral del CONAFU; SE RESUELVE; Artículo 1º.- ADMITIR a trámite la solicitud presentada por la Promotora Sociedad Educadora Santa Clara S.A.C,para que se otorgue autorización provisional de funciona-miento a la denominada UNIVERSIDAD PARTICULARSANTA CLARA (UPSC), con sede en la ciudad de Lima,bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882. Artículo 2º.- PROSÍGASE el trámite de la solicitud de autorización provisional de funcionamiento de la deno-minada Universidad Particular Santa Clara, con el procedi-