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PÆg. 253027 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX ha programado la participación del Perú en la FERIA DEL AMOBLAMIENTO, a realizarse en la ciudad de HIGH POINT en el Estado de Carolina del Norte, EstadosUnidos de Norte América, del 16 al 22 de octubre del 2003; Que, es pertinente designar a un representante de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX,para que asista al mencionado evento, con la finalidad de que realice las coordinaciones técnicas y de logística nece- sarias, para consolidar la presencia de empresas peruanasen la feria más importante del mundo de amoblamiento para el hogar, evaluar las perspectivas de la oferta exportable peruana de muebles en el mercado americano, establecien-do contacto directo con empresas importadoras y fabrican- tes de muebles y componentes, así como tomar experien- cias que permitan incursionar en la exportación de produc-tos de madera con el más alto valor agregado; Que, asimismo, se tiene previsto entre las actividades a rea- lizar establecer contacto directo con instituciones y gremios delSector muebles y decoración presentes en el recinto Ferial así como evaluar y calificar empresas y/o consultores independien- tes especializados en estudios de mercado del mueble en losEstados Unidos y también establecerá contacto con fábricas de muebles ubicadas en HIGH POINT para visitas de los em- presarios peruanos participantes en el evento; Que, en cumplimiento del artículo 18º de la Ley de Pre- supuesto del Sector Público para el año fiscal 2003, los viajes se autorizan por razones estrictamente indis-pensables, para cumplir las metas y objetivos del sector; Que, la participación de PROMPEX en la referida feria internacional en el Estado de Carolina del Norte, EstadosUnidos de Norte América, resulta indispensable para pro- mocionar el sector Maderas a nivel internacional; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 27619 y 27879, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Due- ñas Maldonado, Asesor de la Gerencia de Promoción de Mercados del Sector Manufacturas Diversas, Sector Made- ras de la Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX, a la ciudad de HIGH POINT en el Estado de Carolina del Norte, Estados Unidos de Norte América, del 14 al 23 de octubre del 2003, para los fines expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuará con cargo al Presu-puesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción de Ex- portaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Ex-portaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Ricardo Dueñas Maldonado Viáticos : US$ 1,810.00 Pasajes : US$ 40.80 Tarifa CORPAC : US$ 28.24Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el representante de PROMPEX, autorizado mediante Artículos 1º y 2º de la presente resolución, presentará al Titular de la entidad uninforme detallado sobre las acciones realizadas y los lo- gros obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18399 DEFENSA Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales para la nulidad de sentencia de Acción de Amparo que confirió bene- ficios no pensionables a oficial FAP (r) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1342-DE/FAP Lima, 2 de setiembre de 2003 Visto, el Oficio V-35-MINDEF-FAP Nº 134 del 18 marzo 2003, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, mediante el cual solicita se autorice al Procurador Público acargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aérea, para iniciar las Acciones Judi- ciales correspondientes contra el Estado - Poder Judicial ylos Magistrados de la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Lima doctores RAFAEL JAEGER REQUEJO, JESUS MANUEL SOLLER RODRIGUEZ y ROMULO TORRESVENTOCILLA que suscribieron la Sentencia del 12 de setiembre del 2002 recaída en la Acción de Amparo seguida por el Comandante FAP (r) BLAS CHACON FRANCO con-tra El Estado - Ministerio de Defensa (Fuerza Aérea). CONSIDERANDO: Que, el Comandante FAP (r) BLAS CHACON FRAN- CO interpuso demanda con el objeto que se declare Inaplicable la Resolución Directoral Nº 0502-01-CP del 10de junio de 2001, que denegó por Improcedente su solici- tud del 11 de abril del 2001 para que se le otorgue combusti- ble y chofer en similares condiciones que a los Coronelesen Situación Militar de Actividad y de la Resolución de la Comandancia General de la FAP Nº 1031 CGFA/CP-2001 del 13 de julio del 2001 que declaró Infundado el Recursode Apelación contra la citada Resolución Directoral; Que, tramitado el proceso ante el 65º Juzgado Civil de Lima Expediente Nº 4972-2001, éste mediante Sentencia del21 de marzo del 2002 declaró Improcedente la demanda; Que, elevados los actuados a la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, esta instancia medianteSentencia del 12 de setiembre del 2002 revocó la sentencia apelada, declarando fundada la demanda y en consecuen- cia inaplicable respecto al accionante la Resolución de la