Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2003 (13/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 13 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, debiendose efectuar la transferencia de los bienes que conforman el proyecto "Suministro de materiales y equipos para la electrificacion de las localidades de Suro y Namiahuain", financiado por la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas a la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, es necesario aprobar el monto de inversion de los materiales y equipos que forman parte del proyecto, cuya valorizacion en libros asciende a Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Once y 30/100 Nuevos Soles (S/. 58 211,30), suma que no incluye IGV, valor ajustado al 31 de diciembre de 2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 021-93-EM, que constituyo la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas; Con la opinion favorable del Director Ejecutivo de Proyectos y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de los bienes que conforman el proyecto "Suministro de materiales y equipos para la electrificacion de las localidades de Suro y Namiahuain", ubicado en la provincia de Cajatambo, departamento de MORDAZA, a la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, financiado con recursos del Tesoro Publico a traves de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, por un valor en libros de Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Once y 30/100 Nuevos Soles (S/. 58 211,30), monto que no incluye IGV, valor ajustado al 31 de diciembre de 2002. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el articulo primero de la presente Resolucion, a fin de que procedan a realizar las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 18653

INTERIOR
Declaran que ex prefecto y encargado del cargo en el departamento de MORDAZA han incurrido en falta administrativa no grave
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1756-2003-IN/1300 MORDAZA, 6 de octubre del 2003 Vista el Acta Nº 005-2003-COESPROADMI, del 5.FEB.2003, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (COESPROADMI), designada mediante Resolucion Ministerial Nº 2008-2002-IN/0901, del 31.OCT.2002, correspondiente a la culminacion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Prefecto del departamento de MORDAZA y al Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto encargado de dicha dependencia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0135-2003-IN, del 4.FEB.2003, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto del departamento de MORDAZA y al Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto encargado de dicha dependencia, por presunta inconducta funcional, consistente, en el caso del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en no haber ejercido un adecuado control del gasto del presupuesto distributivo mensual, destinado para funcionamiento de la Prefectura, en su calidad de Prefecto y responsable de dicho gasto, incumpliendo lo establecido en la Directiva Nº 001-2000-IN-1506 que MORDAZA el control y la adecuada administracion de los fondos destinados para los gastos de funcionamiento de las Prefecturas y Subprefecturas correspondientes al ano 2000, lo que posibilito que una persona no autorizada formule pedidos de bienes y servicios a cuenta de la Prefectura, generandose una deuda de mil ciento

sesenta y siete Nuevos Soles con treinta centimos (S/. 1,167.30), ante la Libreria Imprenta Editorial Universal, que no fue cancelada en su oportunidad y, en el caso del Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incluido en la rendicion de cuenta de los dos mil cuatrocientos Nuevos Soles (S/. 2,400) que le fueron girados, destinados a cubrir los gastos de funcionamiento de la Prefectura de MORDAZA de los meses de noviembre y diciembre 2000, en su calidad de Prefecto encargado y responsable de dicho gasto, el pago de facturas y boletas que no correspondia, tal como facturas y boletas de gastos de la Prefectura del mes de enero 2001 y boletas de gastos de la Subprefectura de MORDAZA, de la que era titular el procesado, por un monto de quinientos veintitres Nuevos Soles con cincuenta centimos (S/. 523.50), dejando pendientes de pago deudas anteriores de la Prefectura; Que, con fecha 20.FEB.2003 se recepciono el descargo escrito del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asimismo, con fecha 28.FEB.2003 se llevo a cabo el informe oral y se recepciono el descargo escrito del Sr. Elber MORDAZA MORDAZA ZUNIGA; Que, si bien los hechos citados en el primer considerando constituyen falta de caracter administrativa prevista en el articulo 28º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, la citada Comision Especial luego de revisar los actuados y analizar los descargos presentados por los procesados, ha concluido que, en el caso del Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han concurrido circunstancias que habrian dado lugar a que se produzcan las faltas cometidas y atenuan su gravedad y, en el caso del Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, igualmente habrian razones que atenuan la gravedad de la falta, no ameritando en consecuencia, en ninguno de los casos, ser causal de cese temporal por mas de treinta dias o de destitucion, sanciones contempladas en el articulo 163º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, de conformidad con lo establecido en los articulos 25º, 26º y 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y a lo propuesto en los articulos 150º, 151º, 152º, 154º, 155º, y 170º de su Reglamento, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, designada mediante Resolucion Ministerial Nº 2008-2002-IN, ha recomendado por unanimidad, se resuelva conforme lo senalado en el considerando anterior y que, la autoridad administrativa competente los sanciones, segun corresponda; Dado lo recomendado, con opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto del departamento de MORDAZA, ha incurrido en falta administrativa no grave, conforme lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarar que el Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto encargado del departamento de MORDAZA, ha incurrido en falta administrativa no grave, conforme lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Disponer que el expediente del MORDAZA administrativo disciplinario vuelva a la Direccion General de Gobierno Interior, a fin de que se proceda a sancionar a MORDAZA ex Autoridades Politicas, segun corresponda. Articulo 4º.- Notificar al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que, en un plazo perentorio, asuma la deuda de mil ciento sesenta y siete Nuevos Soles con treinta centimos (S/. 1,167.30) y demas costos que se deriven de tal deuda, ante la Libreria Imprenta Editorial Universal, generada durante su gestion como Prefecto del departamento de MORDAZA, caso contrario, se proceda conforme a Ley. Articulo 5º.- Notificar al Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que, en un plazo perentorio, proceda a reponer el monto de noventa y cinco Nuevos Soles con cincuenta centimos (S/. 95.50), correspondiente a pagos indebidos autorizados durante su gestion como Prefecto encargado y que dicho monto sea entregado al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para los fines senalados en el articulo anterior, caso contrario se proceda conforme a Ley. Articulo 6º.- Comunicar al Sr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, dueno de la Libreria Imprenta Editorial Universal la presente Resolucion, quedando MORDAZA su derecho a recurrir a la via legal contra las citadas ex-Autoridades Politicas si no fuese cancelada su deuda. Articulo 7º.- Comunicar la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Gobierno Interior y a la Oficina de Personal del Ministerio del Interior para su conoci-

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