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PÆg. 253031 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de octubre de 2003 Que, debiéndose efectuar la transferencia de los bienes que conforman el proyecto "Suministro de materiales y equi- pos para la electrificación de las localidades de Suro y Na- miahuain", financiado por la Dirección Ejecutiva de Proyec-tos del Ministerio de Energía y Minas a la Empresa de Admi- nistración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, es necesario aprobar el monto de inversión de los materiales yequipos que forman parte del proyecto, cuya valorización en libros asciende a Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Once y 30/100 Nuevos Soles (S/. 58 211,30), suma que no incluyeIGV, valor ajustado al 31 de diciembre de 2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; el DecretoSupremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 021-93-EM, que constituyó la Dirección Ejecu-tiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Pro- yectos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de los bienes que conforman el proyecto "Suministro de materiales y equi-pos para la electrificación de las localidades de Suro yNamiahuain", ubicado en la provincia de Cajatambo, de-partamento de Lima, a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, financiado con recursos del Tesoro Público a través de la Dirección Ejecu-tiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, por unvalor en libros de Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Once y30/100 Nuevos Soles (S/. 58 211,30), monto que no inclu-ye IGV, valor ajustado al 31 de diciembre de 2002. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINEL-SA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la ActividadEmpresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artí-culo primero de la presente Resolución, a fin de que proce-dan a realizar las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 18653 INTERIOR Declaran que ex prefecto y encargado del cargo en el departamento de HuÆnu- co han incurrido en falta administrativano grave RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1756-2003-IN/1300 Lima, 6 de octubre del 2003Vista el Acta Nº 005-2003-COESPROADMI, del 5.FEB.2003, de la Comisión Especial de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (COES- PROADMI), designada mediante Resolución Ministerial Nº 2008-2002-IN/0901, del 31.OCT.2002, correspondiente a laculminación del proceso administrativo disciplinario instau- rado al Sr. Juan Manuel MARIN HORNA ex Prefecto del departamento de Huánuco y al Sr. Elber Pedro LEANDROZÚÑIGA, ex Prefecto encargado de dicha dependencia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0135-2003-IN, del 4.FEB.2003, se instauró proceso administrativo discipli-nario al Sr. Juan Manuel Marín Horna, ex Prefecto del depar- tamento de Huánuco y al Sr. Elber Pedro Leandro Zúñiga, ex Prefecto encargado de dicha dependencia, por presunta in-conducta funcional, consistente, en el caso del Sr. Juan Ma- nuel Marín Horna, en no haber ejercido un adecuado control del gasto del presupuesto distributivo mensual, destinado parafuncionamiento de la Prefectura, en su calidad de Prefecto y responsable de dicho gasto, incumpliendo lo establecido en la Directiva Nº 001-2000-IN-1506 que norma el control y laadecuada administración de los fondos destinados para los gastos de funcionamiento de las Prefecturas y Subprefectu-ras correspondientes al año 2000, lo que posibilitó que unapersona no autorizada formule pedidos de bienes y serviciosa cuenta de la Prefectura, generándose una deuda de mil cientosesenta y siete Nuevos Soles con treinta céntimos (S/. 1,167.30), ante la Librería Imprenta Editorial Universal, queno fue cancelada en su oportunidad y, en el caso del Sr. ElberPedro Leandro Zúñiga, por haber incluido en la rendición de cuenta de los dos mil cuatrocientos Nuevos Soles (S/. 2,400) que le fueron girados, destinados a cubrir los gastos de fun-cionamiento de la Prefectura de Huánuco de los meses denoviembre y diciembre 2000, en su calidad de Prefecto en-cargado y responsable de dicho gasto, el pago de facturas yboletas que no correspondía, tal como facturas y boletas de gastos de la Prefectura del mes de enero 2001 y boletas de gastos de la Subprefectura de Huánuco, de la que era titularel procesado, por un monto de quinientos veintitrés NuevosSoles con cincuenta céntimos (S/. 523.50), dejando pendien-tes de pago deudas anteriores de la Prefectura; Que, con fecha 20.FEB.2003 se recepcionó el descargo es- crito del Sr. Juan Manuel MARIN HORNA, asimismo, con fecha 28.FEB.2003 se llevó a cabo el informe oral y se recepcionó eldescargo escrito del Sr. Elber Pedro LEANDRO ZÚÑIGA; Que, si bien los hechos citados en el primer considerando constituyen falta de carácter administrativa prevista en el artí-culo 28º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Ba- ses de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, la citada Comisión Especial luego de revisarlos actuados y analizar los descargos presentados por losprocesados, ha concluido que, en el caso del Señor JuanManuel Marín Horna, han concurrido circunstancias que ha-brían dado lugar a que se produzcan las faltas cometidas y atenúan su gravedad y, en el caso del Sr. Elber Pedro Lean- dro Zúñiga, igualmente habrían razones que atenúan la gra-vedad de la falta, no ameritando en consecuencia, en ningu-no de los casos, ser causal de cese temporal por más de treinta días o de destitución, sanciones contempladas en el artículo 163º del Reglamento de la Ley de la Carrera Adminis- trativa aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 25º, 26º y 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi-co y a lo propuesto en los artículos 150º, 151º, 152º, 154º, 155º, y 170º de su Reglamento, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, desig-nada mediante Resolución Ministerial Nº 2008-2002-IN, ha recomendado por unanimidad, se resuelva conforme lo señala- do en el considerando anterior y que, la autoridad administrativacompetente los sanciones, según corresponda; Dado lo recomendado, con opinión favorable de la Ofi- cina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que el Sr. Juan Manuel MARIN HORNA, ex Prefecto del departamento de Huánuco, ha in- currido en falta administrativa no grave, conforme lo señala- do en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Declarar que el Sr. Elber Pedro LEANDRO ZUÑIGA, ex Prefecto encargado del departamento de Huánu- co, ha incurrido en falta administrativa no grave, conforme loseñalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que el expediente del proceso administrativo disciplinario vuelva a la Dirección Generalde Gobierno Interior, a fin de que se proceda a sancionar a ambas ex Autoridades Políticas, según corresponda. Artículo 4º.- Notificar al Sr. Juan Manuel MARIN HOR- NA para que, en un plazo perentorio, asuma la deuda de mil ciento sesenta y siete Nuevos Soles con treinta cénti- mos (S/. 1,167.30) y demás costos que se deriven de taldeuda, ante la Librería Imprenta Editorial Universal, gene- rada durante su gestión como Prefecto del departamento de Huánuco, caso contrario, se proceda conforme a Ley. Artículo 5º.- Notificar al Sr. Elber Pedro LEANDRO ZUÑIGA para que, en un plazo perentorio, proceda a repo- ner el monto de noventa y cinco Nuevos Soles con cin-cuenta céntimos (S/. 95.50), correspondiente a pagos in- debidos autorizados durante su gestión como Prefecto en- cargado y que dicho monto sea entregado al Sr. Juan Ma-nuel MARIN HORNA, para los fines señalados en el ar- tículo anterior, caso contrario se proceda conforme a Ley. Artículo 6º.- Comunicar al Sr. Luis A. Llanos Agüero, dueño de la Librería Imprenta Editorial Universal la pre- sente Resolución, quedando expedito su derecho a recu- rrir a la vía legal contra las citadas ex-Autoridades Políti-cas si no fuese cancelada su deuda. Artículo 7º.- Comunicar la presente Resolución Ministe- rial a la Dirección General de Gobierno Interior y a la Ofici-na de Personal del Ministerio del Interior para su conoci-