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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G39/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de setiembre de 2003 MINCETUR /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G79 /G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/GF3/G20/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/GE1/G71/G75/G69/G6E/G61/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G2D /G64/G61/G73/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G70/G6F/G72/G74/G20/G42/G65/G74/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 711-2003-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 13 de agosto de 2003 Vistos, el Expediente Nº 22809-2001-MITINCI, de fe- cha 24.8.2001 en el que la empresa Sport Bets S.A. so-licita la autorización y registro (homologación) de un modelo de máquina tragamonedas así como la modifica- ción del Certificado de Cumplimiento Nº 200108-09, pre-sentada por el Laboratorio de Certificación de la Pontifi- cia Universidad Católica del Perú mediante Expediente Nº 013180-2003-MINCETUR; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 22809-2001-MITINCI, de fecha 24.08.2001, la empresa Sport Bets S.A. solicitó la autorización y registro de la máquina tragamonedasdel fabricante Austrian Gaming Industries GMBH pertene- ciente al modelo A-C1; Que, mediante Resolución Directoral Nº 943-2001-MI- TINCI/VMT/DNT, de fecha 13.09.2001, la Dirección Na- cional de Turismo autorizó y registro el referido modelo de máquina tragamonedas con el Código: B0000142; Que, dicha autorización y registro se sustentó en el Certificado de Cumplimiento Nº 200108-09, de fecha 10.08.2001, expedido por el Laboratorio de Certificaciónde la Pontificia Universidad Católica del Perú así como en el Informe Técnico Nº 042-2001-MITINCI/VMT/DNT/ DEJCMT/DICF/HRA; Que, en virtud de la modificación del mencionado Certificado de Cumplimiento presentada por el Labora- torio de Certificación de la Pontificia Universidad Católi-ca del Perú mediante Expediente Nº 013180-2003-MIN- CETUR, de fecha 25.7.2003, se determina que el fabri- cante del referido modelo de máquina tragamonedas nofue la empresa Austrian Gaming Industries GMBH sino la empresa Sport Bets S.A.; Que, en tal consideración, corresponde modificar el detalle técnico del modelo de máquina tragamonedas autorizado por la Dirección Nacional de Turismo según las especificaciones señaladas en el mencionado Certifi-cado de Cumplimiento así como en el Informe Técnico Nº 058-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM; Que, en observancia de los Principios de Presunción de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores regulado en los numerales 1.7 y 1.16 del artículo IV de la Ley Nº 27444, se presume la veracidad de la documentación y/o informa-ción presentada, no obstante, la Administración en ejercicio de su facultad de fiscalización prevista en el artículo 24º de la Ley Nº 27153, se reserva el derecho de verificar su autentici-dad, y aplicar de ser el caso, la sanción administrativa correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, y los Informes Legal Nº 418-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR y Técnico Nº058-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar la Resolución Directoral Nº 943- 2001-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 13.09.2001, en virtud dela cual se autorizó y registró el modelo de máquina tragamo- nedas A-C1, únicamente en lo que respecta al nombre del fabricante y país de origen, según el siguiente detalle: Fabricante Sport Bets S.A. País de Origen Perú Artículo 2º.- La empresa Sport Bets S.A. se encuen- tra en la obligación de proceder al cambio de las placas de identificación de todas las máquinas tragamonedasque hayan sido fabricadas y colocadas en el mercadonacional así como de cualquier otro signo distintivo in- serto en la máquina tragamonedas que no correspondacon el nombre del fabricante y el país de origen, según lo señalado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 16485 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G42/G72/G69/G74/GE1/G2D /G6E/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G6E/G2D /G74/G61/GF1/G69/G73/G6D/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G62/G69/G6C/G61/G74/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 299-DE/SG Lima, 5 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tro- pas Extranjeras en el Territorio de la República-, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal mi-litar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamien- to o similares debe ser otorgada mediante Resolución Supre-ma, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 394 de fecha 19 agosto 2003, el Secretario de Política Exterior del Minis- terio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la auto-rización para el ingreso de personal militar del Ejército Británico, sin armas de guerra, en el período comprendi- do del 8 al 29 setiembre 2003, con la finalidad de efec-tuar una expedición de entrenamiento de aventura, actividades de montañismo en las zonas de Cusco; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar delEjército Británico cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, en el período comprendido del 8 al 29 setiembre 2003, con la finalidadde efectuar una expedición de entrenamiento de aventu- ra, actividades de montañismo en las zonas de Cusco. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de laRepública, en el plazo de 24 horas de su expedición, confor- me lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Mi- nistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 16607