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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G35/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de setiembre de 2003 Artículo Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde disponer las acciones necesarias para la ejecución del convenio apro-bado. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, Dirección de Secretaría Técnica, Dirección de Administra-ción General, Administración de la Agencia Municipal Zona"D" y UDFT Zona "D", la inspección de la ejecución delconvenio. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 17157 ACUERDO DE CONCEJO Nº 074-2003/ML Lurín, 18 de julio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de julio de 2003, celebrada en la Biblioteca Municipal de la Zona B, elInforme Nº 041-2003-OST/ML del Director de SecretaríaTécnica y el Informe Nº 290-2003-OAJ/ML de la Oficina deAsesoría Jurídica, con el que se pone a consideración delConcejo Municipal el Proyecto de Convenio Nº 004-2003-ML a suscribirse con el Ejército Peruano; CONSIDERANDO:Que, con Informe de vistos se pone a consideración del Concejo Municipal de Lurín el Convenio Nº 004-2003-MLpara la ejecución de la obra: "Pavimentación Vía AuxiliarAntigua Panamericana Sur - Lado Oeste", que presenta unpresupuesto total de S/. 233,847.54 (Doscientos treinta ytres mil ochocientos cuarenta y siete con 54/100 NuevosSoles); Que, luego de ser evaluada la propuesta por el Concejo Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la LeyNº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y contandocon el voto unánime de los Regidores asistentes y con ladispensa del trámite de aprobación de actas; SE ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR el Convenio Nº 004- 2003-ML para la ejecución de la obra: "Pavimentación VíaAuxiliar Antigua Panamericana Sur - Lado Oeste", con unpresupuesto total de S/. 233,847.54 (Doscientos treinta ytres mil ochocientos cuarenta y siete con 54/100 NuevosSoles) a suscribirse con el Ministerio de Defensa - Ejércitodel Perú (DIRACE). Artículo Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde disponer las acciones necesarias para la ejecución del convenio aprobado. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, Di- rección de Secretaría Técnica, Dirección de AdministraciónGeneral, Administración de la Agencia Municipal Zona "A" yUDFT Zona "A", la inspección de la ejecución del convenio. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 17158 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G2D /G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G2D /G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 484 San Juan de Lurigancho, 17 de setiembre de 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 005-2003-CEPAD/MDSJL, de fecha 15 de setiembre de 2003, de la Comisión Especial de Proce-sos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad deSan Juan de Lurigancho; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 006-2002-2-2184, Examen Es- pecial sobre robo de insumos del Programa del Vaso de Lecheabril - 2002, la Oficina de Auditoría Interna señala la ausenciade controles internos y medidas de seguridad que permitieronel robo de insumos del almacén del Programa del Vaso de Le-che por un importe de S/. 67 974,42 nuevos soles, asimismoseñala que la falta de medidas cautelares de control y seguri-dad evidencia negligencia funcional de los responsables al nohaber adoptado y supervisado dichas medidas, ocasionandoque se presenten facilidades para el asalto y robo de 963 cajasy 4 latas de leche evaporada marca "Gloria", siendo parte deestas observaciones los ex funcionarios señor Abel Ayala Ro-jas, Jaime Alata Ballarta y Ernesto López Marino, ex Jefe delPrograma del Vaso de Leche y ex Directores de Administracióny Municipal respectivamente; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios en sesión de fecha 12 de agosto del año encurso, procedió al estudio y análisis del Informe precitado ycomo resultado del Examen Especial concluyen en señalarque el local destinado para el funcionamiento del Progra-ma del Vaso de Leche dentro del cual funciona el almacénde insumos adquiridos con recursos del fondo destinadopara la operatividad de dicho programa, no cuenta con lasmedidas de seguridad que garanticen su integridad, debi-do al desinterés que le han dispensado los funcionariosresponsables, lo cual ha permitido que se produzca el robode la cantidad y en el monto arriba indicado, recomendan-do a su vez disponer el inicio de procesos administrativosdisciplinarios para la aplicación de sanciones a los ex fun-cionarios involucrados en los hechos observados; Que, el Informe Nº 005-2003-CEPAD/MDSJL, da cuenta del resultado y en estricta observancia de las atribuciones con-feridas por el artículo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, ha evaluado y analizado la documentación remitida, esdecir, el Examen Especial efectuado por la Oficina de AuditoríaInterna, Informe Nº 006-2002-2-2184 sobre el robo de insumosdel Programa del Vaso de Leche, encontrándose mérito sufi-ciente para iniciar Proceso Administrativo a los ex funcionariospúblicos de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, y porunanimidad acordó recomendar se instaure proceso adminis-trativo disciplinario contra el señor Ernesto López Marino, exDirector Municipal, señor Jaime Alata Ballarta, ex Director de laOficina de Administración y señor Abel Ayala Rojas, ex Jefe delPrograma del Vaso de Leche, todos comprendidos en la Ob-servación 01, por la comisión de faltas administrativas discipli-narias previstas en el artículo 28º incisos a) y d) concordantecon el artículo 21º inciso a) de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público apro-bado por Decreto Legislativo Nº 276, y artículo 150º del Regla-mento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aproba-do por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Y, por los fundamentos expuestos y de conformidad al numeral 6 y numeral 22 del artículo 20º de la Ley Orgánicade Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario contra el señor ERNESTO LÓPEZ MARINO,ex Director Municipal, señor JAIME ALATA BALLARTA, exDirector de la Oficina de Administración, señor ABEL AYA-LA ROJAS, ex Jefe del Programa del Vaso de Leche, con-forme a lo previsto en el artículo 28º incisos a) y d) concor-dante con el artículo 21º inciso a) de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico - Decreto Legislativo Nº 276 y artículo 150º delReglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrati-va - Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios instruya el proceso co-rrespondiente emitiendo el informe final conteniendo las recomen-daciones correspondientes dentro del término de ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 17223